La nueva Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Afines genera serias preocupaciones en torno a su implementación y las consecuencias negativas que podría acarrear para la libertad de asociación en Venezuela, similares a lo ocurrido recientemente en Nicaragua con la clausura de mil 500 ONG por normas gubernamentales impuestas.
Según el análisis del director de Acceso a la Justicia, Alí Daniels, en primer lugar, aunque la ley aún no ha sido publicada en Gaceta Oficial, ya se ha comenzado a aplicar, lo que subraya su carácter punitivo y regresivo.
“Tenemos imágenes de activistas que han ido a registros a hacer solicitudes y ven en carteleras los requisitos de la nueva ley para inscribir un acta de una junta directiva. Ya se entiende que la están aplicando, pero esto es irregular porque hasta que la ley no esté en Gaceta Oficial no es aplicable. Así de sencillo”.
“En Venezuela, como no hay estado derecho, no hay a dónde recurrir para que se declare la nulidad de estos actos con los nuevos requisitos. De haber estado derecho, tanto la Defensoría del Pueblo como la Fiscalía deberían actuar contra los funcionarios que exigen requisitos que no están en una ley”.
Ley de ONG representa un retroceso en los derechos de libre asociación
Anteriormente, el proceso para registrar una ONG en Venezuela se basaba en un régimen de notificación. Las organizaciones informaban al registro, y este ente procedía a inscribirlas sin necesidad de autorización previa. La nueva ley cambia radicalmente esta dinámica, otorgando al registro la tarea de autorizar o denegar la creación de una ONG.
Este cambio no solo centraliza el control estatal sobre la sociedad civil, sino que también representa un retroceso en los derechos de libre asociación.
“Hay un dictamen del relator de Naciones Unidas que dice expresamente que el procedimiento óptimo de respeto a la libertad asociación es el de notificación, el que ya teníamos y que está en el Código Civil Venezolano de 1942. El hecho de que ahora sea por autorización es una regresión. Limita más el derecho a la asociación y la explicación es clara,. Es mucho más libre notificar al Estado que pedir su permiso. Ahora, cada vez que una asociación quiera constituirse, tiene que pedir permiso al Estado, y un funcionario verá si lo otorga o no”.
A esto se suma que, de acuerdo con la nueva ley, las ONG no solamente tienen que estar sometidas a una autorización. Anualmente tendrán que presentar documentos para renovar ese permiso, lo que significa un proceso de revisión constante.
Aumento de requisitos y burocracia para las ONG en Venezuela
La creación de una ONG en Venezuela ahora está sujeta a una serie de nuevos requisitos. Son generalidades que buscan equiparar organizaciones de naturaleza diversa, sin considerar sus distintas dinámicas.
La ley añade 12 nuevos requisitos para la constitución de una ONG, incluyendo un régimen disciplinario y la obligación de tener métodos “democráticos” de organización.
También se incluyen balance y estado financiero de los últimos cinco años. Además, inventario, listado de donaciones nacionales o extranjeras y relación de la ejecución de esas donaciones.
“De acuerdo con el artículo 19 del Código Civil, todavía vigente, para constituir a una organización había que solamente indicar algunos datos. El nombre de la asociación, el domicilio, el objeto de esa organización y la forma en que será administrada y dirigida. Pero la ley agrega prácticamente el triple de requisitos y hay unos que son absolutamente violatorios de la libertad”.
Para Acceso a la Justicia, esta carga burocrática desproporcionada no solo afecta la eficiencia operativa de las ONG, sino que también puede llevar a la disolución de organizaciones que no logren cumplir con estas nuevas exigencias.
Pero, además, ante el número de requisitos tan grande, muchas ONG, aunque los tengan, no podrán presentarlos porque eso eleva sus costos. “Algunas organizaciones van a tener que decidir entre poder sobrevivir o cumplir por la ley”.
Repercusiones de la ley de ONG en la ayuda humanitaria
Todo esto tiene repercusiones importantísimas en la ayuda humanitaria, pues eleva los costos administrativos. Los destinatarios de estos aportes van a recibir menos dinero, porque se destinarán más recursos para cumplir con todos estos requisitos administrativos.
Esta situación hará que muchas organizaciones opten por ser una asociación de hecho. Esto les impide tener cuentas bancarias y su capacidad de acción es mucho más limitada al no tener personalidad jurídica.
Sanciones desproporcionadas para las organizaciones en Venezuela
El incumplimiento de los requisitos conlleva una serie de sanciones muy desproporcionadas para las ONG, según resaltó Daniels. Por un lado, las multas pueden llegar a ser hasta de 10 mil dólares, pero lo más delicado es la disolución.
“Si usted no tiene con qué pagar la multa no es que le embargan los bienes o llegan arreglos de pago, sino que es que la disuelven. Ni siquiera en el Código Orgánico Tributario, que es bastante represivo, se establece la figura de la disolución de una empresa, sino del cierre temporal”.
Para el director de Acceso a la Justicia, esto demuestra que la idea no es sancionar o multar a una ONG, sino que se disuelva.
“Esa es la intención represiva de la ley, que se manifiesta en el hecho de que además tiene, no uno ni dos ni tres tipos de sanciones, sino siete diferentes tipos de sanciones. Esto pone de manifiesto una ley que no está hecha para favorecer la libertad de asociación, sino para reprimirla”.
Daniels dijo no conocer en América una ley que tenga tanta variedad de sanciones. Además, otro elemento represivo es el hecho de que cuando se trata del ejercicio de la libertad de asociación “se sube por la escalera, pero si va a sancionar a las organizaciones, sube por el ascensor”.
Nueva ley no excluye a ninguna ONG
Ninguna ONG podrá evitar ser afectada por esta nueva ley. Sobre todo aquellas que tengan un perfil más alto en materia de denuncia de violación de derechos humanos. Su renovación o a su actualización puede ser impedida o dificultada más que en otros casos.
“Puede ocurrir que haya organizaciones a las que no se les renueve la personalidad jurídica no porque no cumplan los requisitos, sino porque son molestas para el poder y esto va a generar, además, que haya organizaciones que para que les den la autorización, bajen el perfil o se callen”.
Control y vigilancia permanente a las organizaciones no gubernamentales
La ley otorga al Ministerio de Interior y Justicia, en conjunto con el Servicio Autónomo de Registros y Notarías (Saren), la competencia para fiscalizar y controlar a las organizaciones de la sociedad civil. Y esto incluye la revisión de libros contables y otros documentos.
Daniels recordó que el Ministerio de Interior y Justicia es el que tiene a su cargo los órganos de seguridad del Estado. “Eso demuestra que lo que se quiere es tener a una sociedad civil bajo el órgano esencialmente represivo que tiene el Estado venezolano”.
Además, el ministerio ahora tendrás unas competencias de vigilancia de las ONG. “Eso quiere decir que un funcionario puede ir a la fundación y hacer inspecciones y solicitar los documentos que ahí se dice que tienen que tener a la mano, e imponer multas que tienen unos montos que son desproporcionados”.
La ley también permite la doble sanción por el mismo hecho, al facultar tanto al Ministerio de Justicia como al Servicio Integrado de Administración Tributaria (Seniat) para penalizar a las organizaciones, lo que constituye una violación al principio de “non bis in idem”, que en derecho significa que se debe garantizar a toda persona que no sea juzgado nuevamente por el mismo delito o infracción.
Retroactividad y afectación a la autonomía de las ONG en Venezuela
Uno de los aspectos más alarmantes de la ley es su aplicación retroactiva, lo que significa que las ONG que ya están registradas podrían perder su personalidad jurídica si no cumplen con los nuevos requisitos, aunque estos no existían al momento de su creación. Desde Acceso a la Justicia Esto no solo es un ataque directo a la autonomía de las organizaciones, sino que también representa una amenaza a su viabilidad operativa.
La ley pide a las ONG notificar al Estado sobre el financiamiento que reciben, lo que limita la independencia de la y no detalla qué pasa después. “No explica si se notifica y ahí se acabó, o si luego de que se notifica se va a generar un procedimiento donde el Estado tenga la potestad de decir no, usted no puede utilizar el financiamiento y eso puede tener terribles. Creemos que lo que debería pasar es que simplemente se permita que la organización utilice los fondos y, en una revisión a posteriori, se ve si efectivamente hay algún alguna irregularidad pero en principio debería privar la buena fe y el hecho de que una organización pues recibe fondos de manera ilícita y debe presumirse la legalidad de esos fondos y solamente investigarse ante las posibles evidencias de que haya alguna inquietud, pero no al revés, no establecer un procedimiento previo que ralentizaría la utilización de los fondos y por tanto afectaría los beneficiarios de estos financiamientos”.
Panorama oscuro para las ONG en Venezuela
Todo indica que la Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Afines no es una herramienta para mejorar la libertad de asociación, sino un mecanismo de control y sanción que pone en riesgo la existencia misma de las ONG en Venezuela, similar a lo ocurrido en Nicaragua, suman más de cinco mil 200 las organizaciones anuladas por el gobierno desde las protestas en su contra de 2018, y el Estado se apropió de sus bienes.