Los consejos comunales podrán emitir cartas de residencia luego de que el Tribunal Supremo de Justicia del chavismo lo estableció así en la sentencia número 3, fechada el 11 de febrero de este año, como un acto administrativo legítimo y legalmente válido.
La organización Acceso a la Justicia hizo la advertencia a través de su cuenta en Twitter.
Explicó que, aunque esas organizaciones fueron creadas al margen de la Constitución, para la Sala Político Administrativa del máximo tribunal del país son instancias de participación ciudadana reconocidas en los artículos constitucionales 62 y 79.
«Es preocupante cómo el juez administrativo cataloga con ligereza a estas declaraciones que acreditan la dirección de residencia de las personas sin tomar en cuenta una serie de aspectos relacionados con la teoría del acto administrativo», observó la ONG.
Acceso a la Justicia preguntó qué ocurrirá cuando un consejo comunal se niegue, por alguna arbitrariedad o por razones políticas, a emitir esas constancias u otros documentos que tiene a su cargo para procesar.
«Si se consideran actos administrativos, ¿caben entonces los recursos de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos? Y, en tal caso, ¿cuál es el superior jerárquico correspondiente? ¿O es que la vía administrativa queda agotada?».
«Por ser catalogadas como actos administrativos, ¿las constancias de residencia deben ajustarse a las formalidades y prescripciones previstas en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos? Ello genera una inquietud adicional», agregó.
La organización resaltó que, actualmente, no se puede acceder al texto completo de la sentencia porque la página del TSJ, leal al régimen de Nicolás Maduro, está inactiva.