La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró la constitucionalidad del decreto número 4.247, dictado por el régimen de Nicolás Maduro, mediante el cual se declara el estado de alarma para atender la emergencia sanitaria del covid-19 en el país.
De acuerdo con el tribunal, el decreto lo dictaron en cumplimiento de los parámetros que prevé el texto constitucional, la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción y demás instrumentos jurídicos aplicables. «Preservando los Derechos Humanos y en protección de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Estado, sus instituciones y el pueblo», dice la nota de prensa.
Además, el TSJ indica que el decreto entró en vigencia desde que lo dictaron y que su legitimidad, validez, vigencia y eficacia jurídico constitucional se mantiene irrevocablemente incólume, conforme a lo previsto en la carta magna.
El decreto lo publicaron en Gaceta Oficial número 6.554 extraordinario, de fecha 10 de julio de 2020.
Por último, el fallo ordena la publicación de la decisión en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Judicial y en la página web del máximo juzgado del país.
Noticias Relacionadas
El periodismo independiente necesita del apoyo de sus lectores para continuar y garantizar que las noticias incómodas que no quieren que leas, sigan estando a tu alcance. ¡Hoy, con tu apoyo, seguiremos trabajando arduamente por un periodismo libre de censuras!
Apoya a El Nacional