La creación del Consejo Nacional de Ciberseguridad (CNC) se publicó en Gaceta Oficial el 20 de agosto de 2024, luego de los confusos incidentes que derivaron en la no publicación de los resultados —disgregados mesa por mesa— de las presidenciales del 28 de julio, y de los supuestos ataques de hackers contra el gobierno de Maduro. Es cierto que la llegada del CNC podría abrir una nueva fase de censura y control de las plataformas digitales, incluso bajo un modelo similar al de Irán (análisis de Crónica Uno y de DW en Español). Eso es una cosa. Otra cosa es decir que la creación del CNC ha implicado un cambio en la normativa legal conocida, por ejemplo, acerca de la figura del administrador de chats de WhatsApp o grupos de Facebook. No es lo que está planteado, al menos no en este momento o de manera pública y oficial.
Otra tercera cosa distinta es entender que, en el contexto poselectoral, instrumentos como la Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia —paradójicamente, a pesar de su título— pueden ser aplicados de manera arbitraria o discrecional.
Una muy difundida cadena anónima de WhatsApp dice:
«Ya fue creado el Consejo Nacional de Ciberseguridad (…). Ahora es cuando se debe ser prudente con lo que se publique en cualquier red ya que ahora es cuando se aplicaría la máxima pena (…). Los administradores de grupos de WhatsApp, Telegram y Facebook son considerados responsables o cómplices por el contenido que se publique en sus grupos. Esto incluye mensajes, videos y cualquier otro tipo de contenido que incite al odio, a la violencia o que infrinja las leyes venezolanas».
Este contenido es engañoso. Es falso que la creación del CNC haya implicado, por sí misma, una modificación en la normativa legal existente sobre redes sociales y plataformas digitales. Hasta el momento, solo se ha decretado la creación de una nueva instancia que deberá reunirse, sesionar, quizás promover o solicitar nuevas normas o cambios de normas ya existentes a la Asamblea Nacional, etcétera.
Hicimos una verificación similar (no igual) en EsPaja.com el 1° de agosto de 2024, pues al parecer es un tema que genera preocupación colectiva:
Los chats colectivos de WhatsApp y grupos de Facebook tienen administradores: son usuarios que cumplen funciones como permitir el ingreso de miembros (o eliminarlos) y eventualmente moderar mensajes. ¿Esos administradores tienen responsabilidad penal por los contenidos que esos miembros publiquen? En Venezuela no (en el papel), pero te explicamos el caso.
«Es paja. Los administradores de grupos no son responsables ante Conatel ni ante tribunales en Venezuela sobre las conversaciones que se den en los grupos. Esto parece una pieza para crear miedo», indicó a EsPaja.com Luis Carlos Díaz, periodista experto en temas de comunicación y redes.
Es decir, para la fecha actual, de manera pública y oficial, no se conoce reglamentación alguna nueva que modifique el panorama legal existente y que afecte a la figura del «administrador de chat» o «administrador de grupo».
Lo que no quiere decir que los ciudadanos no debamos estar pendientes de, por ejemplo, lo que se discuta o apruebe de ahora en adelante en la AN, como el presunto proyecto de ley que regulará las redes sociales.
Las unidades de verificación de Cazadores de Fake News y Efecto Cocuyo (Cocuyo Chequea) también se encargaron de esta cadena anónima. En ambos casos se llegó a la conclusión de que es información engañosa.
En Cazadores de Fake News leemos:
«Esta narrativa es engañosa, ya que el decreto sobre la creación del Consejo Nacional de Ciberseguridad no indica específicamente la responsabilidad de los administradores de grupos sobre el contenido compartido por los usuarios, aunque su contenido podría permitir que sea interpretado de esa manera».
Y agrega:
«El decreto 4.975 contiene seis artículos, que hablan, además, sobre las funciones del Consejo Nacional de Ciberseguridad, quiénes lo integran, su coordinación, ejecución y vigencia. En ninguno se precisa, o siquiera se menciona, que quienes administren grupos en servicios de mensajería o redes sociales “son considerados responsables o cómplices” de los contenidos difundidos por estas vías. Tampoco indica que dentro de las competencias de la instancia dictar o imponer responsabilidad legal al respecto».
¿Las normativas de los grupos o chats pueden cambiar?
Todo tiene un «pero». Debemos advertir que, especialmente luego de las elecciones del 28 de julio, cuando se han registrado más de 1.600 detenciones de carácter político según la ONG Foro Penal —algunas de ellas por publicaciones en redes o plataformas digitales, incluso con menores de edad implicados—, algunas normativas podrían ser aplicadas de manera discrecional o arbitraria.
Ya en EsPaja.com advertimos:
Pero… ¿puede ocurrir? No es descartable. Las autoridades pueden cometer arbitrariedades en un contexto como el de Venezuela.
«Estoy alarmado por los informes sobre el uso desproporcionado de la fuerza por parte de los agentes encargados de hacer cumplir la ley, además de por la violencia de individuos armados que apoyan al Gobierno, conocidos como colectivos. (…) Las personas responsables de violaciones de derechos humanos deben rendir cuentas. Venezuela está en un momento crítico. Insto a las autoridades a respetar los derechos de todos los venezolanos a reunirse y protestar pacíficamente y a expresar sus opiniones libremente y sin miedo», indicó el martes 30 de julio el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Volker Türk, a propósito de denuncias de violaciones de DDHH durante las protestas por los resultados que anunció el CNE.
También en Cazadores de Fake News leemos:
«Sin embargo, el numeral 8 del artículo 2 del decreto sobre el Consejo (Nacional de Cibserseguridad) dice que este puede ‘requerir de las personas naturales o jurídicas de carácter público y privado los datos, estadísticas e informaciones relacionados con la seguridad informática de la Nación, así como su necesario apoyo’, lo que implica que los administradores de grupos —o cualquier ciudadano al que se le requiera— deberían entregar el material solicitado, aunque no indica que tengan responsabilidad legal sobre el contenido compartido por otros integrantes’.
Los resultados
De momento, sabemos que el CNC está integrado por la vicepresidenta ejecutiva (Delcy Rodríguez), el ministro de defensa (Vladimir Padrino López) y la ministra de ciencia y Tecnología (Gabriela Jiménez), entre otros altos funcionarios.
La llegada de esta nueva instancia de poder no ha implicado la «creación» de nuevas normativas o leyes que regulen (por ejemplo) a los administradores de grupos o chats. Sin embargo, es cierto que el CNC podría estar facultado para requerir «datos, estadísticas e informaciones relacionados con la seguridad informática de la nación» a cualquier ciudadano, no solo los administradores. Por amplio que esto pueda parecer.
El usuario de plataformas digitales debe comprender que, especialmente luego del 28-J, ciertas actuaciones como la del citado CNC o normativas legales ya existentes pueden entrar en los terrenos de la arbitrariedad y la discrecionalidad.
El usuario también debe estar atento a posibles nuevas leyes —o modificaciones de leyes ya existentes— que se debatan o aprueben en la Asamblea Nacional de amplia mayoría oficialista.
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