Los hijos de migrantes venezolanos en Colombia no necesitarán apostillar documentos en Venezuela para solicitar la nacionalidad en ese país.
Así lo determinó la Corte Constitucional colombiana a través de la sentencia T-402 de este año, en la que resaltó que el nacimiento se puede probar con la declaración de dos testigos.
El fallo beneficiará a las personas nacidas en Colombia y los hijos de padres colombianos nacidos en el exterior, reseñó el medio colombiano La Opinión.
Diez migrantes venezolanos, asesorados por la Clínica Jurídica de Movilidad Humana Transfronteriza del Consultorio Jurídico de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, hicieron la solicitud ante esa instancia.
La Corte determinó que la Registraduría violaba sus derechos al establecer trabas innecesarias para que pudieran acceder a la nacionalidad colombiana.
Nicolás Barón González, coordinador de la Clínica Jurídica de Movilidad Humana Transfronteriza, dijo que los extranjeros enfrentan dificultades económicas y técnicas para obtener la apostilla de forma presencial en Caracas.
El medio colombiano indicó que aunque el Decreto 1069 de 2015 permite acreditar el nacimiento mediante la declaración juramentada de dos testigos, la Registraduría Nacional colombiana no reconocía la nacionalidad colombiana de esas personas.
La Corte Constitucional de Colombia permitió el año pasado, mediante la sentencia T-393 , que los ciudadanos que buscaban la inscripción del registro civil de nacimiento pudieran optar por la declaración de dos testigos. Esto en casos en los que la apostilla supusiera un requisito engorroso.
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