El Observatorio Nacional de Derechos Humanos exigió este viernes el traslado de los integrantes de la etnia pemón recluidos en El Rodeo II a a un centro cercano a su comunidad.
Además, pidió condiciones mínimas como la atención médica. «Exigimos: Sean trasladados a un centro cercano a su comunidad garantizándoles de esta forma la visita familiar y procurando la protección de la familia indígena. Artículo 105 Lopci. Reciban atención médica dirigida a constatar su estado de salud y se realice en caso de ser necesario, acorde con sus prácticas, procurando el uso de la medicina tradicional y de las terapias complementarias, con sujeción a principios bioéticos, art. 122 CRBV y 111 y 112 LOPCI», solicitó en un comunicado compartido en la red social Twitter.
Recordó que en la muerte de Salvador Franco se violó su derecho a la atención médica, aun cuando contaba con una orden judicial que la avalaba. Además, familiares del grupo de 13 pemones detenidos desde el año pasado han denunciado las condiciones insalubres y denigrantes en las que están recluidos, así como la violación del debido proceso y otros cargos como desaparición forzada.
«El deber de proteger los derechos humanos de todas las personas bajo custodia debe extremarse en el caso de ciudadanos indígenas debido a su especial condición, garantizando principalmente el derecho a un debido proceso y el acceso pleno y sin limitantes al sistema de justicia», destacó el comunicado.
La comunidad nacional e internacional condeno la muerte del preso político integrante de la etnia Pemón Salvador Franco, el pasado #3Ene, quien permanecía detenido junto con 12 integrantes de la etnia desde finales del año 2019 en la cárcel El Rodeo II. pic.twitter.com/2FhYOCqJR3
— Observatorio Nacional de DDHH (@ONacionalDDHH) January 22, 2021
Queremos alertar que la situación que dio origen a dicho fallecimiento, se mantiene para toda la población penal recluida en dicho Centro Penitenciario, agravándose en el caso de los 12 indígenas pemones que permanecen allí recluidos.
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La Constitución de 1999 incorporó una serie de normas que no solo reconocen la existencia de los pueblos indígenas, sino también su identidad étnica y cultural, sus usos, costumbres, idioma, religión, derechos éstos que no le son reconocidos en la práctica.
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Desde el @ONacionalDDHH y en nombre de los integrantes de la etnia Pemón detenidos en El Rodeo II, exigImos: Sean trasladados a un centro cercano a su comunidad garantizándoles de esta forma la visita familiar y procurando la protección de la familia indígena. Artículo 105 LOPCI
— Observatorio Nacional de DDHH (@ONacionalDDHH) January 22, 2021
Evitar la discriminación a la que puedan ser objeto, debido a su pertenencia a un pueblo o comunidad indígena; Facilitar los mecanismos que permitan acceder al Sistema de Justicia de forma plena y sin limitantes.
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