VENEZUELA

¿En cuánto tiempo se puede tener un nuevo CNE?

por Avatar Estefani Brito

En 60 días se puede tener un nuevo Consejo Nacional Electoral (CNE), una vez que sea designado el Comité de Postulaciones Electorales (CPE) por la plenaria de la Asamblea Nacional (AN) oficialista.

Así lo informó Aníbal Sánchez, analista político y consultor electoral. Hasta el 25 de junio la Comisión Preliminar de la AN recibió las postulaciones de 184 miembros de la sociedad civil que esperan integrar el comité que evaluará a los posibles rectores del ente electoral.

Una vez que sean aprobados los 10 integrantes de la sociedad civil por las 2/3 partes de la plenaria, la directiva procederá a juramentar a los 21 miembros del CPE, 11 diputados y 10 miembros de la sociedad civil.

Sánchez explicó que en su primera sesión el Comité de Postulaciones Electorales elegirá entre sus integrantes a un presidente y vicepresidente, además de un secretario fuera de la instancia. Esto en concordancia con el artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE)

¿Cómo debe ser la selección de rectores para el nuevo CNE?

El analista indicó que en los primeros seis días de su designación, el CPE deberá elaborar y aprobar un reglamento interno. También tendrá que establecer los métodos de evaluación de credenciales de los postulados.

Igualmente, el comité debe publicar la convocatoria a la sociedad civil, al Poder Ciudadano y a las facultades de ciencias jurídicas de las universidades del país para que postulen a sus candidatos a rectores del CNE en Gaceta Oficial y en al menos dos diarios de circulación nacional.

De acuerdo con los artículos 24 y 26 de la LOPE, desde la fecha de la última publicación de convocatoria, el CPE tendrá un lapso de 14 días continuos para prolongar el período de postulaciones por una semana más, si la lista de elegibles no cubre el mínimo exigido.

El Comité de Postulaciones Electorales cuenta con lapso de 20 días después de recibidas las postulaciones para verificar y evaluar a los candidatos, y presentar una lista de elegibles con por lo menos el triple de los cargos por designar, entre principales y suplentes. «Está fase se puede desarrollar en la mitad del tiempo», aseguró Aníbal Sánchez.

La lista de posibles candidatos a rectores debe ser publicada igualmente en dos diarios de circulación nacional, de acuerdo con el artículo 26 de la LOPE.

Objeciones

Luego de publicada la lista de postulados por la la sociedad civil, el Poder Ciudadano y las facultades de ciencias jurídicas, la Secretaría del CPE tendrá seis días continuos para recibir por escrito las objeciones a esas aspiraciones, según el artículo 27 de la LOPE.

Tras vencer ese lapso, los postulados objetados deben recibir una copia de las objeciones. Estos candidatos a rectores del CNE tendrán plazo de seis días continuos para consignar sus descargos o argumentos contra las objeciones ante el CPE, de acuerdo con el artículo 28 de la LOPE.

Transcurridos los dos días siguientes del período de descargo, el comité deberá elaborar un único expediente por postulado. Esta lista de candidatos a rectores debe ser enviada al Parlamento, de acuerdo con los artículos 26 y 29 de la LOPE.

Según lo establecido en los artículos 296 de la Constitución, y 8, 29 y 30 de la LOPE, la Asamblea Nacional tiene un lapso de 10 días continuos para elegir, con las 2/3 de los votos, a los 5 rectores principales del CNE y sus 10 suplentes, tras recibir la lista enviada por el CPE.

Una vez electos, la directiva de la AN deberá juramentar a los nuevos rectores principales y suplentes del CNE, quienes tomarán posesión de sus cargos al día siguiente de su juramentación, en concordancia con el artículo 30 de la LOPE.

«En unos 10 pasos, este Comité de Postulaciones Electorales debería culminar en unos 60 días su tarea de presentar a la AN la lista de elegibles como rectores; y antes de que termine el mes de septiembre pudiéramos tener un nuevo CNE, enfatizó Aníbal Sánchez.