De cara al referendo consultivo que se realizará el próximo 3 de diciembre sobre la disputa que el país sostiene con Guyana por el territorio del Esequibo, el Consejo Nacional (CNE) seleccionará a quienes trabajarán ese día como miembro de mesa.
Es importante destacar que el cumplimiento del servicio electoral es obligatorio, de lo contrario el ciudadano podría enfrentar una pena de multa o cárcel proporcional entre 15 a 50 Unidades Tributarias (UT) o arresto de un día por cada UT.
Actualmente la UT en el país equivale a 9 bolívares.
La multa o arrestro proporcional por no cumplir con el servicio electoral está estipulada en el artículo 230 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales.
En caso de que el ciudadano no pueda cumplir como miembro de mesa, puede presentar una solicitud de excepción en función de la ocupación profesional o temas personales de salud directamente en el CNE. Esto se puede hacer a través de la web, pero la opción no se encuentra habilitada de momento.
«Aunque es obligatorio so pena de multa o arrestro, el CNE jamás promueve la sanción a quien no presta el servicio electoral en una elección. Ahora bien, siendo tan particular este referendo, a nadie debe extrañarle que se promuevan sanciones a los que no acudan en esta ocasión», señaló en la red social X el periodista especializado en procesos electorales Eugenio Martínez.
¿Si fue seleccionado como miembro de mesa para el referendo del 3 de diciembre está obligado a asistir? Sí, el cumplimiento del servicio electoral es obligatorio, so pena de multa o cárcel proporcional (entre 15UT a 50UT o arresto de 1 día por UT). 1 UT equivale a Bs. 9
— Eugenio G. Martínez (@puzkas) November 7, 2023
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