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CIDH exige a Maduro proteger derechos de vida de miembros del Foro Penal

La organización señaló que los integrantes de la ONG dedicada a la defensa de los presos políticos han enfrentado intimidación y hostigamiento de agentes estatales
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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) adoptó el 28 de noviembre una nueva resolución en la que exigió al gobierno de Nicolás Maduro proteger los derechos de vida e integridad personal de integrantes de la ONG Foro Penal que consideran se encuentran en situación de riesgo. También amplió las medidas de protección para otros 10 miembros de la organización.

A través de la Resolución de Seguimiento, Modificación, Ampliación y Levantamiento 92/2024, la CIDH decidió mantener las medidas cautelares a favor Alfredo Romero, Gonzalo Himiob Santomé, Luis Betancourt y Olnar Ortiz, algunos de los miembros principales de la ONG dedicada a la defensa de los presos políticos en Venezuela.

Asimismo, la comisión amplió las medidas de protección a los siguientes integrantes del Foro Penal: Kennedy Tejeda, Mayela Fonseca, Lucía Quintero, Pedro Arévalo, Arelys Ayala, Wiecza Santos Matiz, Laura Valbuena, Raquel Sánchez Carrero, Franyer José Hernández Valladares y Marbella Gutiérrez.

La CIDH solicitó al Estado venezolano que «adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de las personas integrantes del Foro Penal debidamente identificados en la presente resolución».

Medidas cautelares de la CIDH para miembros del Foro Penal

La Comisión señaló que las personas beneficiarias han enfrentado intimidación y hostigamiento de agentes estatales, reteniéndoles por largos períodos, amenazándoles con detención o abriéndoles procesos por documentar los hechos, lo que deja a los miembros del Foro Penal en una situación de desprotección en el contexto del país.

«Respecto a todas las personas beneficiarias, se solicita que informe de manera formal sobre la existencia de algún proceso de investigación en su contra, incluyendo por lo menos los hechos que se investigan, los delitos que se les imputan, la fiscalía a cargo de la investigación y la autoridad judicial competente que conoce de la investigación», indicó la CIDH.

La resolución añadió: «El Estado deberá permitir que las personas beneficiarias y/o sus representantes puedan acceder a la integralidad del expediente penal en su contra, si este existe, permitiendo que pueda presentar los recursos correspondientes y garantizando su seguridad en la tramitación del mismo».

El órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) también exigió que se «informe sobre las acciones adelantadas a fin de investigar los hechos alegados que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y evitar así su repetición».

«El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen prejuzgamiento sobre una eventual petición ante el sistema interamericano en la que se aleguen violaciones de los derechos protegidos en la Convención Americana y otros instrumentos aplicables», concluyó la CIDH.

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