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Carlos Trapani, coordinador general de la ONG Cecodap, anunció que el miércoles presentó un recurso de colisión de normas ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en el que exige que se regrese el principio de gratuidad para los pasaportes de niños, niñas y adolescentes.

La organización explicó que tras ocho años esperando respuesta de la Sala Constitucional del TSJ por un caso sobre el mismo tema, la institución cerró el proceso bajo el argumento de pérdida de interés procesal y abandono del trámite.

En una rueda de prensa, el representante de Cecodap denunció que esta situación deja desprotegidos a miles de niños, niñas y adolescentes, quienes desde 2014 no pueden acceder a sus pasaportes por las tasas que impone el Estado.

«El TSJ cerró las posibilidades de que niños, niñas y adolescentes tengan un recurso para garantizar la gratuidad del derecho a la identificación. Cecodap hizo todo lo que corresponde para presentar el recurso judicial», declaró Trapani.

También añadió que esta sentencia «representa un retroceso y vulnera el derecho a la identificación, ya que coloca en estado de indefensión a niños, niñas y adolescentes que no pueden pagar el pasaporte».

Tomando en cuenta la situación, Trapani anunció que presentó por segunda vez un recurso de colisión de normas ante el TSJ.

La primera vez tuvo lugar en 2015, luego de que una reforma de la Ley de Timbre Fiscal publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria número 6.150 dejara sin efecto la gratuidad de los pasaportes para los menores de 18 años de edad.

Para ese entonces Cecodap señaló que con esta modificación, una ley ordinaria se contrapone a una ley orgánica.

Y es que el artículo 22 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y el Adolescente (Lopnna) señala que todos los niños, niñas y adolescentes «tienen derecho a obtener los documentos públicos que comprueben su identidad, de conformidad con la ley. El Estado debe asegurar programas o medidas dirigidos a garantizar la determinación de identidad de todos los niños, niñas y adolescentes, incluidos el nombre, la nacionalidad y las relaciones familiares».

«No puede estar por encima una norma ordinaria sobre lo que emana la Lopnna. En esta última se establecen unos principios que priorizan a los niños, niñas y adolescentes por ser un grupo vulnerable», señaló Trapani.


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