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¿Qué hay detrás del caso de los bomberos de Mérida?

Luego de la difusión de un video que satirizaba la figura del presidente Nicolás Maduro, funcionarios de la Dgcim se llevaron a Carlos Varón y Ricardo Prieto. Estuvieron tras las rejas durante 48 días y fueron excarcelados el último día de octubre, bajo régimen de presentación

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Nadie pensó que la difusión de un video sobre “la visita presidencial” a la estación de bomberos de Apartaderos, estado Mérida, llevaría tras las rejas a los bomberos Carlos Varón y Ricardo Prieto por más de un mes.

La sátira como género literario fue llevada al mundo audiovisual. En plano secuencia, un burro caminaba por las instalaciones de la estación de bomberos, mientras una persona describe la imagen: “Como podrán ver, estamos recibiendo la visita del presidente Nicolás Maduro Moros en la estación N° 8 de Apartaderos. Él mismo está haciendo el recorrido de inspección”.

Efectivos de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim) irrumpieron en la estación el 12 de septiembre y detuvieron a los funcionarios Varón y Prieto en la sede de la institución, ubicada en Ejido.

Iván Toro, abogado del Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de los Andes (ODH-ULA), explica que no existió flagrancia, ni una investigación que permitiera identificar plenamente a los “responsables” del presunto delito, ni una orden de aprehensión. Asimismo, indicó que la Dgcim es un organismo militar dedicado a impedir la inteligencia o espionaje enemigo, interno o externo, para garantizar la seguridad y defensa de la nación.

“No entiendo cómo la difusión de un video satírico puede constituir una amenaza para la seguridad nacional”, dijo Mayda Hocevar, directora del ODH-ULA, en un comunicado.

El 14 de septiembre, los bomberos fueron trasladados al Circuito Judicial de Mérida para la audiencia preliminar; sin embargo, fue diferida para el 16 de septiembre. El caso estuvo a cargo del juez de control N°2 Carlos Márquez, quien, según la investigación del ODH-ULA, viola el Código de Ética del juez venezolano por su militancia y activismo político, lo que coloca en tela de juicio sus decisiones. Asimismo, durante las protestas antigubernamentales de 2017, el juez Márquez se encargó de imputar, sin elementos de convicción, a cerca de 200 ciudadanos.

Ese domingo 16 de septiembre se les imputó a los bomberos los delitos de promoción o incitación al odio con agravante, con pena de 20 años, establecidos en el artículo 20 y 21 de la ley contra el odio. La privativa de libertad fue un hecho.

Tanto ODH-ULA y Foro Penal manifestaron su disposición a realizar la defensa de los bomberos. Sin embargo, familiares y personas allegadas al gobierno regional determinaron que lo más conveniente era la designación de abogados privados “para que no se viera como un caso político”, indicó Toro. “Pero, simplemente por la divulgación del video, ya es un caso político”, agregó.


“Si tú como profesional crees que preguntarle a un presidente en una rueda internacional eso… No sé de dónde sacaste la pregunta. No te la voy a responder porque no es el nivel, compadre. Te saliste de nivel.”

—Respuesta de Nicolás Maduro en una rueda de prensa internacional cuando el periodista de la agencia de noticias AFP, Esteban Rojas, le preguntó su opinión sobre el caso de los bomberos de Mérida el 18 de septiembre.


A pesar de no ser un lugar de reclusión, los bomberos estuvieron recluidos en la sede del Dgcim hasta el 21 de septiembre; ese día fueron trasladados al Centro de Coordinación Policial de Bailadores, sin informar a los familiares sobre la reubicación.

51 organizaciones dedicadas a la defensa y promoción de los derechos humanos suscribieron un comunicado al cumplirse un mes de la detención, en el que solicitaron la suspensión del procedimiento judicial por la inexistencia de delito. Las organizaciones aún no han obtenido respuesta al respecto.

El 31 de octubre, en la audiencia de los bomberos Varón y Prieto, la Fiscalía calificó como nuevos delitos la ofensa al presidente e instigación pública con agravante. Se decretó su excarcelación con régimen de presentación cada 30 días.

El mensaje implícito

Toro aclaró que la difusión del video no era razón para una detención, debido a que expresarse es un derecho que está en la Constitución y en tratados internacionales.

“En el hecho lo que hay es un mensaje: cualquier funcionario público que exhiba o exprese su opinión sobre el Estado, será perseguido, detenido y castigado. Solo fue una forma de indicarle a los demás lo que sucederá si lo hacen”, dijo.

El abogado afirmó que con estas acciones se configura el Terrorismo de Estado para ejercer control sobre toda la colectividad, pues las personas temerán divulgar o expresar lo que piensan por miedo a represalias de este tipo.

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