Por GERMÁN CARRERA DAMAS
Advertencia: el cumplimiento de dos compromisos profesionales me ha puesto ante la honrosa tarea de ocuparme detenidamente del hecho histórico mayor de nuestra reciente historia republicana. Intentaré sintetizar algunos de los resultados.
En primer lugar, trataré de una sesión de preguntas y respuestas, realizada por vía electrónica, dispuesta por la Fundación Rómulo Betancourt. Para tal fin hice una breve introducción que versó sobre los posibles enfoques histórico-críticos del tema enunciado. Propuse los siguientes:
A.- Desde su inmediato pasado histórico.
B.- Ubicándolo en el corto período histórico.
C.- Ubicándolo en el mediano período histórico.
D.- Ubicándolo en el largo período histórico.
Valía decir, superando el inmediatismo cronológico y la pobreza conceptual de que se suele abusar en la valoración no histórica de tan importante acontecimiento:
A.- En el escenario histórico inmediato: 1935-1945: Una década durante la cual se debatió sobre el cese de la que he denominado Dictadura liberal regionalista (1901-1945) en su ocaso, bajo el general Isaías Medina Angarita.
B.- En la inauguración del Poder Civil en Venezuela: la formación, el ejercicio y la finalidad del Poder público basado en el ejercicio directo, universal y secreto de La Soberanía popular.
C.- En la edificación primera y primaria de La República liberal-democrática; y en su Primera crisis, regida por La Dialéctica histórica de continuidad y ruptura.
D.- En su segunda crisis, de actualización y desarrollo de La República liberal democrática, actualmente en curso, aunque bajo la férula históricamente reaccionaria de la República militar-militarista bolivariana.
Conclusión: El testimonio de un testigo-observador-participante del proceso en su totalidad, el ponente, sintetizado en los siguientes términos: “En el mitin celebrado por el recién legalizado Partido Acción Democrática en el Nuevo circo de Caracas, en la tarde-noche del 17 de octubre de 1945, luego de escuchar a Andrés Eloy Blanco y a Rómulo Gallegos escuchó decir a Rómulo Betancourt que su partido no aspiraba a ser partícipe del nuevo Gobierno; que el Partido Acción Democrática aspiraba al Poder… “para cambiar a Venezuela”.
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De la ubicación de los sucesos del 18 de octubre en el Largo período histórico venezolano trata mi obra titulada La larga marcha de la sociedad venezolana hacia La Democracia, actualmente en proceso de edición; de la cual extraigo los siguientes fragmentos.
“Hoy tenemos, quizás como nunca antes, conciencia no sólo de lo logrado sino también de lo que falta por lograr. Lo primero se expresa en la experiencia del funcionamiento de un régimen sociopolítico consecuentemente liberal-democrático. Lo segundo, en la presencia de una sociedad democráticamente activa hasta el punto de percibir las eventuales deficiencias tanto de dicho régimen como de sí misma; y de poner en marcha el diseño y la aplicación de correctivos. Todo esto sin que la brega así librada haga perder de vista la alta significación de lo ya logrado; ni mucho menos haga decaer el ánimo en el propósito de preservarlo. Estamos teniendo éxito porque estamos dando pruebas de que comprendemos que si bien ésta es la más difícil de las tareas, el tiempo histórico apremia y debemos apresurar el paso.
“Por consiguiente, creo comprender que Venezuela, en su históricamente breve existencia, ha seguido dos constantes. En el pasado histórico esas constantes no siempre tuvieron, como ahora lo hacen, un curso paralelo. Ellas son: la realización del Proyecto nacional, es decir la edificación de una Nación; y la concomitante formación de una Sociedad democrática.
“¿Qué entiendo por realización del Proyecto nacional? Se trata de un proceso que arrancó, mediante el quebrantamiento del nexo-colonial, con la Declaración de Independencia y el inicio de la abolición de La Monarquía; paso que darlo tomó cronológicamente desde 1811 —la Declaración— hasta 1845 —el Reconocimiento—. Generó la necesidad de sustituir la hasta entonces funcional relación establecida entre nuestra Corona y Dios, como principio legitimador de La Estructura de Poder interna consubstanciada con la sociedad implantada monárquica colonial. El principio sustitutivo fue el concepto de Nación; cumpliéndose en ello un curso cuyas fases-etapas pueden ser delimitadas con razonable precisión:
La fase-etapa de formulación inicial del Proyecto nacional se extendió desde 1811 hasta 1863-1864. Las expresiones sistémicas de esta fase-etapa plasman un conjunto de documentos que abarca desde la Constitución federal de 1811 hasta el Decreto de Garantías dictado por el Presidente General Juan Crisóstomo Falcón, al término de La Guerra federal. La controversia versó, en lo principal, sobre los procedimientos de Formación del Poder.
La fase-etapa de formulación definitiva del Proyecto nacional se extendió hasta fines de la década de 1870. Sus expresiones básicas están recogidas en un conjunto de decisiones políticas y administrativas representadas por la Constitución federal de 1864 y los diversos decretos dictados por el General Presidente Antonio Guzmán Blanco, durante el primer período de su régimen.
La fase-etapa de institucionalización del Proyecto nacional se extendió, plena de contradicciones, y de avances y retrasos, hasta 1958-1960. Sus expresiones básicas se hallan recogidas en un conjunto de documentos entre los cuales destacan, ya al final, la Constitución reformada de 1936 y el llamado Programa de febrero, ambos con apenas velada inclinación continuista; y, en franca ruptura, la Constitución de 1947, primera y primaria democrática y moderna.
La histórica trascendencia de este acontecimiento mayor de nuestra historia de pueblo animado por la voluntad democrática quedó plantada, con la fuerza de su creatividad poética, en el “Discurso del Dr. Andrés Eloy Blanco, Presidente de la Asamblea Nacional Constituyente, en el momento de sancionar la presente constitución:
“Ciudadanos Miembros de la Junta Revolucionaria de Gobierno;
“Ciudadanos Miembros de los Poderes Ejecutivo y Judicial;
“Excelentísimos y Honorables Representantes del Cuerpo Diplomático;
“Representantes de las Fuerzas Armadas de la Nación;
“Ciudadanos Diputados.
“En el primer minuto del 5 de julio nació la nueva Constitución de Venezuela. Están calientes sus pañales, calientes de convencida lucha, calientes de acción, de pensamiento y de pasión. Pasión, acción y pensamiento realizan los designios de los hombres cuando la acción al servicio del pensamiento y la pasión se inspira en el pensamiento del servicio.
“Aquí está, en estas páginas, el objetivo primordial de la Revolución. Yo lo saludo y lo juro, como soberano de mi derecho; yo la saludo y la juro como señora de mi conducta ciudadana. No la ofrecemos al mundo como obra perfecta, pero es hermosa, hermosa como su hermana primogénita, nació del sufragio universal, contiene las más avanzadas providencias de la legislación del trabajo, contiene lo más nuevo en la defensa social; entre sus hojas, con sus cuatro pétalos abiertos, está la flor de las cuatro libertades. Tiene un regazo para el niño de Venezuela. Y para que tuviera el tono y el estilo maternal, podréis hallar en ella, entre una moción de la Representante Fermín {Mercedes}, un desvelo de la Representante Lucila Palacios y un esfuerzo de cada una de sus compañeras, la puntada de amor, el cairel de ternura, la tibia artesanía de conciencia que por la primera vez en nuestra historia pudo dar la mujer venezolana para que la ley de los hijos naciera en las rodillas de las madres.
“Es hermosa, hermosa como la democracia. La democracia está de pie en la encrucijada de las más trágicas codicias. Por eso, como las hermosas mujeres, tiene sus dientes y sus uñas para los sátiros de la voluntad de dominio. Pero ella sola no lo es todo. Cuando una Asamblea hace una constitución, hace el espejo de un pueblo. Cuando se hace el espejo de un pueblo, tiene que hacer un buen pueblo para mirarse en él. Cuando se hace una Constitución, se hace un código de moral, pero no se hace una moral; cuando se hace una constitución se hace una norma de conducta, pero no se hace una conducta; cuando se hace una Constitución se hace una ley de buen gobierno, pero no se hace un buen gobierno. Es el uso de ella, es el empleo de las facultades que ella confiere, es el timón bien llevado, la proa siempre puesta a la justicia, lo que de ella va a infundir la grave responsabilidad de la conducta de los gobernantes. Ella es la Constitución. Pero todo lo que se haga de acuerdo con sus mandamientos y atribuciones, ha de ser un acto constitucional.
“Allí está el texto derramado de los labios eternos del pueblo. Esta es la justicia que manda a hacer la República, por la mano de sus Representantes. Ahora va a ponerse el vestido de viaje de la Gaceta, y se va a meter en las rutas de la patria; va a tocar en las puertas: el campesino, el obrero, el industrial, el estudiante, el doctor, el niño, el pudiente, el menesteroso, van a vivir en su respeto, y el soldado va a ofrecerle sus armas y su sangre y sus pies, juntos en guardia, hechos de caminos de América y calzados de marchas de justicia.
“En nombre de la Asamblea Nacional Constituyente, representante del pueblo, declaro solemnemente sancionada la Constitución de los Estados Unidos de Venezuela.”*
La comprensión histórico-crítica de la instauración del Régimen sociopolítico republicano liberal democrático, iniciada a partir de un movimiento político insurreccional que cabe calificar, atendiendo a su gestación, su realización y su proyección, de civil-militar-civilista, desencadenado el 18 de octubre de 1945, requiere el establecimiento de una cuidadosa distinción correlativa entre dos procesos básicos: el de la progresiva institucionalización del Estado republicano liberal democrático y el de la promoción de la formación de una sociedad genuinamente democrática.
Si bien existía una inadvertida vinculación orgánica entre ambos procesos, ésta transcurría en una instancia en la cual la instauración y el desarrollo del régimen sociopolítico republicano liberal democrático fueron emprendidos en función de la auto sostenida formación, y del eficaz funcionamiento de núcleos sociales de básica disposición democrática.
Esto ocurría porque la condición liberal del Sistema sociopolítico republicano se corresponde sobre todo con la decisión política expresa en El Sistema Jurídico-político de La Estructura de Poder interna de la sociedad; decisión que pudo proceder del Poder político mismo. En cambio, la formación y el funcionamiento de la sociedad genuinamente democrática expresa en El Sistema Jurídico-social de esa Estructura dependen, sobre todo, de la sociedad misma; si bien el régimen sociopolítico republicano liberal democrático puede auspiciar y estimular la conformación de tal disposición de la sociedad.
El marco en el cual se ha desenvuelto, y aun lo hace, esta correlación de procesos, es el del perfeccionamiento de la ruptura del genésico monárquico nexo-colonial en cuyo ámbito fue implantada y se integró la sociedad hoy venezolana, hasta los momentos cuando la crisis política de tal nexo llevó a que se tomase el camino de la abolición de La Monarquía; primero mediante el conato de instauración e institucionalización de La República, en 1811-1812; y luego de manera expresa al constituirse La República de Colombia en 1821; y de haber sido tal su fundamentación jurídico-política ratificada en 1830, al constituirse el separatista Estado de Venezuela.
El punto crítico de estos procesos, funcionalmente interrelacionados, se advierte cuando la determinación de vivir en Democracia deja de descender, primordialmente, desde El Poder político hacia La Sociedad; y, en cambio, asciende desde La Sociedad hacia El Poder político.
Tal ha sido, y es, la meta procurada mediante la que he caracterizado como La Larga marcha de la sociedad venezolana hacia la Democracia; denominación que intenta sintetizar las manifestaciones de la vigencia, en ese proceso, de La Dialéctica histórica de continuidad y ruptura; al igual que la certidumbre de haber alcanzado el objetivo tenaz y heroicamente procurado: la edificación de Una Sociedad genuinamente democrática, en la cual se halle realizado lo puesto en marcha en el 18 de octubre de 1945.
* “Estados Unidos de Venezuela, Ministerio de Educación Nacional, Constitución Nacional. Promulgada en la Asamblea Nacional Constituyente el día 5 de julio de 1947. Caracas, Imprenta Nacional, 1948.
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