OPINIÓN

Vitrina Venezuela: Cuando las condiciones están dadas para que haya corrupción: habrá corrupción…

por Benjamín Tripier Benjamín Tripier

Cuando un acto de corrupción ocurre, en general no es una sorpresa, sino que, por el contrario, todos sabían que a la larga o a la corta, iba a ocurrir; pues las condiciones estaban dadas. Es un poco la profecía que se cumple sola.

Debemos considerar que el territorio donde se desenvuelve la corrupción (por definición) es el de la Administración Pública, y que los actores son un funcionario público, que obtiene beneficio por parte de un particular, el cual lo hace, para lograr algo, siempre violando alguna regla. En ese sentido, cuanto más grande el tamaño del estado más posibilidades de corrupción; por el contrario, cuanto más pequeño menos oportunidades, pues la cantidad de decisiones, fondos y actividades sujetas a la discrecionalidad de un funcionario público, son menores.

Por ejemplo, los mega planes de desarrollo basados en una amplia participación del Estado son una fuente potencial de corrupción, la cual no desaparecerá colocándole alcabalas ni controles (“a cada alcabala le sale su camino verde”). Por el contrario, cuantas más alcabalas de control se creen, más oportunidades de corromper a las alcabalas habrá.

En general se puede decir que el tema de la corrupción es algo estructural y no puntual; y puede apreciarse en cuatro planos:

  1. El de la estructura jurídica, gerencial y tecnológica, el cual está asociado a sistema jurídico (Constitución, leyes, reglamentos, decretos, resoluciones y normas en general), a sistemas de organización, procesos y trámites, a tecnología de información y en general a transparencia.
  2. El de las personas, asociado al apego a normas éticas y morales que son las que se aprenden de niño y joven (luego es más difícil) y se complementan más tarde con el cumplimiento de las leyes. Debe incorporarse la percepción generalizada de considerar un “gafo” a aquel que las cumple.
  3. El de la prevención que consiste en privilegiar la creación de un ambiente/estructura, que evite que ocurran actos de corrupción, versus el de
  4. la orientación al castigo que consiste en privilegiar la creación de aparatos de represión que persigan o declaren prospectos a corrupto sin que haya garantías de éxito.

La orientación que en un país se le dé al número uno dependerá del número tres y del cuatro. O sea que si el diseño de la estructura jurídica, gerencial y tecnológica se utilizará para prevenir o para castigar.

Creo que la opción es bien clara a partir del costo de oportunidad de cada una: cada grado de esfuerzo y dedicación aplicado al problema de la corrupción, está compitiendo entre la prevención y el castigo; entre la creación de condiciones para evitar que se repita y la persecución de culpables con intención de castigarlos. Y así no lo parezca, en grandes números, ambos son mutuamente excluyentes.

En todo caso, el marco regulatorio debería servir para evitar los errores de buena fe, a los cuales está expuesto cualquier funcionario (especialmente aquellos que “debutan” en la administración pública) considerando la maraña de disposiciones entre la cual debe desenvolverse.

Lo anterior me lleva al tema de las personas (número 2) para las cuales la honestidad debería ser un componente indispensable para el buen funcionamiento de la administración del Estado. Tanto desde su rol como funcionario, como en su rol como parte privada necesaria para la existencia de la corrupción.

Así como las leyes deben proteger al funcionario honesto contra los errores involuntarios, también deben evitar que el corrupto prospere. Esto es atacar los problemas, por pequeños que parezcan, con la máxima firmeza; evitándose así que evolucionen a grados más complejos: el más mínimo indicio por forma de vida, gasto excesivo, relaciones familiares y parentescos en el trabajo, concentración de poder o decisiones y falta de transparencia; debe generar una acción preventiva para cortar cualquier posibilidad. El funcionario público, a diferencia del privado, administra y maneja bienes públicos, debido a lo cual debe tener una vida transparente y que no permita dobles interpretaciones, ni necesite aclaraciones especiales. Como decía mi abuelita, “no solo hay que ser, sino parecer”.

Un buen ejemplo de cómo la actitud de la gente le quita relevancia al sistema punitivo, está en los países de mayor presión tributaria, que a su vez son los que tienen menores niveles de evasión. Y esto se debe básicamente a que la gente paga, no solo por las penalidades asociadas, sino porque debe pagar; está mentalizada en que debe hacerlo. Y no habría controles suficientes para «pescar» evasores, si el criterio de la gente fuera no pagar.

Los esquemas de control basados en alcabalas, o sea en puestos de revisión, han demostrado tradicionalmente, que son débiles, tanto desde el punto de vista de los resultados, como de la moral de la gente que los ejerce. Además, concentran toda la energía en un punto, que trata de cubrir la mayor cantidad de casos posible, pero que sin duda no son todos. La experiencia muestra que las excepciones son mayoría y que, al no estar contempladas, comienza la discrecionalidad al tratar de asimilar una situación nueva, a una cubierta por el control.

Otra desventaja de la concentración en un punto de control, es que con evadir la alcabala ya se superó el control, y los procedimientos asociados no prevén estos casos. El esquema de alcabalas no tiene posibilidades de éxito para grandes masas de sujetos a ser controlados. El control por alcabalas puede ser usado solamente en poblaciones pequeñas de sujetos de control, por periodos de tiempo cortos y para pocos parámetros de revisión.

En Latinoamérica, a corto plazo, la corrupción solo puede ser minimizada, pues su erradicación es de alguna manera un lujo al que nos costará llegar por el perfil de sociedad que somos; hay mucho de cultura asociada a la “viveza criolla”, que actúa como un factor inhibiente de los cambios necesarios para eliminar la corrupción.

La vía rápida para restringir el marco de acción de la corrupción es tomar un conjunto de acciones, que cubren los cuatro planos mencionados al principio, las cuales, a su vez, tienen beneficios más allá de la propia corrupción:

En resumen, la estructura jurídica, gerencial y tecnológica debería orientarse a la prevención y no al castigo (pues de este último se debe ocupar la justicia y no el gobierno) y lo personal debería orientarse a la prevención y al castigo primario, el cual consiste en separar preventivamente de su cargo al funcionario que presente señales claras de desviación a las normas éticas y morales (ser y parecer…).

Es de esperar que el proceso de cambios que se está llevando a cabo no resulte en cambiar todo para que nada cambie. Tenemos la gran oportunidad de recomenzar con instituciones frescas y orientadas a la prevención, en las cuales operen en forma balanceada tanto el marco jurídico institucional, como la probidad de las personas.

Hay que evitar que la corrupción siga siendo la profecía que se cumple sola.

Noticias destacadas

Lo que no fue noticia (y debería serlo)

btripier@ntn-consultores.com

Instagram: @benjamintripier

Twitter: @btripier