En el año 1952, quienes formábamos parte de la familia López Rondón, nos fuimos a vivir con mi primo y padrino Luis Arturo Calderón Pino. Mi padrino era un brillante abogado litigante, profesor en la Facultad de Derecho en la Universidad de los Andes. Todos los días observaba cuánto tiempo dedicaba a sus lecturas, la revisión de cada caso, la preparación de los testigos, la interpretación de las normas y sobre todo el ejercicio del derecho de la manera más pulcra posible. Ello me fue seduciendo hasta convencerme de que estudiaría Derecho, como efectivamente ocurrió; es decir, que soy abogado por vocación y porque tuve la suerte de encontrar un ejemplo que sembró en mí principios y valores de justicia, de equidad, de igualdad, de respeto y valoración de las normas jurídicas, y me convenció de que todo ser humano debería estudiar leyes para confrontar a los particulares y al Estado cuando se empeñen en vulnerar los derechos individuales o colectivos de los ciudadanos.
Cuando inicié mis estudios de Derecho en la Universidad Santa María, cada vez que llegaba a sus instalaciones frente a la plaza Madariaga en El Paraíso, y escuchaba a mis profesores, salía convencido de que el abogado es como el médico, este cura y devuelve la salud al ser humano, mientras que el abogado restituye la paz, la tranquilidad y la esperanza a los ciudadanos al lograr que se le restituyan los derechos que en determinado momento le fueron conculcados o pretendieron conculcárselos. El Estado le otorga el título al médico para salvar vidas, preservar y mejorar la salud de sus pacientes. En cambio, al abogado se lo confiere para que ningún ciudadano se sienta en minusvalía, sea víctima de un tercero o de un funcionario que prevalido de tal condición pretende desconocer o despojar de su derecho a su cliente. En el caso del profesional de la Medicina, sólo si se comprueba que ha causado un daño a su paciente por negligencia, impericia, mala praxis o peor aún, por conducta dolosa, será sancionado por la comisión de un hecho punible. En el caso del profesional del Derecho, si éste comete alguna irregularidad o delito en concierto con la contraparte para dañar a su cliente, debe ser sancionado también por cometer un hecho punible, pero es inaceptable que se sancione al abogado porque cumple con su obligación de asistir o representar a sus clientes en un recurso ejercido ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, alegando que ya este órgano dictó sentencia. Todo aquel que considere que su derecho ha sido lesionado por una sentencia, debe recurrir hasta tanto sea restablecido el derecho infringido.
La Dra. María Alejandra Díaz, como apoderada del Frente Democrático Popular (FDP) que es la organización política que agrupa a los chavistas opositores a Nicolás Maduro, ejerce un recurso de amparo ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia para solicitar que se declare la nulidad de la sentencia de la Sala Electoral que violando todo ordenamiento legal, ha actuado en concierto con el Consejo Nacional Electoral para cambiar el resultado electoral, desconociendo la voluntad popular. La Dra. María Alejandra Díaz, en el libre ejercicio de su profesión, en vez de recibir una respuesta convincente del por qué esa sentencia, la Sala Constitucional se limita a amedrentar, a multar y suspende del ejercicio del Derecho a esta profesional. En verdad los tales magistrados del Tribunal Supremo de Justicia ¿estudiaron Derecho? En otras palabras, se nos está enviando una advertencia a todos los abogados de Venezuela: no actúen en ninguna causa contra el gobierno, porque serán multados y suspendidos del ejercicio de la profesión, aún cuando el TSJ no tiene esas atribuciones. Solo le corresponde a los Colegios de Abogados administrar luego de una exhaustiva investigación y con plenas garantías del derecho a la defensa, aplicar las sanciones si corresponde o exonerar de responsabilidad al investigado. La verdad es que este acto solo produce vergüenza, indignación y lo que debo decir imagínelo usted. En un país donde exista Estado de Derecho, una decisión de estas características habría provocado una reacción institucional incontrolable.
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