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Nuevos principios jurídicos

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Ilustración: ONUSIDA

Impacto y críticas a los “Principios del 8 de marzo” en derechos sexuales.

En marzo de 2023, la Comisión Internacional de Juristas, junto con ONUSIDA y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), presentó un conjunto de principios jurídicos conocidos como los “Principios del 8 de marzo”, diseñados para guiar la aplicación del derecho internacional de los derechos humanos en la legislación penal, enfocándose en la despenalización de conductas relacionadas con la salud sexual, el VIH y el uso de drogas.

Este documento se origina de una reunión celebrada en 2018, donde se discutieron temas críticos relacionados con la penalización de ciertas conductas en el ámbito de la sexualidad y la salud. Así las cosas, estos “Principios” se enmarcan dentro de la celebración del Día Internacional de la Mujer, que se conmemora el 8 de marzo, una fecha que busca promover la igualdad de género y los derechos de las mujeres.

El documento busca despenalizar actividades relacionadas con la salud sexual y la reproducción, argumentando que el derecho penal no debe interferir en el derecho de las personas a tomar decisiones sobre sus cuerpos. En suma, los “Principios del 8 de marzo” enfatizan que el derecho penal debe ser una medida de último recurso y que la legislación actual a menudo viola derechos humanos fundamentales.

Los principios propuestos están diseñados para guiar la legislación y las políticas internacionales en estos temas, reflejando un enfoque contemporáneo que prioriza la autonomía y los derechos individuales. Algunos de los principios más relevantes, son: Principios de no penalización, de Autonomía, de Acceso a servicios de salud, de Protección de grupos vulnerables y de Educación sexual integral.

Respecto al primero de los señalados, de interés para los penalistas, este principio establece que las conductas relacionadas con la salud sexual, incluyendo el acceso a la anticoncepción, el aborto seguro y la atención de salud afirmativa de género, no deben ser objeto de penalización. Se argumenta que el derecho penal no debe ser utilizado para regular la vida sexual de las personas, ya que esto infringe sus derechos humanos.

El principio 14 aborda la importancia de garantizar la salud y los derechos sexuales y reproductivos como un componente esencial de los derechos humanos. Las implicaciones más relevantes de este principio son: Derecho a la salud sexual y reproductiva, Autonomía y toma de decisiones, Prevención de violencia y discriminación, también que los estados adopten medidas efectivas para cumplir con estos derechos.

Los “Principios del 8 de marzo” tienen el potencial de impactar significativamente en las políticas internacionales, al promover un enfoque basado en los derechos humanos, despenalizar conductas relacionadas con la salud sexual y reproductiva, y fomentar la educación y la equidad de género.  Entre las principales implicaciones, tenemos:

Los principios promueven la despenalización de conductas como el aborto y el uso de drogas, lo que puede llevar a cambios en las legislaciones nacionales e internacionales. Esto representa, según los promotores de los “principios” in comento, un cambio hacia un enfoque más humano y menos punitivo en la regulación de la salud sexual y reproductiva, alineándose con los estándares internacionales de derechos humanos.

De igual modo, los principios proporcionarían un marco claro y accesible para jueces, legisladores y responsables políticos, facilitando la implementación de leyes que respeten los derechos humanos. Esto puede influir en la creación de políticas que prioricen la salud y el bienestar de las personas, especialmente de grupos vulnerables.

Desde su presentación, los “Principios del 8 de marzo” han recibido diversas críticas que reflejan preocupaciones sobre su contenido y sus implicaciones. Algunas de las críticas más relevantes apuntan a cuestionables interpretaciones sobre la libertad sexual.

Por ejemplo, hay quienes argumentan que los principios pueden interpretarse como una promoción de la libertad sexual de los hombres a expensas de los derechos de las mujeres. Se sostiene que podrían facilitar el acceso de hombres a espacios que deberían ser seguros para mujeres y niñas, lo que genera preocupaciones sobre la protección de sus derechos y su dignidad.

Peor aún, existen críticas sobre la falta de claridad y la vaguedad en algunas de las declaraciones de los principios, lo que podría llevar a interpretaciones erróneas o a la implementación de políticas que no aborden de manera efectiva las necesidades de salud y derechos sexuales y reproductivos.

Muy importante. El feminismo radical ha expresado preocupaciones sobre cómo los principios podrían socavar los derechos de las mujeres al priorizar ciertas identidades de género sobre el reconocimiento de las desigualdades basadas en el sexo. Se argumenta que esto podría llevar a un debilitamiento de las políticas que protegen a las mujeres de la violencia y la explotación.

En última instancia, la lucha por la salud y los derechos sexuales y reproductivos es parte integral de la búsqueda de una sociedad más justa y equitativa. Los “Principios del 8 de marzo” pueden ser una herramienta poderosa en este camino, pero su éxito dependerá de un compromiso continuo con la defensa de los derechos humanos y la promoción de un diálogo crítico y constructivo.

@jolcesal

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