OPINIÓN

Nueva fecha venezolana

por Jesús Contreras Jesús Contreras

Francisco Palmieri, embajador de Estados Unidos

El 11 de diciembre de 2024 va a quedar eternizada en el almanaque venezolano porque ese día míster Biden mostró los colmillos, según noticia de El Nacional: “El 10 de enero de 2025 es la fecha límite para Nicolás Maduro».
Eso lo dijo el embajador de Estados Unidos, Francisco Palmieri, quien recalcó que si Maduro se queda en el poder “habrá cosas peores para Venezuela».
 
El robo electoral es una desfachatez de los abusadores de Miraflores que no tiene precedente en todo el planeta y que justifica la excepcional crudeza conque dicho embajador expone la brutal amenaza de Estados Unidos, que raras veces se produce en los canales diplomáticos, recalcando que si Maduro se queda en el poder «habrá cosas peores para Venezuela.»
Los «abusadores» de Miraflores no abarcan las FANB, haya o no abusadores entre los militares. Las FANB son la palanca salvadora del país. La historia venezolana nos tiene acostumbrados a ver nuestra vida política amarrada a la dirigencia uniformada, que en bastantes ocasiones asumieron el poder para dirigirlo como ente militar, salvo en el periodo del chavismo sin Chávez, ya que en la silla de Miraflores se ha sentado un civil y el régimen se ha nominado «cívico-militar» aunque el poder real ha sido solamente militar, en el que un buhonero calienta la silla, mientras un siquiatra procura enzarzar a cuanto se le acerque.
No parece probable que a Trump le dejen mostrar sus colmillos. En todo caso, estoy convencido de que nos conviene que los directivos de la PUD y el general Padrino López realicen una reunión, junto con otras personas que ellos determinen, para acordar que el 10 de enero de 2025 empiece un nuevo gobierno presidido por Edmundo González Urrutia con María Corina Machado como vicepresidenta y con ministros seleccionados en dicha reunión. Los entes estadales y municipales deberán formar sus gobiernos de conformidad con reglas igualmente acordadas en la reunión. Lo aprobado deberá regir durante un periodo que sea decidido en la reunión. Cambios constitucionales deben preverse y los textos de las enmiendas o de las reformas deben ser preparados a la mayor brevedad, según se determine en la misma reunión.