Es el trasfondo de la novísima normativa del régimen para combatir la corrupción y otros ilícitos, en el marco ideológico del «nazi militarismo-civilista-venezolano».
Como es conocido, fue la Organización de Naciones Unidas la que presentó a sus miembros un proyecto de ley marco para combatir la corrupción y otros ilícitos económicos y adaptarla a las realidades de cada Estado, nunca con sentido político y resguardándose elementales garantías procesales referentes a los derechos humanos.
Pues bien, ha sido a propósito de la corrompida trama en Pdvsa, en las impenetrables entrañas del régimen, como surgió el «copia y pega» de la recomendada ley, saltándose elementales principios constitucionales que delatan «alevosía, ensañamiento y premeditación». No hay otro calificativo para interpretar su contenido, que desvirtúa la necesidad de implementarla, en una sociedad corrompida como la nuestra, convirtiéndola en una “Ley de Control Político” cuyo antecedente inmediato ha sido la “Lista Tascón” y a la que se suman: “Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia”, la derogada “Ley de Inteligencia y Contrainteligencia Militar”, conocida popularmente como la “Ley Sapo”, sobre la figura de la instigación a delinquir. Y la mismísima “Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo”, sobre esos particulares, dejo constancia que no estamos en contra de sus propósitos de orden público y sería aplaudible su revisión para mejores criterios, pero de allí a la criminalización de la norma, el trecho es largo y peligroso dentro de un Estado de Derecho que se repute como tal.
Como se ha dicho, la república nació corrompida, el legado de los peninsulares que se incorporarán a la causa de la Independencia lo corroboran, además de los criollos vivos, los sucesivos decretos del Libertador, con la propuesta del “Poder Moral” sus decretos contra la corrupción y los relacionados con el Poder Judicial. El marqués de Casa León es el más emblemático beneficiario de negociados…
El Congreso de 1936 dispondrá la confiscación de los bienes del general Juan Vicente Gómez y Rómulo Betancourt refrendará el decreto que creó el “Jurado de Responsabilidad Civil y Administrativa”. A partir de entonces, la corrupción administrativa e ilícita alzó vuelo, como papagayo en sabana, porque ha sido evidente la influencia política en el curso de denuncias, investigaciones y procesos judiciales, por lo que se hace imposible la prevención y en consecuencia, sanciones en el marco de la divisa… ”Allá, allá, allá va el ladrón” que se pierde en la multitud. De allí que, la “Ley de Extinción de Dominio” no solo es producto de la improvisación legislativa (aprobada en 24 horas, incluido el visto bueno de la Sala Constitucional). Lo preocupante de la ley en cuestión es la ambigüedad de sus dispositivos que se saltan a la torera preceptos constitucionales y, luego, obliga a funcionarios y particulares…. ”que conozcan de algún bien que pudiera ser objeto de alguna medida prevista en este instrumento legal a notificarlo, so pena de ser procesados» (Art. 13), mientras que el 24 establece que “la persona que suministre información que contribuya de manera eficaz y determinante a la obtención de evidencias o pruebas para la declaratoria de extinción de dominio podrá recibir una retribución equivalente a un porcentaje del producto que el Estado obtenga por la liquidación de dichos bienes. He allí una típica “Ley de Control Político». Al respecto ¿qué dice la oposición? “Silencio en la noche”, como el tango. «Calladitos no vemos mejor». ¡Me pueden poner los ganchos!
Jorge Ramos Guerra
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