OPINIÓN

La Unión Europea y el Estado de Derecho

por Carlos Sarmiento Sosa Carlos Sarmiento Sosa

El origen de la Unión Europea (UE) se remonta a la devastación del viejo continente por la II Guerra Mundial, que dejó una Europa en ruinas y con una inmensa y honda crisis económica y social.

Para 1950, Francia propuso la creación de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) para integrar las industrias del carbón y del acero de los países europeos, especialmente Francia y Alemania, evitar futuras guerras y controlar los recursos clave para la producción de armamentos, y en 1951 se firmó el Tratado de París que creó el CECA, cuyos fundadores fueron Francia, Alemania, Italia, Bélgica, Luxemburgo y los Países Bajos.

En 1957, se suscribieron los Tratados de Roma, estableciendo la Comunidad Económica Europea (CEE) cuyo objetivo sería crear un mercado común y fomentar la integración económica, y la Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM).

La CEE se transformó en la Unión Europea (UE) con el Tratado de Maastricht en 1993, que no solo cambió el nombre sino que también amplió las áreas de cooperación, introdujo la ciudadanía europea y estableció las bases para la creación del euro.

Desde sus comienzos, la CEE fue incorporando nuevos Estados e intentado establecer políticas y programas para fomentar la cooperación económica, la libre circulación de personas, bienes y servicios, y el fortalecimiento de las instituciones europeas, hasta el Tratado de Lisboa en 2007, que fue un paso significativo en el desarrollo institucional de la UE y en la mejora de su capacidad para abordar los desafíos cambiantes del siglo XXI.

Hoy, la UE está integrada por 27 países (https://european-union.europa.eu/principles-countries-history/country-profiles_es) en un proceso continuo, marcado por esfuerzos para promover la paz, la estabilidad y la cooperación económica entre las naciones europeas.

En materia de derechos humanos y de democracia la UE aprobó en 2020 el Plan de Acción de la UE para los Derechos Humanos y la Democracia 2020-2024, con el interés de promover el Estado de Derecho en todo el mundo: La independencia judicial, el derecho a un juicio justo, la lucha contra la corrupción y la libertad de los medios son cuestiones recurrentes en los diálogos sobre derechos humanos con los países socios.

Consistente con esos objetivos, la UE ha hecho público el Informe sobre el Estado de Derecho (el “informe”) en 2023 en el que examina la evolución del Estado de Derecho en los Estados miembros en cuatro pilares: justicia, lucha contra la corrupción, pluralismo y libertad de los medios de comunicación y cuestiones institucionales más amplias relacionadas con el sistema de “contrapoderes” institucionales (entendamos, equilibrio), a los que considera “(…) fundamentales para garantizar la eficacia de la aplicación y el cumplimiento del Derecho de la UE y el respeto del Estado de Derecho”.

En este artículo voy a analizar solamente la justicia pues, como dice el informe, “Unos sistemas judiciales que funcionen correctamente y sean plenamente independientes son cruciales para garantizar que la justicia trabaje en beneficio de los ciudadanos y las empresas (…)”.

En cuanto a las reformas a la justicia, el informe recomienda respetar los requisitos del Derecho de la UE y considerar las normas europeas como fundamentales para promover y defender el Estado de Derecho; y uno de los aspectos que resalta es que entre las empresas, las encuestas mostraron una disminución de la percepción de independencia judicial en trece Estados miembros, destacando que en Finlandia, Dinamarca, Austria, Alemania y Luxemburgo el nivel de independencia percibida sigue siendo especialmente elevado entre el público en general (por encima del 75%), mientras que en Polonia y Croacia sigue siendo muy bajo (por debajo del 30%).

El informe alude a los procedimientos para el nombramiento y el cese de jueces como salvaguardias clave para la independencia judicial; y, al respecto, resalta que muchos Estados miembros han seguido llevando a cabo reformas relacionadas con su sistema judicial, como los procedimientos de nombramiento y destitución de los jueces o en lo que respecta a los Consejos del Poder Judicial, siendo recomendable que salvaguarden la independencia judicial, sobre la base de los principios establecidos por el TJUE. “El método utilizado para el nombramiento y la destitución de los jueces constituye una garantía clave para la independencia judicial (…) deben ser suficientes para evitar que se susciten dudas legítimas en lo que respecta a la impermeabilidad de estos jueces frente a elementos externos y su neutralidad”.

El informe no deja de señalar que también hay situaciones en las que existen dificultades en relación con el marco disciplinario de los jueces que puedan utilizarse como medio para restringir la independencia judicial, resaltando que para que el sistema judicial funcione correctamente, son indispensables los recursos adecuados, incluidas las inversiones necesarias en infraestructura física y técnica, y un personal bien cualificado, formado y adecuadamente remunerado.

La digitalización del sistema judicial sigue en general, según el informe, muy avanzada en muchos países de la UE así como el uso del sistema de comunicación electrónica, lo que significa un avance en la administración de justicia.

Con respecto al acceso a la justicia y papel de los abogados en el sistema judicial, el informe confirma que los abogados desempeñan un papel clave en la protección de los derechos fundamentales y el fortalecimiento del Estado de Derecho, incluido el derecho a un juicio justo.

En líneas generales, de la lectura del informe se deducen fácilmente la importancia de la independencia judicial y el Estado de Derecho. Por ello, afirma:

“El Estado de Derecho y un orden internacional basado en normas constituyen una protección fundamental contra la propagación de regímenes autoritarios y la violación del Derecho. La defensa del Estado de Derecho es, por tanto, un elemento crucial de la acción exterior de la UE, junto con la consolidación de las estructuras democráticas y la protección de los derechos humanos”.