Por Carmen Sulay Rojas
La suspensión de actividades presenciales del sector educativo por disposición del Ejecutivo Nacional en el año escolar 2019-2020, se concretó cuando el 13 de marzo de 2020 se inició la llegada del covid-19, y días posteriores, aunque indicando la fecha referida fue publicado en Gaceta Oficial el decreto N° 4.160, que oficializó tal acción a partir del 16-3-2020, y en cuyo artículo 11 quedó señalado la necesidad de resguardar la salud de niños, niñas y adolescentes, y en la misma medida del personal docente, administrativo y ambientalistas de las instituciones educativas públicas y privadas, siendo todos los ministros y ministras con competencias en educación los responsables de establecer el inicio de actividades pedagógicas a distancia, es decir, no presenciales, para lograr el cumplimiento de los objetivos educativos y los contenidos curriculares.
O sea, que si nos atenemos con lo dispuesto en el artículo 11 de este decreto eran las máximas autoridades del Ejecutivo Nacional con responsabilidades directas sobre la población escolar quienes debían aplicar y supervisar las respectivas políticas públicas que garantizaran a los niños y adolescentes una adecuada alimentación, una atención oportuna e inmediata en materia de salud, y una educación que mantuviera una estricta orientación a distancia, que cumpliera con los parámetros de acceso al conocimiento y aprendizaje.
Sin embargo, todas esas exigencias marcadas en el decreto número 4.160 no fueron suficiente en los términos de poder generar el mandato establecido en la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes (Lopna, 2007) en relación con los artículos 7 y 8 del mencionado instrumento jurídico que establece los principios de Prioridad Absoluta e Interés Superior de tal población. Igualmente, la ley señala en sus artículos 10, 12, 13 y 15, que los niños, niñas y adolescentes son sujetos de derechos y sobre esa naturaleza se garantizan tales derechos, los cuales son irrenunciables y progresivos para alcanzar el derecho a la vida.
Y sobre la misma ley no se puede ignorar la obligación del Estado en relación con los artículos 32 y 32-A, referentes con la integridad personal y el buen trato, así como los artículos 47 y 48 que establecen la obligación de ser vacunados y tener atención médica de emergencias, y en forma absoluta lo que establecen las nomenclaturas jurídicas números 52 y 53 sobre el Derecho a la Seguridad Social y el Derecho a la Educación ¿Y qué ocurrió con este marco legal en tiempos de coronavirus y suspensión de actividades educativas presenciales? Podemos afirmar, que salvo el artículo 47 en donde era indispensable la vacunación sobre toda la población para afrontar sin mayores sobresaltos el covid-19, no se pueden establecer analogías con el artículo 48 sobre la atención médica de emergencia, cuando incluso fallecieron niños y niñas por ausencia de donantes de órganos, tal como fue señalado por la organización Prepara Familia cuando informó que murieron 38 niños y niñas en el hospital infantil J.M de los Ríos, y entre varios aspectos indicaba que persistía el déficit de médicos y enfermeras con bajos salarios, junto con migración del talento humano, fallas constantes de insumos médicos; lo cual agravaba la situación de los niños allí hospitalizados y que por analogía no era distinta en el resto de los centros asistenciales del país, porque precisamente, la mayoría de estos niños provenían de la mayoría de estados de Venezuela.
De hecho, desde antes del coronavirus, Prepara Familia, dirigida por Katherine Martínez (2021), asegura que llevan años denunciando la situación de deterioro del hospital referido, y destaca el lamentable fallecimiento de los niños por ausencia de tratamientos efectivos y eficaces contra enfermedades producto de: nefrología, anemia, leucemia, linfomas o mielomas, y más grave aún, fue cuando desde ese año se llegó a la “suspensión del programa del Sistema de Procura de Órganos y Tejidos” (párr. 14); y que tal inacción por parte del Ejecutivo Nacional generó que en 2018 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitiera medidas cautelares en favor de los niños y niñas. No obstante, la directora de Prepara Familia fue enfática al decir: “El Estado venezolano continúa sin hacer nada para garantizar los derechos humanos de los niños” (párr. 15).
Es decir, que a pesar de que Venezuela cuenta con un sólido marco legal que debió haber atendido con prontitud y eficiencia a los niños venezolanos, además de las áreas de educación, resulta evidente que desde antes de la llegada del coronavirus (2020), las condiciones de salud de la población venezolana se encontraban en situaciones preocupantes, al punto de que los niños fallecían porque el Estado no atendía sus requerimientos inmediatos de salud.
Y ante esa narrativa, sobre la educación podemos mencionar que sin llegar al espacio de cifras de quienes poseían equipos tecnológicos para poder enfrentar con éxito la educación a distancia, en el foro organizado por el portal Tal Cual (2022), “Innovación educativa en la región, ¿qué puede copiar Venezuela?” (párr. 3), la presidenta de la Asociación para el Desarrollo de la Educación Integral, Carolina Orsini, señaló que algunas instituciones privadas suministraron teléfonos inteligentes a docentes que carecían de estos para poder enfrentar las clases a distancia, pero que eso no ocurría en los planteles oficiales ni con estudiantes ni educadores, lo cual hacía más difícil el acompañamiento pedagógico en estos términos.
En esas mismas condiciones, en el encuentro citado, se habló sobre las deficiencias de Internet, las cuales incrementaron ampliamente las brechas de la pobreza y la desigualdad social. Y sobre los docentes un dato muy revelador: para el año escolar 2020-2021 la plantilla total de educadores en el país alcanzó la cifra de 502.700 maestros, 166.000 profesores menos (-25%) que los 699.000 que trabajaban en los planteles oficiales del país en 2018; situación que durante los años escolares 2021-2022 y 2022-2023 no fue distinta, cuando aumentaron los índices de deserción educativa como efecto de la continua emigración tanto de estudiantes como de educadores; máxime cuando existe una degradada situación laboral que apenas mantiene los salarios docentes en un promedio de 10 dólares al mes y el salario mínimo ronda en menos de los 4 dólares.
Es decir, a pesar de que el marco legal constituía una fuente esencial para la aplicación de la educación a distancia y garantizar presupuestos y dotación de equipos tecnológicos con eficiencia en la propia educación, alimentación, salud, y servicios públicos, los informes de las organizaciones contrastan con el silencio de cifras oficiales, y la afasia del Estado, y en ese orden, quedó en evidencia que desde los tiempos del covid-19 ha habido un enorme retroceso en materia de educación y derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes, así como de los docentes y población educativa de los institutos oficiales.
Ahora, cuando nos aprestamos a iniciar el año escolar 2023-2024, la realidad no es distinta. Una infraestructura educativa en ruinas. Planteles sin dotación de materiales pedagógicos, agravados con las deficiencias de servicios públicos en materias de agua y electricidad. Una relación laboral prácticamente nula entre el Estado y las organizaciones sindicales, cuando el primero desde el Ministerio de Educación ignora los derechos laborales, mientras que las representaciones de los trabajadores lucen arcaicas, desgastadas e inútiles, porque no reciben respuestas, pero tampoco ejecutan acciones definitivas, como el llamado al paro indefinido, que en la praxis se ejecuta parcialmente, porque la mayoría de docentes apenas asiste como máximo dos días a la semana para impartir actividades; pero que no se centra en una acción que pudiera interpretarse como de enfrentamiento ante un gobierno que simplemente ha destruido la carrera docente y la educación.
Una crisis interminable es el contexto de la educación en Venezuela. Desde antes del covid-19 y posterior a esta crisis sanitaria, el aprendizaje y el conocimiento están en completo retroceso para la sociedad y las nuevas generaciones. Solo esperamos que en 2024 esta realidad política pueda cambiar, porque de lo contrario no dudamos en afirmar que Venezuela se convertirá en la nación con los más altos índices de neoanalfabetismo del siglo XXI en América Latina.
@_carmensulay