OPINIÓN

La legítima cooperación internacional de liberación

por Víctor A. Bolívar Víctor A. Bolívar

«El principio de no intervención fue designado

para proteger  democracias y no dictaduras»

Alejandro Ordóñez, embajador de Colombia en la OEA

Por la complejidad que lleva consigo el interés geopolítico de Estados Unidos y de nuestros otros aliados en su cruzada contra el narcoterrorismo, el colonialismo seudoideológico ruso-cubano, la expansión hipotecaria de los chinos, la migración forzada y la violación de los derechos humanos que padece Venezuela ya se nos escapa el decidir con absoluta discrecionalidad la terrible problemática que nos agobia. Ya no es un asunto interno: se ha universalizado.

Ante ello, los culpables de esta situación que hoy sufrimos, rechazan y demonizan cualquier sanción o medida que puertas afuera se tome en contra de la dictadura en nuestro país, alegando injerencias y el principio de no intervención. Les aterra que entre las llamadas opciones creativas se origine un bloqueo que presagie una intervención como medida extrema, y por eso chillan, zapatean, corren nerviosos y desesperados a constatar si los respaldos de los colonizadores y aliados se mantienen.

Cuando se han percatado de la inminencia de un hecho de tal magnitud, que apunta con determinación a deslastrar a la región de indeseables internacionales y a dar de baja a como dé lugar a este régimen forajido, pasan sin rubor del interminable diálogo a pedir cacao en el odiado imperio, no para entregarse sino para entregar a sus propios camaradas a cambio de indulgencia. Alguien la llamó acertadamente como la operación “sálvese quién pueda”.

Por otra parte, se complementan con los nuestros esos intereses foráneos con la radicalización en el discurso de nuestro presidente Juan Guaidó, cuando pide al país una mayor presión interna y con tino se refiere a una cooperación internacional para la liberación de Venezuela.

Para darle énfasis a esa presión no está demás recordar que nuestra Constitución tiene tres artículos, extrañamente obviados y demonizados, el 187.11, 333 y el 350, que le dan una clara fundamentación a cuanto deba hacerse en lo que respecta al empleo de misiones extranjeras en el país, el restablecimiento del orden constitucional y al activo desconocimiento de este régimen usurpador, antidemocrático y violador de los derechos humanos. En esas normas se involucra al pueblo de Venezuela como protagonista de esa lucha.

Si agregamos lo que al respecto rige en el plano internacional, la Carta Democrática Interamericana, el TIAR y el R2P,  no cabe duda alguna de la legitimidad de una cooperación de liberación ya que se encuentra enmarcada en ese contexto jurídico internacional.

Coincidimos con Almagro cuando sostiene: “Los tiempos de la política y de la diplomacia tienen que ser conscientes de la realidad que vive Venezuela y de las urgencias que tienen los venezolanos”. Esta es  la principalísima razón para no seguir perdiendo el tiempo.