OPINIÓN

Jueces sin rostros en audiencias telemáticas condenan y sepultan el debido proceso

por Rafael Narváez Rafael Narváez


Es inaceptable la nueva figura de los «jueces sin rostros» que condenan vía telemática a detenidos en ausencia por el delito de terrorismo. Una modalidad que termina de aniquilar lo más sagrado del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece que el debido proceso se aplicará en todas las actuaciones judiciales y administrativas. La defensa y la asistencia jurídica son derechos inviolables.

Toda persona se presume inocente hasta que se demuestre lo contrario.
Toda persona tiene el derecho a ser oída.
Toda persona tiene el derecho a ser juzgada por sus jueces naturales.

Condeno que el sistema de justicia encabezado por el máximo tribunal de la República permita que tribunales ordinarios actúen al margen de sus atribuciones establecidas en nuestra norma suprema para ejecutar violaciones graves de los derechos humanos, garantías constitucionales y garantías judiciales. Es una demostración de que no están abrazando su autonomía ni tampoco, por supuesto, dando cumplimiento a lo establecido en la Constitución.

Hablan groseramente de 2.500 detenciones arbitrarias con la amenaza de restaurar cárceles como Tocorón y Tocuyito para un traslado masivo. Un grupo que no solo incluye menores de edad sino también discapacitados. No han tenido piedad con las madres que claman la libertad de sus hijos adolescentes que solo cometieron el delito de estar en el lugar. Las denuncias mencionan a un joven autista que regresaba de su trabajo. Otro joven sordomudo no entendió lo que le decía la policía. Seres humanos indefensos víctimas de la represión. Y más grave aún son los 25 fallecidos por reclamar respeto a sus derechos políticos, respeto al voto ejercido el pasado 28 de julio. 25 crímenes que no prescriben.