OPINIÓN

Independientemente de la decisión que tome la CIJ; Venezuela tendrá que echar “pa’lante”

por J. Gerson Revanales J. Gerson Revanales

La defensa realizada por el equipo de abogados de Venezuela ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) para determinar la admisibilidad de la “objeciones preliminares” presentadas por Venezuela, los días jueves 17 y viernes 18 de noviembre, resultó sorprendente. Para la Alta Corte resultó complicada al ponerla en la situación de admitir o no las objeciones presentadas por Venezuela. En caso de rechazarlas contradeciría su propia jurisprudencia. Ejemplo de ello, el «Case of the monetary gold removed /from Rome in 1943 (Preliminary Question), Judgment of June ~gtlz, 1954 : I.C. J. Reports 1954, p. 1, ante la ausencia de una de las partes (Albania); y el caso Concerning East Timor v. Austral -1995; en el cual, la Corte menciona en varias oportunidades el principio donde establece que la Corte no puede decidir sobre una disputa entre Estados, sin el consentimiento de su jurisdicción.

Ante esta defensa, Guyana quedó sin argumentos para sostener su demanda, así como defender sus pretendidos derechos en el Esequibo. Los hijos de la Gran Bretaña, luego de 200 años del reclamo que hiciera el Libertador, fueron descubiertos en su “mala fe”, al dejar claro los abogados de la parte venezolana de toda la componenda orquestada por el reino Albion; la complicidad de uno de los abogados más reconocidos de la época, el profesor De Martes; la de un aventurero como Robert Schomburgk al servicio de la corona inglesa y la debilidad del gobierno americano en la persona del Secretario de Estado Americano Richard Olney

No obstante, luego de este preámbulo; como en diplomacia la forma y el fondo forman parte del todo; dada la importancia de lo que está en juego, no son solo los 159.000 km2, sino que la reclamación es un problema de integridad, soberanía y seguridad nacional, extraño la ausencia en la delegación venezolana que fue a La Haya, de algún miembro la Comisión de la Asamblea Nacional para la Defensa del Esequibo e integridad territorial, como de un miembro de la oposición, a diferencia de Guyana que incorporo al Hon. Gail Teixeira, miembro del Parlamento Guyanés y al embajador Ronald Austin, consejero del líder de la oposición en cuestiones fronterizas

Entrando en el fondo de la materia que nos ocupa; la estrategia de la defensa de Venezuela partió de dos frentes en una operación tenaza, de un lado recurrió al Art 79 del Reglamento de la Corte, referido a la admisibilidad y cualquier otra excepción, lo cual desequilibró a la ex colonia inglesa; y por el otro lado, puso sobre la mesa cuatro considerandos hasta ahora poco elaborados por los analistas:

1) Inglaterra es parte del tratado Washington de 1897, mientras que Guyana no lo era, al ser solo una colonia 2) En el Tribunal Arbitral de París 1899, Inglaterra es parte, mientras que Venezuela como Estado soberano, no se le permite participar al ser cuestionada por Inglaterra, debiendo ser representada por Estados Unidos. Guyana no es parte, por ser simplemente una colonia sin derechos soberanos ni responsabilidad internacional; en consecuencia, mal puede la Corte resolver una litigio sin la participación de unos de los actores fundamentales, como lo es Inglaterra. 3) En tercer lugar, el acuerdo de Ginebra de 1966, los Estados firmantes con responsabilidad internacional son Venezuela e Inglaterra, ya que Guyana firma bajo la condición del Art VIII del Acuerdo de Ginebra 4) Finalmente, Inglaterra al ser parte de este litigio, debe ser parte del mismo

El proceso se plantea en tres  escenarios: Si la Corte rechaza las Opciones Preliminares, entrará en contradicción con su propia jurisprudencia, por lo cual pone en reserva su credibilidad. Bajo este mismo escenario, si la Corte rechaza la solicitud de Venezuela, el gobierno tendrá que decidir si mantiene su posición de no reconocer la jurisdicción de la Corte o se retira arriesgándose a perder todo y en un tercer escenario, si la Corte acepta las excepciones a la admisibilidad introducidas por Venezuela, coloca la reclamación antes del día que el secretario remite a la CIJ el caso del Esequibo o al día antes que Guyana introdujera su demanda ante la Corte, es decir, el 28 de marzo de 2018, lo cual coloca a las partes en la hoja de ruta del Acuerdo de Ginebra