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Guerra de dimes y diretes

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A escasos seis meses de tener Venezuela que presentar su contramemoria ante la CIJ el 8 abril de 2024, es necesario tener una estrategia clara y definida.

A ciencia cierta no se sabe si el gobierno definitivamente responderá a la demanda incoada por la ex colonia inglesa ante el alto tribunal internacional o no; al no haber manifestado oficialmente su reconocimiento a la jurisdicción de dicha instancia, a pesar de haber acudido en dos oportunidades a la Corte, nombrado el juez ad hoc y sus agentes como representantes del Estado

El hecho de haber introducido un elemento nuevo, con la convocatoria de un referéndum consultivo no vinculante, incongruente en su redacción hasta para los más avezados elocuentes y conspicuos constitucionalistas, ni se diga para el vulgo, nuevamente pone en duda, dependiendo de los resultados, si se asistirá a la Corte. En principio, no hay duda de que ningún venezolano se opondrá a que el gobierno reclame y defienda los derechos de Venezuela en el Esequibo.

Desde el mismo momento del nulo e írrito fallo parisino, del 3 de octubre de 1899, con la denuncia de Castro (el venezolano, no el otro) seguido del presidente Rómulo Betancourt, quien durante la IX Conferencia Panamericana en Bogotá, del 30 de marzo de 1948, continuando con el general Pérez Jiménez hasta vuelta la democracia, todos han defendido el Esequibo como parte de nuestro territorio, razón por la cual, ¿por qué se tienen dudas de nuestros derechos?

El ponerlo en duda es tan absurdo como preguntar si se quiere a la madre que nos vio nacer. El llamado a un consultivo en vísperas de unas elecciones nacionales tiene varias interpretaciones.

No hay duda de que un referéndum es una facultad constitucional de acuerdo con el Art. 71 de la Constitución; sin embargo, considerando que esta consulta no es vinculante en vísperas unas elecciones presidenciales,  para que el jefe del Estado evada una de sus atribuciones y obligaciones de acuerdo con el Art. 236/4 de “Dirigir las Relaciones Internacionales”, es como si el presidente Fidel Castro hubiera tenido que consultar para repeler la invasión a Guantánamo.

Un referéndum consultivo en este caso y en esta materia es quitarle la iniciativa al presidente como conductor de las relaciones internacionales. No obstante, independientemente de quien sea la iniciativa, esta se maneja en dos escenarios. En lo interno, divide al país porque en víspera de unas elecciones presidenciales, un Sí o un No, tiene implicaciones políticas al medir las simpatías ante el gobierno.

En lo Internacional, esta consulta ha servido para que el Caricom haga uso de sus cañoneras comunicacionales en contra de Venezuela, al tergiversar cada una de las preguntas, como es el caso de la primera. Al contrario de lo que afirma el Caricom de buscarse el apoyo popular para el “uso de la fuerza”, malintencionadamente obvian el final de la frase, la cual explícitamente concluye con tres palabras “conforme a derecho”. Así, seguidamente el Caricom sobre cada una de las preguntas deja caer su veneno, al inmiscuirse en un asunto que no es de su competencia, violando uno de los principios básicos del derecho internacional como es la “No intervención”.

Indudablemente, esta reclamación se ha salido de los canales acordados en el Acuerdo de Ginebra de 1966. Mientras el gobierno evade la vía jurisdiccional, donde se tiene la mayor fuerza de la razón, con base en la verdad jurídica a partir de la titularidad histórica que no dispone la ex colonia inglesa; Guyana no acepta apegarse al espíritu del Acuerdo de Ginebra a partir de una solución práctica y satisfactoria; sino del apoyo de las transnacionales del petróleo y del Caricom, apoyada por debajo de la mesa de Inglaterra y Estados Unidos y de la difícil situación política y económica que atraviesa Venezuela.

Ante estos escenarios, agotadas las objeciones preliminares hay la necesidad de un cambio de estrategia, ante un inminente jaque al rey en La Haya, para lo cual quedan dos jugadas: introducir ante las instancias correspondientes las medidas provisionales y cautelares en salvaguarda de nuestros derechos económicos ante la explotación de los recursos naturales existentes en el territorio (oro, bauxita, maderas finas) y en las áreas marinas y submarinas explotadas por las petroleras, afectando el medio ambiente, uno de los daños más graves a la humanidad en que incurre Guyana

Las medidas provisionales o cautelares, además de afectar los intereses de Guyana y de las petroleras, son un incidente  procesal por el cual la CIJ tendría que tomar unas medidas de carácter preventivo que encuentran fundamento en el artículo 41.1 del Estatuto de la CIJ y cuyo objeto es la salvaguarda de los intereses de Venezuela y afectan duramente los de Guyana y de las petroleras, pues tal como dice el refrán popular: “Barco parado no paga flete”.

Es necesario revisar la estrategia y tener decisión política en el momento oportuno; y segundo, ir a la Corte con todos los argumentos jurídicos e históricos que se tienen y demuestran nuestros derechos en los territorios al oeste del Esequibo para demostrar las conspiraciones en el tratado de París y componendas en el Tribunal Arbitral de París.

En definitiva, para la introducción de unas medidas cautelares destinadas a la protección de nuestros derechos en la zona en reclamación, no hay necesidad de consultar sino tener la voluntad política para ir a la CIJ a defender ante la ex colonia inglesa de Guyana nuestros derechos históricos y jurídicos en la zona en reclamación.

 

 

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