Luego de un largo trajinar por este reclamo de la extensión territorial que nos arrebataron; y actualmente con el carácter de asunto litigioso que asumió el caso ante la Corte, hemos venido acumulando alguna modesta e interesante experiencia; misma que nos señala que la normativa internacional se manifiesta muy concreta (y a veces implacable) ante un evento que requiera atender una contención interestatal, hasta alcanzar las soluciones.
La Sala Jurisdicente citada aplica el derecho -ni más ni menos- que tiene establecido, esencialmente, en su Estatuto y Reglamento respectivos.
En el derecho internacional las equivocaciones se pagan caro. Y cómo cuesta después recomponer en justeza las situaciones.
Hay algunas opiniones y criterios coincidentes en que nuestra primera y muy grave inexactitud diplomática fue haber aceptado las diligencias y acuerdos preliminares -suscritos el 2 de febrero de 1897- en el denominado Tratado de Washington, donde se estipulaba un ulterior compromiso arbitral.
Me sumo entre quienes aseveramos que allí comenzaron nuestros desaciertos.
¿Ingenuidad o impericia de quienes manejaron nuestra diplomacia en esa época? Tal vez.
Primero, aceptar que se discutiera un caso de tanta trascendencia para vida de nuestro país sin nuestra presencia.
Participaron únicamente para tales arreglos los representantes de los gobiernos del Reino Unido y el de Estados Unidos; además, se birló, descaradamente, el principio del Utis Possidetis Iuris, nuestra carta esencial de soberanía y justo título sobre los 159.500 km2.
A partir de la estafa referida en el párrafo anterior devino el írrito y nulo Laudo Arbitral de París, el 3 de octubre de 1899 (donde tampoco estuvimos presentes); adefesio jurídico forcluído y de nulidad absoluta; que jamás legitimaremos como causa de pedir de la contraparte, en el juicio que se dirime por ante la Corte Internacional de Justicia; adonde acudiremos en abril del próximo año a consignar el memorial de contestación de la demanda, apertrechados –por supuesto- con nuestros irrebatibles recursos probatorios.
Sigamos analizando otras impropiedades, arrastradas en este centenario caso.
Se le atribuye una enorme responsabilidad al gobierno del Benemérito Gómez por haber cedido a la presión del Imperio inglés, para proceder a la demarcación (en el terreno), de lo que ya se había “aprobado” de modo fraudulento en el ardid arbitral referido.
Precisamente, con los documentos que entramparon el arreglo; luego del mencionado trabajo por ambas comisiones, en la época gomecista (1905) —que se denomina Tratado Bilateral ejecutoriado— es con lo que en este momento está alegando la Parte guyanesa, en la Corte Internacional de Justicia; además, solicitan en su pretensión procesal que se le confiera la autoridad de cosa juzgada a ese “laudo”; porque ya el gobierno venezolano de esa época lo había dado por “bueno y legítimo”.
Recurrentemente, los gobiernos de López Contreras y Medina Angarita no hicieron gestiones o actividades de relevancia para insistir con nuestra contención sobre la Guayana Esequiba; quizás por la influencia de los comentarios —para entonces— de que esa controversia, ya había sido resuelta en la tratativa que hemos venido aludiendo.
Otro hecho protuberante. En el régimen de Pérez Jiménez —a pesar de toda la impronta nacionalista que se le atribuye— cometió el disparate diplomático al habilitar un consulado (legación activa) en las proximidades de Mabaruma (área en controversia); con lo cual, prácticamente, estaba “reconociendo” que esa zona, conflictuada en un histórico pleito internacional, le pertenecía a la Guayana Británica. Ese despropósito se corrigió en su oportunidad; aunque constituyó un desatino, severamente cuestionado.
Desde 1958, en adelante, casi no hubo motivación para la contención; a pesar de que ya se conocía el contenido de las memorias de Mallet- Prevost, donde expone —descarnadamente— la vileza cómo se nos arrebató esa extensión territorial; que, según su criterio: “el Reino Unido no tenía la menor posibilidad jurídica de poseer, ni siquiera un milímetro de lo que se le concedió”.
No fue sino hasta 1962 cuando –bajo el gobierno de Rómulo Betancourt –nuestro insigne canciller, Marcos Falcón Briceño, solicita un derecho de palabra en la plenaria de la Asamblea General de ONU, para denunciar el despojo que se perpetró contra Venezuela.
Se obliga a Gran Bretaña y accede a revisar la tropelía cometida, y se adelantan gestiones para firmar, el 17 de febrero de 1966, el Acuerdo de Ginebra, donde por primera vez, admiten que la sentencia arbitral de París es írrita y nula—por lo que no surte ningún efecto jurídico ni puede ser documento oponible a nada, y menos en un juicio de la categoría y naturaleza que nos ocupa, hoy, en tan importante Sala Juzgadora de la ONU.
Sin embargo, nuestra reclamación sufrió luego otro gravísimo error; cuando el gobierno de Rafael Caldera congeló, con el inefable Protocolo de Puerto España, por doce años, desde 1970 hasta 1982, todo el contenido del Acuerdo de Ginebra, donde basábamos nuestro reclamo.
Acertadamente los gobiernos sucesivos denunciaron y desaplicaron el señalado protocolo, que nos hizo mucho daño en la contención. Se reposicionó el Acuerdo de Ginebra, con pleno vigor jurídico para el arreglo “pacífico, práctico y satisfactorio” de esta controversia.
En resumidas cuentas, hubo demasiada tranquilidad e improvisaciones, en este asunto que debió tener siempre el carácter de Política de Estado, y no reacciones intemperantes de gobiernos y de funcionarios desconocedores de la materia.
Nos preocupamos porque a mucha gente ignorante de este sensible caso (para la vida del país) en algunas ocasiones se les designaba para ocupar importantes cargos atinentes a este asunto.
¿Qué nos corresponde hacer? Debemos mantener el reclamo frontal (sostenido con probanzas) de lo que es nuestro histórica y jurídicamente. Debemos pronunciarnos permanentemente contra lo que aún siguen perpetrando los gobiernos guyaneses, que vulneran nuestros intereses soberanos, en la Zona en Reclamación y en su correspondiente proyección marítima.
Hay que formular las denuncias oportunas y contundentes. Nada de quedarnos callados frente a tales tropelías.
No debemos permitir que los gobiernos guyaneses sigan dando concesiones a empresas transnacionales para la exploración, explotación y comercialización de los vastos recursos que tiene la Guayana Esequiba.
Sépase que todas las omisiones, desatenciones y desintereses conspiran contra nosotros en los reclamos que desde hace más de un siglo hemos hecho de esa zona; porque, nuestra conducta displicente se puede llegar a interpretar como indiferencia con la causa contencional.
Los silencios oficializados se pagan caros.
Tales quietudes las conocemos como Aquiescencias. Las mencionadas actitudes estatales (o por lo menos, la de algunos funcionarios (in)competentes dan a entender inaceptables permisividades.
Resulta vergonzoso —algunas veces— que quienes deben reaccionar y protestar se quedan inermes (en poses pusilánimes) frente a decisiones abusivas, hechos agresivos u ofensivos del gobierno guyanés contra Venezuela.
La conocida controversia la hemos venido sosteniendo; y no nos cansaremos de explayar y defenderla con incontrovertibles alegatos en cuanto escenario se presente; contrariando a los absurdos argumentos de la delegación de la excolonia británica.
Tenemos bastantes títulos históricos, cartográficos y jurídicos plenamente vigentes que nos favorecen, siempre y cuando estemos dispuestos a probar en la Corte, lo que en justicia nos corresponde.
Comencemos por dejar sentado, suficientemente, que el Acuerdo de Ginebra viene a ser — en este preciso momento— el único instrumento jurídico, donde “está vivo” y reconocido exequiblemente este pleito centenario, y en el cual se sintetiza medularmente nuestro reclamo.
Agreguemos, además, como un hecho interesante —a los efectos del Derecho Internacional Público— que en el propio contenido del Acuerdo de Ginebra se pone en tela de juicio y se cuestiona el Principio de intangibilidad de la Cosa Juzgada (Res Judicata).
Sin embargo, lo más delicado (y tal vez peligroso) para nosotros en esta reclamación es que actuemos con demasiadas flexibilidades para con la contraparte –adversaria en la Corte- que ha venido, y siempre ha estado dispuesta a todo.
Me permito formular la siguiente observación, con severidad, para su permanente consideración: la Aquiescencia, es decir las permisividades de nuestros gobiernos nos ha causado daño considerable. Ya lo hemos expuesto en los primeros relatos.
Aquiescencia que se ha deducido, desde hace muchos años, a partir del silencio o la abstención de nuestro Estado ante los hechos o actos de los gobiernos guyaneses.
Igualmente, asumamos que aquí –en este asunto– nos necesitamos todos; que debemos imprimirle la plena condición de Política de Estado, por encima de las diferenciaciones de cualquier índole que podamos tener. Este caso sobrepasa las particularidades político-partidistas internas.
Me parece lo más sensato y democrático, en la situación y circunstancia en que nos encontramos, luego de la reciente sentencia de la Corte, es que habilitemos todas las vías constitucionales, legales y comunicacionales para permitirle a los estudiosos del caso que opinen sobre tan sensible y delicado asunto litigioso, con la finalidad de concienciar a la población venezolana, integralmente.
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