En los constantes intercambios de opiniones y conjeturas que he venido haciendo en mis intervenciones públicas y en las conferencias en las universidades pareciera, según la apreciación de algunas personas, que es muy lejana la fecha – 8 de marzo del próximo año 2023- concedido por la Corte Internacional de Justicia a nuestro país, para que consignemos por escrito el memorial de contestación a la demanda que nos interpuso la excolonia británica.
La experiencia nos señala que los lapsos para los arreglos de pleitos interestatales conllevan implícitos sus propios ritmos y dinámicas. Nosotros ni aceleraremos ni retrasaremos un proceso de tal naturaleza. Lo que si considero y estamos seguros es que no tenemos tiempo que desperdiciar. Contrariamente, hay que aprovechar al máximo todo cuanto esté a nuestro alcance para reforzar los argumentos de probanza; obviamente, con la siguiente condicionante: siempre y cuando el Jefe de Estado determine – conforme al artículo 236, de la Constitución Nacional— que la delegación venezolana asistirá a la cita jurídica en ese Alto Tribunal de la ONU.
En el marco de una política de Estado que concite la solidaridad de todo el país, una vez más sugiero a nuestra Cancillería (recibidas las debidas instrucciones desde la Presidencia de la República, en su condición de Jefe de Estado, porque es su atribución constitucional) insistir en todo lo atinente a un referendo consultivo, con dos o tres preguntas muy precisas, considerando que es una materia de especial trascendencia, conforme al artículo (73) de nuestra carta magna, con lo cual se logra aglutinar a todo el país en torno tan histórico objetivo.
A partir de un referendo consultivo el pueblo venezolano se expresará libremente, y dirá si está de acuerdo con que vayamos a la sede del Alto Tribunal donde se dirime nuestra contención y hagamos las alegaciones que en justicia nos asisten.
Para que lo tengamos presente, debo señalar, también, que cuando analizamos la Constitución de la República Cooperativa de Guyana de 1980, nos conseguimos con la auto asignación y la distribución político-territorial que ellos han establecido, precisamente en la Guayana Esequiba, en flagrante violación del Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966. Asunto que estamos obligados a recomponer y reinstitucionalizar una vez recuperada esa inmensa extensión territorial que nos despojaron con añagaza y vileza.
En atención con lo señalado arriba, los gobiernos guyaneses – de manera ilegal y atrabiliaria- delimitaron la Zona en Reclamación, haciendo denominaciones a tal contexto geográfico según su conveniencia. Así entonces, nos encontramos con las regiones: Guainía-Baruma, Poomeron-Supenam, Cuyuní-Mazaruni, Potaro-Siparuni, AltoTúkutu- Alto Esequibo. Dejamos sentado, sin embargo, que para nosotros la única manera geohistórica de denominarla es Guayana Esequiba.
La inocultable intención que tal vez están calculando en perspectiva, conforme al Derecho Internacional Público, sería la invocación de Prescripción adquisitiva; con la aviesa finalidad de transformar todos los actos de hecho, en que han venido incurriendo, en resoluciones de derecho; o quizás, – ni remotamente- que se produzca una decisión jurídica, que tome en cuenta el principio – ius cogens— de la libre determinación de los pueblos.
Sépase que poseemos respuestas densas, suficientes y a tiempo para cada una de los ardides que pretenda practicar la contraparte en este asunto litigioso.
En la Zona en Reclamación – nuestra indiscutida Guayana Esequiba- hay asentadas importantes ciudades, conglomerados de varios tipos y clases sociales cuyo registro censal más reciente arroja una población que sobrepasa las 300.000 personas, incluyendo a las etnias waiwai, makushi, arawakos, akawayos, saraos, patamonas, caribes y wapashi.
Con plena fe que cuando recuperemos esa séptima parte de nuestra geografía venezolana, nos corresponderá concretar mayor relacionamiento con todos esos grupos humanos, porque también han sido nuestros compatriotas.
Por lo pronto una debida y oportuna advertencia el Estado venezolano debe ofrecer un trato más igualitario y decoroso a los esequibanos que viven en Tucupita, San Félix, Ciudad Bolívar, Tumeremo, El Callao etc.
Reiteramos una denuncia, por todos ya conocida, nos referimos a la negativa, desde hace muchos años, para instrumentar seriamente por parte del Estado venezolano un proceso de cedulación de los esequibanos. Es verdad que ha habido algunos esporádicos e inconsistentes asomos en tal sentido, sin concretarse nada. Pura retórica.
Resulta triste tener que reconocer que mientras reclamamos la Guayana Esequiba por otra parte, a los compatriotas que proceden de esa zona, que conviven aquí entre nosotros, los ignoramos y negamos sus derechos.
Porque así lo he percibido al visitar esa zona, por mi particular y propia experiencia puedo mencionar que los esequibanos que están residenciados en varias ciudades venezolanas aún conservan algunas tradiciones religiosas, medicinales, experiencias innovadoras en cuanto al cultivo de la tierra y explotación piscícola, creatividad en procesos de manufactureras, actividades gastronómicas, metodologías educativas, en fin, técnicas productivas en general.
Preguntémonos ¿acaso no podemos nosotros aprovechar esos conocimientos al tiempo que, en tal intercambio de saberes, los compatriotas esequibanos recibirían las necesarias asistencias que refuercen el carácter identitario de la venezolanidad? con la intención de que repliquen tales eventos hacia sus familiares, que aún viven en la Guayana Esequiba.
Mientras vamos acoplando tareas de estrechamiento social con los esequibanos y el pleno reconocimiento de sus derechos, en estos momentos, está gravitando – en todas partes del país- la incertidumbre de que, si vamos a hacernos partes del juicio abierto y en proceso, por ante la Corte Internacional de Justicia, a causa de la acción interpuesta en contra nuestra por Guyana, sin que ellos posean la menor sustentación jurídica, histórica o cartográfica.
El 8 de marzo de este año, los coagentes de la excolonia británica se presentaron una vez más en el Alto Tribunal de La Haya y ratificaron todos y cada uno de los elementos contentivos en su petitorio.
El contenido se resume (y sintetiza) de la manera siguiente: ellos insisten en pedirle a la CIJ que confirme la validez legal y efecto vinculante del Laudo Arbitral de París, dictado el 3 de octubre de 1899, documento que siempre ha sido considerado por Venezuela como írrito y nulo; dos adjetivaciones calificativas adosadas desde sus orígenes.
Eso es todo lo que –en esencia—piden a la mencionada Sala Juzgadora de la ONU.
Es que no tienen nada más que soporte tan extravagante pretensión procesal por cuanto el citado Laudo – de ingrata recordación—quedó desechado, cuando se firmó, el 17 de febrero de 1966, el Acuerdo de Ginebra.
El citado Laudo quedó inválido y sin eficacia jurídica; por lo que este litigio (contrario a lo alegado por ellos) se encuentra en condición de imprejuzgado. La contraparte se vuelve torpe al insistir con ese adefesio ante la Corte.
En lo que a nosotros concierne, otro elemento a considerar es la fecha que nos ha fijado la sala sentenciadora de la ONU, para que nos hagamos presentes o invoquemos, una vez más, la no comparecencia en el juicio. Vamos o no vamos, aspecto que debe determinarse cuanto antes, para saber a qué atenernos. En el supuesto que, mediante decisión afirmativa del Jefe de Estado, nos dispongamos a hacernos parte del juicio en La Haya, debemos – con prontitud y diligentemente—conformar el más idóneo equipo multidisciplinario y preparar los alegatos de los verdaderos hechos y la fundamentación de derecho que nos asiste.