OPINIÓN

Guayana Esequiba: ¿por qué el laudo es nulo de nulidad absoluta?

por Abraham Gómez Abraham Gómez

De entrada, deseo precisar algunas breves observaciones.

Caeríamos en un gravísimo error –imperdonable—si pretendiéramos manipular a la opinión pública en provecho de una determinada organización partidista; así también, coartar y dividir a la gente entre patriotas o desleales; peor aún, impregnar de politiquería la presente contención –ya devenida en demanda que nos hizo Guyana– la cual se encuentra en sus fases inescurribles de juicio, por ante la Corte Internacional de Justicia.

Diré un poco más, en el mismo sentido. Perjudicaríamos, severamente, la necesaria concitación nacional en la lucha de restitución, si ligamos los problemas internos (que no los ignoramos), o embadurnamos el trabajo de reivindicación interesantemente adelantado al sesgar este asunto litigioso con una particular ideología; porque   a alguien se le ocurriría o cree que con tal maniobra saldría supuestamente favorecido.

Un pobre favor se le estaría haciendo a la Patria.

Nos resulta alentador e importante cuando compartimos con quienes sostienen que la cuestión reclamativa por la Guayana Esequiba debe tratarse como Política de Estado.

Ciertamente, por eso se hace inaplazable insistir en las jornadas de sensibilización y concienciación en los más recónditos lugares de la nación, con la finalidad de que nuestros compatriotas asuman con entereza el compromiso de juntar voluntades, inteligencias y soluciones.

Aspiramos a que todo el país utilice idénticas claves narrativas de justo reclamo.

Un llamado a quienes utilizan las redes para que eviten publicar (algunas veces) mensajes imprudentes o inmoderados que no cooperan con nuestra causa común.

Tampoco nos conformamos con la adhesión ciega y automática de quienes aún desconocen lo que ha venido sucediendo con el citado asunto; por el contrario, requerimos que haya un consenso generalizado, producto de conocimientos sostenidos y densamente constituidos; tanto en Caracas, como en Tucupita, Barcelona, San Cristóbal, Maracaibo, Valencia, Puerto Ordaz, Mérida, Margarita; en fin, toda la Patria hablando el mismo idioma.

La expresión que hemos venido divulgando en las distintas conferencias y plataformas digitales “no hay nada que temer”, de ningún modo comporta un exagerado optimismo o una lúdica como placebo.

Lo divulgamos con sobrada justificación; porque poseemos los Justos Títulos traslaticios que respaldan nuestro acervo de probanza que pronto mostraremos y demostraremos—aportación de Parte– ante el Alto Tribunal de La Haya.

No nos sorprenden ni atemorizan los ardides que el gobierno guyanés, las empresas trasnacionales y sus aliados internacionales puedan complotar; impulsadas por y con prebendas dinerarias, en el presente conflicto interestatal.

Sabemos en Venezuela que como consecuencia de   la indisimulada debilidad jurídica que exhibe la excolonia británica para encarar un Proceso jurisdiccional de este talante, no le ha quedado otra estrategia que promover vergonzosos pronunciamientos, comunicados y declaraciones de entidades y personalidades; en una especie de efecto envolvente.

Nada de eso cuenta para la Sala Jurisdicente; por cuanto, se dirime, escruta y sentencia conforme al derecho aplicable.

Sabemos del juego de inmensos e ilimitados intereses del gobierno guyanés y las grandes corporaciones que operan, ilegalmente, en la Zona en Reclamación y en su respectiva proyección marítima.

En el pasado, el Imperio Inglés acometió con descaro -en nuestra contra- actos de abominación.

En un intento ominoso, hizo de todo para persuadir a España para que no procediera al reconocimiento de nuestra Independencia.

Agreguemos que no satisfecho con lo anteriormente descrito, Inglaterra propuso al gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica, el 23 de marzo de 1869, repartirse, precisamente por la mitad todo el territorio de Venezuela, con la finalidad de que Estados Unidos reubicara en el occidente de nuestra nación a la población negra procedente de África, que había participado en la Guerra de Secesión. Además, en ese “arreglo perverso” el Reino Unido se quedaría con el resto: desde el centro hacia oriente, incluyendo la Guayana Esequiba.

¿Qué adujeron, entonces, para atreverse a la mencionada propuesta? Según los ingleses, porque «ese país llamado Venezuela, que actualmente, se debate en medio de la mayor anarquía y cuyas minor authorities, no pueden ni siquiera considerarse como sujetos de Derecho Internacional».

Muestras evidentes de los embates que hemos resistido, ayer y hoy como Nación, Estado y República, de quienes se han creído poderosos e invencibles en el mundo.

Por eso señalamos, con suficiente certidumbre, que la lucha que ahora libramos, en el Alto Tribunal de La Haya, no será una excepción en la búsqueda de nuestra reivindicación en justicia

Si ayer nos consolidamos frente a tamaña voracidad de la Pérfida Albión; en la época actual –con nuestros compatriotas densamente formados– saldremos victoriosos frente a las acechanzas de quienes asumieron la condición de causahabientes de los ingleses y sus aliados insaciables, que están esquilmando nuestros recursos.

A propósito, aquí cabe desempolvar una antiquísima máxima del Derecho Romano, que cobra validez y vigencia en el Derecho Internacional Público: “Lo que ha resultado nulo desde su inicio, no puede ser convalidado por el transcurso del tiempo”.

Sostenemos que si la Corte se dispone a examinar los hechos en estricto derecho; y que si el Laudo Arbitral de París del 3 de octubre  1899, en efecto es el objeto de fondo (en la causa de pedir de la contraparte) en la segunda etapa del Proceso (abril 2024), se le  presenta a Venezuela  la mejor ocasión para desenmascarar y denunciar la tropelía jurídica de la cual fuimos víctima, hace 124 años ; y que la Parte guyanesa no ha hecho otra cosa que pretender torcer tamaña e inocultable realidad histórica para sus propios intereses y en comparsa con insaciables empresas transnacionales.

Guyana aspira ganar sin las mejores cartas, ni tener con qué; y nosotros solicitamos e invocamos que la Corte haga justicia al hacernos justicia.

Nosotros, que sabemos que esa mencionada tratativa es perfectamente desmontable y develable su perversión, nos permitimos exponer –en síntesis– lo que en ese adefesio se tejió; que lo hace írrito y nulo de nulidad absoluta; por lo que quedó desterrado, una vez firmado el Acuerdo de Ginebra, el 17 de febrero de 1966, documento con pleno vigor, que causó estado en la ONU; y con el que participaremos, como sustento de juicio en la CIJ. El Acuerdo de Ginebra permanentemente es nuestro basamento para solucionar.

Señalamos, entre muchos otros argumentos, por qué el laudo resultó nulo. Veamos: no hubo participación directa de Venezuela (nos asistieron dos abogados estadounidenses) en las escasas discusiones; por cuanto la representación inglesa cuestionó la delegación nuestra por considerarnos “ignorantes, incivilizados y hediondos”.

Aparte de que no hubo Motivación para la decisión arbitral, la misma además excedió los límites trazados en el compromiso, previamente suscrito el 2 de febrero de 1897 (Tratado de Washington).

Incurrieron en incongruencia sentencial; dado que la resolución produjo ultra petita y ultra vires; es decir, fueron mucho más allá de lo que se les estaba pidiendo y abarcaron con su determinación, asuntos ajenos que no venía al caso tratarlos, según acuerdo contraído.

No hubo Investigación de los estudios y orígenes cartográficos, a partir de 1775, que intentó presentar la delegación nuestra; y nunca fueron considerados. La delegación inglesa presentó los mapas adulterados con las tramposas Líneas Schomburgk, con los cuales nos arrebataron los 159.500 km2.

Jamás hubo una confrontación (proceso de compulsa) de los Títulos Traslaticios que nuestros abogados consignaron: La Real Cédula de Carlos III del 8 de septiembre de 1777 y el Tratado de Paz y Amistad entre España y Venezuela, del 30 de marzo de 1845. Que compendian nuestras irrebatibles pruebas documentales directas, de pleno derecho; que estarán en nuestro enjundioso portafolio en la fase probatoria, el próximo año.

Entendemos que ese jurado arbitral no procedió a los análisis de los documentos históricos de las partes, dado que, en una confrontación de esa naturaleza, la delegación del Imperio Inglés no saldría en nada favorecida; y allí se iba a develar la trama urdida contra nuestro país. Hubo vicios de colusión (componenda político-diplomática de las potencias de entonces).

El prusiano DeMartens, quien fungía como presidente del jurado arbitral, resultó ser un vulgar prevaricador, que extorsionó y chantajeó   a los demás integrantes del cuerpo sentenciador.

Se omitió adrede el Principio del Utis possidetis Iuris; no obstante, habiéndose acordado con anticipación para la discusión y la  sentencia arbitral.

Estamos racionalmente optimistas; porque, hasta hoy Guyana no tiene el más mínimo documento –de cesión histórica de derechos de nadie–, que puedan oponer en la Corte. En lo único que asientan su demanda es en el inválido, ineficaz y nulo Laudo de París, de ingrata recordación.