A raíz del colapso de la renta petrolera se redujo drásticamente el situado constitucional, que es el monto de los ingresos fiscales ordinarios que el gobierno central debe transferir a los estados y municipios. Esto ha forzado a gobernadores y alcaldes a incrementar los impuestos, tasas, papel sellado, timbres fiscales, impuestos a las actividades económicas y comerciales, inmuebles urbanos, circulación de vehículos, espectáculos públicos, juegos, loterías, propaganda y publicidad comercial.
Tal es la necesidad de generar ingresos fiscales que los estados invaden competencias de los municipios y viceversa, encubren impuestos bajo la figura de timbres fiscales, y aplican cobros anticipados de IVA e ISLR que dejan a las empresas sin flujo de caja. Los gremios empresariales se han quejado de la voracidad fiscal de las gobernaciones y alcaldías. El gobierno central y la Asamblea Nacional han considerado la multiplicación y alza de tributos como una actuación desordenada y caótica de los gobiernos locales que puede perjudicar la reactivación económica.
Con el argumento de evitar la doble tributación, la sobreimposición y la sobrecarga fiscal que frene la recuperación económica, el Ejecutivo Nacional y el Poder Legislativo promueven la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipios. Esta ley establecerá parámetros y limitaciones a las potestades tributarias de los estados y municipios, y los gobiernos regionales deberán consultar al Consejo Superior de Armonización Tributaria cualquier cambio en los impuestos que cobran, así como el recálculo de tasas o alícuotas.
Por estas razones no ha sido bien recibida por los gobernadores y alcaldes, los cuales argumentan que perderán margen de maniobra para generar ingresos propios que compensen la reducción de las transferencias del gobierno central. Cuestionan que se trata de una ley centralista que limita las competencias de los estados y municipios en materia de impuestos, tasas y contribuciones que son de su exclusiva competencia y su aprobación puede llevar al quiebre técnico y desaparición de los gobiernos locales. A fin de armonizar los objetivos de reactivación económica con la necesidad de los gobiernos locales de generar ingresos fiscales, hay que buscar medidas compensatorias que hagan posible un acuerdo ganar-ganar entre los tres niveles de gobierno, el aparato productivo y los trabajadores, consumidores y hogares venezolanos.
Para compensar la reducción del Situado Constitucional y los menores ingresos a los que lleva la Ley de Armonización Tributaria, el país debería debatir la conveniencia y viabilidad de autorizar a los estados y municipios el cobro de un impuesto indirecto a la gasolina, cuya recaudación sería destinada al financiamiento de planes, programas y proyectos de interés regional y local.
Seguir subsidiando la gasolina no favorece a los sectores de menores ingresos que no tienen vehículo propio, nunca van a una estación de servicio a llenar un tanque y se ven obligados a desplazarse en un sistema de transporte público cada vez más deficiente. Este subsidio se traduce en la pérdida de cuantiosos ingresos fiscales que bien pudieran destinarse a mejores fines. El déficit que genera en las cuentas de Pdvsa se paga con emisiones de dinero inflacionario que empobrece a los hogares. Sustituir este subsidio por un impuesto a la gasolina que puedan cobrar las gobernaciones y alcaldías en las estaciones de servicio que están en su territorio puede ser una fuente de los ingresos fiscales compensatorios que necesitan para financiar, por ejemplo, el mantenimiento de la vialidad de los estados y municipios o la repotenciación del sistema de transporte público local.
Escuche el análisis completo en el nuevo Podcast de #PedagogíaEconómica https://t1p.de/vroh1
@victoralvarezr