La democracia esencial exige a los Estados asumir la política exterior conforme a los dictados del ordenamiento jurídico y el respaldo de la opinión pública. Es preciso que los gobiernos actúen con eficacia, vigorizando el consenso de sus ciudadanos y asegurando la unidad nacional alrededor de intereses y aspiraciones compartidas. En materia de salvaguarda de nuestras fronteras territoriales, Venezuela –en casos puntuales– ha sido víctima de la desidia de sus gobernantes y de los caprichos y pasiones de fingidos voceros de la conciencia nacional. El infortunado Tratado Pombo-Michelena, fue descartado a pesar del expreso reconocimiento de los derechos históricos de Venezuela sobre un extenso territorio, para luego someter el mismo asunto al rey de España en calidad de árbitro y juez de derecho (1881). El Tratado de Demarcación de Fronteras y Navegación de los ríos comunes entre Colombia y Venezuela (1941) fue consecuencia de aquel Laudo arbitral, estableciéndose la frontera entre ambos países en desconocimiento del territorio que había pertenecido a la antigua Capitanía General de Caracas (1810). Contrariamente a lo apuntado en este caso, el proceso de delimitación fronteriza entre Venezuela y Brasil no solo ha sido menos traumático para ambas partes, sino además favorable para nuestro país en la medida que ha ganado territorio al momento de fijar los límites correspondientes.
Venezuela reclama el territorio del Esequibo –una extensión de más de 150.000 kilómetros cuadrados–, controversia sujeta al Acuerdo de Ginebra de 1966 que fue suscrito entre la República (Venezuela) y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte –el convenio estipula la creación de una Comisión Mixta llamada a encontrar un mecanismo para poner fin a la disensión–. La cuestión se origina en el Laudo Arbitral de París de 1899 –propuesto por Estados Unidos de América–, por virtud del cual se fijaron los límites entre Venezuela y la Guyana Británica, en inaceptable desconocimiento de los territorios que formaron parte de la antigua Provincia de Guayana. El Laudo Arbitral fue denunciado por Venezuela ante la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas, alegando fundados vicios de nulidad. Transcurridos cuatro años desde la firma del Acuerdo de Ginebra sin haber avanzado en sus propósitos, se decide firmar el Protocolo de Puerto España que posterga las discusiones por doce años. Vencido el período de suspensión en 1982, Venezuela decide regresar a su reclamación sometida a las condiciones del Acuerdo de Ginebra.
No hay duda de que el Esequibo pertenece legítimamente a Venezuela y que el Laudo Arbitral de París de 1899 quedó viciado de nulidad –cabe mencionar la documentación que compromete seriamente la imparcialidad de Friedrich Martens, miembro de la comisión arbitral que de manera espuria decidió en contra de los intereses de la República–. La Asamblea Nacional acaba de reafirmar los legítimos derechos de Venezuela en el caso de marras, así como su adhesión irrestricta a los postulados del Acuerdo de Ginebra de 1966, el único instrumento jurídico que puede invocarse válidamente entre las partes para resolver la cuestión de límites y lograr en lo posible un acuerdo amistoso (énfasis añadido). Al mismo tiempo Venezuela cuestiona la pretensión de otorgarle jurisdicción sobre el tema a la Corte Internacional de Justicia de La Haya, recientemente auto-declarada competente para dirimir la controversia, una posibilidad que contraviene la expresa voluntad de ambas partes al no haber sido contemplada la vía judicial en el documento válidamente suscrito en 1966.
Ahora bien, no puede ignorarse en el contexto de la reclamación que el Esequibo comporta más de las dos terceras partes del territorio de la hoy República Cooperativa de Guyana, un problema de orden práctico que dificulta aún más la solución definitiva del conflicto. Como dejó escrito Miguel Ángel Burelli Rivas –de grata memoria–, “…tal vez pecamos de generosos al permitir –y no solo permitir sino amparar– la independencia de Guyana antes de que la Gran Bretaña saldara con nosotros la situación, esto es, nos devolviera el territorio usurpado por los mineros británicos y sancionado por el laudo de un Tribunal de Arbitraje del cual estuvimos ausentes…”. A ello se añaden los hallazgos recientes de importantes reservas de petróleo que han despertado la codicia de empresas transnacionales y de los gobiernos que las respaldan –naturalmente, el gobierno de Guyana tendrá igual interés en acceder a esa fuente de riqueza fácil–.
Recordamos el espíritu combativo de insignes venezolanos que alzaron su voz en defensa de nuestra integridad territorial y derechos legítimos: Pedro José Lara Peña, quien como hombre de leyes y de espíritu público sostuvo una posición razonada ante el Convenio de Washington que estableció las bases infames del arbitraje de París de 1899; Mario Briceño Picón, quien se propuso divulgar en su Cartilla Patriótica la poderosa razón de nuestra reclamación sobre el Esequibo, para de tal manera crear una conciencia cívica en torno a ella; Ignacio Iribarren Borges, defensor de la tesis del Tratado de Ginebra como instrumento positivo al implicar el expreso reconocimiento por parte de Inglaterra, de la existencia de una controversia de límites; René de Sola, con su “Valuación actualizada del Tratado de Ginebra”; Rafael Armando Rojas y su disertación sobre el interés y capacidad de nuestros diplomáticos frente al cinismo del Foreign Office; Marcos Falcón Briceño, quien en 1962 como Canciller de la República llevó la voz cantante en la Asamblea General de las Naciones Unidas al denunciar el Laudo Arbitral de 1899; Carlos Sosa Rodríguez, jurista, diplomático y presidente de la Asamblea General de las Naciones Unidas en su decimoctavo período de sesiones (1963-1964) y del Consejo de Seguridad (1969); Hernán González Oropesa (Pbro.), investigador acucioso y expedito al puntualizar aspectos claves que dan soporte a la tesis venezolana; Emilio Figueredo Planchart por su actuación e importante labor editorial, entre otros, a quienes no mencionamos por razones de espacio en estas breves anotaciones. Recientemente el reconocido abogado Nelson Ramírez Torres, en una postura valiente y razonada sobre los motivos de nulidad del Laudo Arbitral de 1899 y la robustez del Acuerdo de Ginebra, propone explorar una vía contenciosa ante instancias imparciales –deslastradas de influencias colonialistas–, que esclarezca y profundice sobre las razones jurídicas y procesales que sustentan nuestras legítimas aspiraciones.
Para concluir, volvemos sobre el pensamiento del canciller Burelli, quien nos habla de la necesaria “…conciencia de que no siendo (Venezuela) un país determinante con sus influencias en la comunidad mundial (debe) al menos recuperar o recrear su buen nombre internacional a través de una conducta de seriedad…”. Es lo que nos exigen el momento histórico y el genuino interés nacional ante la reclamación sobre el Esequibo.
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