El régimen forajido y criminal de Nicolás Maduro, a pesar de su agotamiento y quizás como reacción ante un inminente final, acentúa la persecución de los opositores, sin importarle edad o género, tampoco si son civiles o militares, mientras la comunidad internacional le observa tímidamente y la Fiscalía de la Corte Penal Internacional avanza en la investigación, aunque con un retardo injustificado, en medio de tácticas dilatorias e intentos para detenerla del régimen que argumenta lo imposible, la aplicación del principio de complementariedad cuando ofrece cínicamente los tribunales nacionales (los de Maduro/Cabello) para investigar y castigar a los responsables (ellos mismos) de los crímenes de lesa humanidad que se han cometido y se siguen cometiendo en el país, desde al menos 2014.
Centenares de presos políticos bajo tortura y tratos inhumanos en las cárceles y centros del horror, secuestrados como el país y las instituciones, pero también en sedes diplomáticas, en contra de las normas más elementales de derecho internacional, un grupo de asilados políticos que recibidos en la Embajada de Argentina, hoy bajo custodia del gobierno de Brasil, son objeto del más cruel hostigamiento que significa un crimen de lesa humanidad de acuerdo con la definición que sobre ese crimen nos da el Estatuto de Roma: persecución sistemática en contra de un grupo determinado, sin duda grave y evidente. A la vez, estos perseguidos políticos son objeto de tortura como bien lo define la Convención de 1984, que precisa que tortura es “ …todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia…”.
La tiranía no solamente irrespeta y viola los derechos de los venezolanos que piden libertad y democracia, sino los derechos de los gobiernos extranjeros con los que tiene compromisos jurídicos muy claros en relación con la inviolabilidad y protección de la sede diplomática, regulado por el derecho internacional consuetudinario recogido en la Convención de Viena sobre relaciones diplomáticas de 1961 y con el asilo diplomático de acuerdo con la citada Convención de 1984.
El hostigamiento contra la embajada es brutal. Cortes de agua, de luz y de servicios, obstáculos al acceso a la sede diplomática, intimidación con fuerzas policiales y parapoliciales y hasta drones que sobrevuelan intimidando a los perseguidos políticos que se han convertido en rehenes del régimen, en fichas de cambio que en algún momento mostrarán, cual grupo de delincuentes en acción, para obtener algún beneficio.
Hasta ahora no ha habido una reacción contundente de la comunidad internacional en relación con la atrocidad del régimen de Maduro burlándose del orden jurídico internacional, alegando principios inaplicables en este caso, el de la soberanía, el de la no injerencia en los asuntos internos y más destacado por su cinismo, el del derecho a la autodeterminación que se atribuyen despojando al pueblo de tal derecho que les pertenece, como lo expresó el 28 de julio pasado. Tampoco, lamentablemente, ha habido una reacción contundente de los gobiernos afectados, el de Argentina y el de Brasil, especialmente de este último que tiene la custodia de la sede y de las personas y los bienes que están dentro que deben exigir con urgencia, por muchas razones, entre las cuales de carácter humanitario, el salvoconducto que les corresponde de conformidad con el derecho internacional, en particular de la Convención de 1954.
Se ha dejado de lado el respeto a las normas, al orden jurídico, a sus aspectos humanitarios por lo que tanto se ha luchado, para dar paso a la violencia jurídica y a la inacción u omisiones de Estados directamente afectados que tienen la obligación y la responsabilidad de exigir el respeto de las normas, es decir, permitiendo que lo político se imponga.
El tema en términos generales no es solo jurídico, es decir, la violación por Venezuela de sus compromisos internacionales, lo que genera su responsabilidad internacional y su obligación de restituir su aplicación y validez; y, como consecuencia de la violación proceder a la reparación correspondiente, sino político, por lo que debería ser planteado ante la Asamblea General de las Naciones Unidas y hasta en el mismo Consejo de Seguridad que tienen la obligación de prevenir conflictos y de garantizar la paz y la seguridad internacionales, afectados hoy sin ninguna duda por la conducta forajida de un régimen cuyo desespero aumenta cada vez más, al acercarse el 10 de enero, la tercera fecha en curso de este proceso político que nos conducirá, con seguridad, a la recuperación de la democracia y la reinstitucionalización del país.