La desaparición forzada es la ley en la Venezuela de Nicolás Maduro. Sucede una vez tras otra. Un patrón de comportamiento que da muerte al artículo 45 de la Constitución: “Se prohíbe a la autoridad pública, sea civil o militar, aun en estado de emergencia, excepción o restricción de garantías, practicar, permitir o tolerar la desaparición forzada de personas. El funcionario o funcionaria que reciba orden o instrucción para practicarla, tiene la obligación de no obedecerla y denunciarla ante las autoridades competentes. Los autores o autoras intelectuales y materiales, cómplices y encubridores o encubridoras del delito de desaparición forzada de personas, así como la tentativa de comisión del mismo, serán sancionados o sancionadas de conformidad con la ley”.
Noel Álvarez, trujillano, de 65 años de edad, empresario, expresidente de Fedecámaras, coordinador nacional del partido GENTE, Generación Independiente; coordinador del Comando ConVenezuela en el estado Miranda durante la campaña electoral de 2024 —los datos anteriores son suficientes para que el régimen detecte peligro y actúe sigilosamente—, fue detenido el 10 de enero en la urbanización Terrazas del Club Hípico, Caracas, por una comisión de funcionarios que se identificaron como miembros del Servicio Bolivariano de Inteligencia (Sebin). La hora de la detención coincide con el momento en que se consumaba en el Palacio Federal la ilegal juramentación de Maduro. Desde ese día, se desconoce dónde está Álvarez, en qué condiciones se encuentra y por qué se le detuvo.
Álvarez es un hombre de actividad pública y notoria, hecho a sí mismo a base de esfuerzo constante hasta asumir posiciones de liderazgo en el ámbito empresarial venezolano. Organizaciones de la sociedad civil y políticas han reclamado información sobre su paradero y exigido su pronta liberación. Su organización de base, Fedecámaras, emitió una circular —“solo para su difusión entre nuestros asociados”— el 13 de enero en la que se indica que están trabajando “de manera incansable para obtener más información sobre su detención”. Se esperaría más de una entidad que Álvarez representó como vicepresidente y presidente, pero son tiempos de silencios y acomodos.
El abogado de Álvarez, Carlos Daniel Moreno, acudió al circuito judicial penal de Caracas para presentar un habeas corpus, luego del plazo de 48 horas para que se informara de la detención del empresario, y no fue recibido el documento; luego formalizó el amparo ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo, pero ocho días después aún no había sido tramitado a pesar de su carácter de urgencia. También solicitó la actuación de la Defensoría del Pueblo y denunció ante la Fiscalía la situación de su defendido y la negativa de procesar el habeas corpus. Las gestiones incluyen, además, el intento frustrado de presentar un escrito ante la Comisión de Política Interior de la Asamblea Nacional, y de igual forma ante la inspectoría general de tribunales.
Moreno ha seguido lo pautado en la Constitución, en busca, precisamente, de lo que dice el artículo 45: una “autoridad competente”, que se haga cargo de decir dónde está un ciudadano detenido y en qué condiciones se encuentra y de qué delitos se le acusa. Las “autoridades competentes” están suspendidas en Venezuela, junto con la letra del texto de la carta magna. En su lugar, se impone la represión, la persecución, el irrespeto absoluto a los derechos humanos, todo con el fin de sembrar más terror y, en algunos casos, silencios inadmisibles.
En Venezuela hay 1.601 presos políticos, según el registro de Foro Penal.