En atención a las graves situaciones presentadas en los diferentes municipios de Venezuela en sus realidades cotidianas, que se incrementan en situaciones de índole climática o financieras catastróficas, es necesario acometer una serie de reformas estructurales de carácter legal y administrativa, que presento en forma de 10 problemas y su propuesta de solución:
I. Apoyo ineficaz del poder central en formación de recursos humanos
Es indudable la falta de una política central en Venezuela que tenga por finalidad establecer unos estándares mínimos de selección, capacitación, desarrollo y promoción de los empleados públicos municipales, creándose verdaderos abismos en cuanto atención al ciudadano, uso de la tecnología y aplicación de metodologías modernas de tipo administrativo, entre un municipio y otro, que pueden ser vecinos geográficamente.
Propuesta
Plantear una reforma de la Ley de Administración Central, para la creación del Ministerio de Asuntos Municipales y Acción Comunitaria o Comunal, a objeto de que se desarrolle un sistema nacional de apoyo técnico y capacitación de los recursos humanos de las alcaldías en Venezuela, bien sea a través de la fundación de una universidad centrada en la administración municipal o escuelas estadales municipales (24), en cada una de las entidades federales.
II. Capacidad financiera para atender sus competencias
Es obvio que una inmensa mayoría de los municipios no disponen de los recursos financieros para atender los problemas de las comunidades, debido a una multiplicidad de factores políticos y económicos, que se multiplicarán con la nueva Ley de Armonización y Coordinación Tributaria que pueden demoler las finanzas de los 100-150 municipios con mayores ingresos del país, llevándolos en algunos casos a situaciones de amplio peligro financiero estructural.
Propuesta
Restauración de la antigua Ley Fides con una importante variación, consistente en la captación del 25% de los recursos recaudados por IVA para distribuirlo entre los municipios a objeto de iniciar una política sostenida de recuperación de sus funciones locales en materia de construcción de infraestructura y optimización de servicios públicos.
III. Ineficaz división político territorial interna
Habiendo desaparecido el entusiasmo por crear nuevos municipios, propio de antes de 1999; destruida la idea política de la parroquialización, que implicó la liquidación de las juntas parroquiales y revisando la incapacidad de alcaldes y concejales de apoyar la propuesta de transferir competencias, recursos financieros y materiales y cualquier tipo de asistencia permanente a nuevos sistemas como comunas y consejos comunales, por el evidente temor de darle un poder al pueblo que después no lograrían quitarle; se entiende el sabotaje de los mismos al desarrollo en materia de planificación, organización y capacitación de dichas instancias, evitando que cumplieran con el ciclo de Planificación Comunal de los Consejos Comunales y el Plan de la Patria Comunal (de donde se deriva el Mapa de Soluciones, que tanto mencionan a cada rato), por lo cual se impide la correcta aplicación de los planes nacionales de planificación y autogobierno basado en la democracia participativa y protagónica.
Propuesta
Desarrollo de una agresiva política de parroquialización, a objeto de atender el fracaso de la propuesta de las comunas, atendiendo una nueva reestructuración de los 335 municipios (de los cuales 126 tienen 1 sola parroquia), que supere la propuesta de las 4.800 y tantas comunas por 5.000 y tantas parroquias a nivel nacional.
IV. Representatividad política
Es totalmente demencial que habiendo ampliado el número de diputados a la Asamblea Nacional, según un criterio de crecimiento demográfico, se mantenga el exiguo número de concejales de la ley vigente, con claras incoherencias en la constitución de circuitos electorales en municipios de una sola parroquia.
Propuesta
Proponer una reforma profunda de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, para ampliar el número de concejales a niveles aceptables de representación uninominal por parroquia y por lista para garantizar el derecho constitucional de las minorías, rescatando a su vez la figura de las juntas parroquiales, en su momento, mucho más eficaces y representativos que los denominados parlamentos comunales, que no lograron cumplir con las tareas asignadas a sus instancias microlocales, en leyes nacionales y proyectos de gobierno.
V. Coordinación y armonización con comunas y consejos comunales
Es evidente que la existencia de estas figuras administrativas no ha garantizado la aplicación de una mayor participación ciudadana, ni mayores niveles de planificación estratégica ni de eficiencia administrativa, por lo cual se hace necesario una reestructuración administrativa y una profunda reforma legal para insertar de manera eficaz a dichas instituciones en la vida local, sin sufrir las dependencias o caprichos del alcalde de turno.
Propuesta
Plantear una profunda reforma de la Ley del Poder Público Municipal, la Ley de las Comunas y la Ley de los Consejos Comunales, a objeto de despartidizar dichas estructuras de una ideología o afinidad a un partido político y establecer un proceso de reingeniería administrativa y territorial de dichas instancias a las comunidades establecidas geográficamente por el Instituto Geográfico Nacional Simón Bolívar.
VI. Apertura al gobierno electrónico
Es evidente y preocupante los niveles de retraso de algunos municipios en materia de solicitudes de información, realización de trámites administrativos y rendición de cuentas, donde el ciudadano y muchas veces el concejal de oposición no tiene acceso a ninguna información relevante, como las ordenanzas que “se perdieron” o hasta el presupuesto anual que “nadie conoce”, por lo cual reina la ineficacia, la corrupción administrativa y la incapacidad para generar cambios y adaptar las instituciones al siglo XXI.
Propuesta
Iniciar una política nacional de digitalización de la administración municipal en materia de impuestos, rendición de cuentas, publicación de actos administrativos, entre otros ítems, que permita en un lapso máximo de 2 años interconectar a todos los ciudadanos del país con sus administraciones locales.
VII. Organización administrativa
Es evidente que a pesar de existir un precepto constitucional, como es el artículo 169 que invita a la diversidad de la organización y funcionamiento de los municipios, el pensamiento centralista de la cultura política en Venezuela, que se refleja en la Ley del Poder Público Municipal, no entiende de dicho espíritu y solamente le falta por definir los espacios físicos que le tocan a cada oficina y donde quedan los sanitarios y el comedor en cada alcaldía, con su respectivo metraje cuadrado, siendo tal los niveles de centralismo y “control” que entiende el poder central, en su comprensión de federalismo, descentralización o autonomía.
Propuesta
Realizar una reforma integral de la Ley del Poder Municipal para incorporar todos los ajustes políticos y administrativos necesarios para hacer cumplir el artículo 169 de la Constitución, a objeto de crear sistemas eficientes de administración municipal, desarrollados para atender sus especificidades locales.
VIII. Coordinación con el gobierno nacional en materia de competencias concurrentes
Es evidente que los ministerios en Venezuela que tienen obligatoriamente una relación territorial con gobernaciones y alcaldías, no tienen una estrategia de desarrollo local, sin duda por las responsabilidades directas de los Consejos Locales de Planificación de Políticas Públicas, que debieron desarrollar los planes sectoriales a todos los niveles, en vez de esperar que un ministerio desarrolle planes para los 335 municipios del país. Esto hace que la habilidad para manejar la rectoría de una competencia a nivel nacional se hunda por la falta de capacidad de muchísimas alcaldías en materia de planificación.
Propuesta
Realizar una renovación de las políticas públicas, en aquellas instituciones que tengan competencias concurrentes con los municipios, obligando a los ministerios a crear verdaderos mecanismos de enlace y trabajo con los municipios y crear instancias efectivas de coordinación y apoyo, dentro de las gobernaciones.
IX. Incapacidad legal para interrelacionarse internacionalmente
Es comprensible, hasta cierto punto, dadas las funestas experiencias históricas de algunas instituciones autónomas nacionales, la resistencia o temor a que un municipio contrate “deuda externa”, pero una cosa muy diferente en la falta de relacionamiento con otros organismos internacionales, tan típico de esta era de la globalización, donde muchas alcaldías latinoamericanas tienen direcciones de asuntos internacionales para la organización de ferias, eventos deportivos internacionales, intercambio de funcionarios y realización de actividades culturales y educativas a nivel internacional.
Propuesta
Establecer una política abierta de cooperación internacional entre los municipios nacionales y otras instancias locales, de otros países, tal como es común en muchos países, con mecanismos como las “Ciudades Hermanas”, así como crear en el Ministerio de Relaciones Exteriores una dirección de relaciones internacionales enfocada en las instituciones del poder local y sus relacionamientos con municipios en Venezuela.
X. Incapacidad para obtener asistencia financiera o de otro tipo a nivel internacional
Sin necesidad de la existencia de una ley de control de la asistencia financiera internacional, como la que se aplica rigurosamente en Nicaragua o la Federación Rusa, que limita en gran medida o simplemente prohíbe la asistencia internacional de todos los países que no estén en línea con el gobierno nacional, es evidente que en Venezuela existen enormes controles en materia de política exterior, por parte de otras entidades que no sean el Poder Ejecutivo nacional y aunque algunas veces ocurran hechos interesantes, como aquel municipio del estado Aragua donde se nombró hijo ilustre al presidente de la República Democrática de Corea (Corea del Norte), o aquel alcalde de un municipio de Carabobo que declaró a Obama persona non grata y le prohibió la entrada a su municipio, no es común ver este tipo de hechos en materia de relaciones internacionales.
Propuesta
Desarrollar una política nacional con organismos internacionales como el BID y el Banco Mundial, entre otros, para abastecer a las alcaldías de materiales y equipos que les permitan realizar trabajos de envergadura en sus instancias territoriales.
Conclusiones
Se hacen imprescindibles enormes cambios legales y administrativos en Venezuela para lograr una elevación de los indicadores de transparencia, eficiencia y participación para el bienestar de las comunidades.