El pasado 5 de julio y bajo el título que llevan estas notas, el Capítulo España del Bloque Constitucional de Venezuela hizo la presentación de Estudios Jurídicos en Homenaje a José Gabriel Sarmiento Núñez, una obra colectiva que contiene la expresión del pensamiento jurídico de importantes doctos en derecho, y que ha sido producida dentro del marco de la Cátedra Interacadémica Internacional de Derecho Procesal y Constitucional doctor José Gabriel Sarmiento Núñez del citado Capítulo.
El título del evento -Derecho y soberanía popular- fue seleccionado porque contiene dos conceptos que están íntimamente relacionados entre sí y también con la difusión del derecho, porque sólo quien conoce sus derechos, es capaz de reclamarlos, y ejercerlos, lo que, en mi opinión, complementa la acertada frase del Nobel José Saramago:
“Si los ciudadanos se acostumbran a no reclamar sus derechos constitucionales, no se dan cuentan cuando se les han suspendido”. (Ensayo sobre la lucidez. Alfaguara 2004, pág. 78).
Y es que si bien “la ley se presume conocida de todos”, como expresa el adagio jurídico, cuando se habla de temas atinentes a los derechos del ciudadano no basta con hacer publicidad o difusión masiva de uno o varios artículos de la constitución, ni que se diga que determinado país cuenta con una carta magna que es la mejor del mundo o la más democrática; porque, por distintas razones, entre ellas el analfabetismo, o simplemente que “eso es asunto de los abogados y de los políticos”, el ciudadano común no busca concentrarse en la lectura de un texto repleto de una terminología que no domina. O simplemente porque la ciudadanía en los países que disfrutan de un sistema democrático haya perdido interés por “el mejor sistema de gobierno después de todos los demás”, como decía Winston Churchill, para darle preferencia a opciones extremistas.
Por esas circunstancias, es indispensable dar a conocer los derechos ciudadanos que establece un ordenamiento jurídico en un lenguaje sencillo, diáfano, con palabras que sean accesibles para todos y sin aforismos jurídicos o referencias a normas legales, de modo que cualquier ciudadano sepa los derechos de los que dispone y pueda ejercerlos y es ese el caso, cuando se conecta el Derecho con la soberanía popular.
En los regímenes dictatoriales, y en aquellos autocráticos con máscara de democracia, unir el concepto del derecho -un sistema de principios y normas, generalmente inspirados en ideas de justicia y orden, que regulan la conducta humana en toda sociedad y cuyo cumplimiento puede imponerse de forma coactiva por el poder público– con la soberanía popular es un ejercicio que amerita que el pueblo, que es el soberano, conozca y entienda a conciencia que, mediante el sufragio, decide los destinos de un país, que con su voto en elecciones libres, abiertas y competitivas, puede hacer cambiar el rumbo cuando rigen políticas equivocadas que causan ruina y miseria, bien sea votando por el mejor candidato, o acudiendo a expresar su voluntad cuando es convocado a emitir su voto en un referéndum en las situaciones en que lo permite una constitución.
Votar no es simplemente depositar una papeleta en una urna o pulsar un botón en el complicado mecanismo electrónico que se utiliza en Venezuela dizque para garantizar la libertad del voto. Es hacerlo con conciencia pero eso solamente se logrará si el soberano sabe lo que hace, que depositar su voto es el ejercicio de un derecho; pero para eso, insisto, hay que enseñarle.
Pero no es únicamente el voto, sino la expresión de la voluntad soberana de manera espontánea -no por obligación legal u imposición- para expresar su opinión sobre determinados asuntos que interesan a una colectividad. Un ejemplo del ejercicio de la soberanía es la conducta que ha adoptado el pueblo de Israel que, a través de multitudinarias y continuas manifestaciones populares, viene protestando contra una pretendida reforma del sistema judicial promovida por el gobierno porque, a juicio de quienes se oponen, se persigue doblegar la independencia judicial.
En este sentido, el Bloque Constitucional de Venezuela viene cumpliendo con esa labor recorriendo el territorio nacional para participar en foros y eventos con miras a instruir a la ciudadanía que la Constitución de la República es la norma fundamental y no hay nada por encima de ella, poder, cultura, persona o grupo, como expuso recientemente la coordinadora nacional del Bloque, la doctora Cecilia Sosa Gómez, al clausurar el encuentro comunitario en el municipio Los Salias, estado Miranda, en la Universidad Bicentenaria de Aragua en el que se expresó que nuestra carta magna impone la igualdad, en acertado resguardo de la dignidad humana, por lo que no solo determina claramente los derechos sino que plasma las garantías, sin tener que esperar a la aprobación de leyes.
En España, se ha celebrado en Madrid una interesante jornada de debate de plena actualidad política y profesional organizada por el Consejo General de Gestores Administrativos de España titulada “El derecho a la defensa en el siglo XXI”, para debatir sobre este importante derecho recogido en el artículo 24 de la Constitución de 1978. En esta ocasión, uno de los expositores enfatizó que hoy en día el concepto de la defensa no está únicamente circunscrito al mundo de la Abogacía, por lo que hay que “(…) iluminar el camino por hacer”.
Mantengamos entonces encendida la luz del conocimiento y sigamos en esa tarea de difundir el derecho. Hagamos que el conocimiento de los derechos ciudadanos en manos de soberano sea realmente el resultado de una voluntad popular que no nace del sentimiento, o de la inercia, o derivada de la consigna de un partido político, o de la ignorancia, sino de la conciencia de cada ciudadano.