OPINIÓN

Corrupción electoral I. Del artículo 21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos

por Tomás Salcedo Albert Tomás Salcedo Albert

“Si buscas resultados distintos, no hagas siempre lo mismo.”

Albert Einstein

En las próximas quincenas abordaré el tema electoral. Procuraré analizar desde perspectivas diferentes el tema antes de llegar a la ilegal convocatoria de elecciones parlamentarias en Venezuela, el 6 de diciembre de 2020. Siendo un tema delicado y al mismo tiempo que provoca polarización entre algunos, periódicamente y hasta agotar el tema, trataré de aportar la mayor cantidad de elementos para entender juntos (porque tampoco lo conozco) el escenario que se avecina.

El fin de la Segunda Guerra Mundial trajo consigo un enorme desarrollo económico y político, así como un sistema de protección de los derechos humanos. La Carta de las Naciones Unidas, aprobada en 1945, menciona en su preámbulo y en una serie de disposiciones, incluyendo el artículo 1, el concepto de “derechos humanos”. En diciembre de 1948, la Asamblea General de la ONU aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Este instrumento fundamental no es un tratado de derechos humanos, sino una resolución de la Asamblea General de la ONU sin carácter vinculante. A pesar de ello, contiene una serie de normas fundamentales del derecho internacional consuetudinario.

La Declaración Universal contiene en su artículo 21 los preceptos que garantizan a las personas el derecho a la participación y a las elecciones. Este artículo expresa sin ambigüedades el reconocimiento de este derecho como intrínseco e inalienable. En el contenido se indican los requisitos para ejecutar este derecho: en primer lugar, deben celebrarse elecciones, de otra forma, el Gobierno no respondería a la voluntad popular. Ahora bien, estas elecciones no son sólo acudir a las urnas y depositar el voto, es mucho más que eso. Las elecciones deben ser:

Es aceptable preguntarse, si no vamos a elecciones ¿qué va a suceder? ¿cuál es el próximo paso? También, es válido cuestionar el alcance que podría tener la abstención o el rechazo a unas elecciones ilegales bajo el argumento que antes se presentó la misma situación y finalmente, el régimen logró su cometido. Tal como señala un viejo amigo invocando a Albert Einstein: “Si buscas resultados distintos, no hagas siempre lo mismo”. ¡Tal vez esta vez no sea lo mismo y probablemente los resultados podrían ser distintos!… ¿o peores?

¡Hasta pronto!