Hace unas semanas el alto comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos presentó ante el Consejo de Derechos Humanos un informe sobre Venezuela, un texto que recoge la realidad de un país sometido y reprimido por un régimen que desprecia el orden jurídico internacional y, más aún, el funcionamiento de los mecanismos de control de su aplicación, aunque ahora invita a algunos expertos independientes y relatores especiales del sistema de protección de Naciones Unidas para que visiten el país, la primera vez que lo harían en muchos años, para constatar la realidad.
Sorprende y nos llama a la reflexión que un régimen que ha desconocido los mecanismos del sistema ahora anuncie la visita de algunos de ellos para que informen al consejo en su próximo periodo de sesiones sobre la realidad venezolana. Es de esperar que el bandidaje en el poder respete la independencia y la autonomía, también la objetividad de estos funcionarios que se supone deben tener, y no tuerza una vez más la realidad, mediante un “aparente apego” a las reglas, tal como lo han hecho con igual perversidad para destruir la democracia.
El informe fue elaborado a distancia por la Oficina del Alto Comisionado, sin la cooperación debida del régimen venezolano, que no solamente trató de impedir su realización, sino que ha rechazado todas las recomendaciones que formula el alto comisionado, recomendaciones que lejos de constituir una sanción son sugerencias concretas para que el Estado, de buena fe, rectifique y restituya el orden, es decir, detenga la persecución por razones políticas, libere los presos políticos, cese la tortura, en fin, respete todos los derechos humanos de todos. El régimen rechaza el informe porque vulnera la soberanía nacional y constituye una grave intromisión en nuestros asuntos internos, y recurre como siempre a la interpretación perversa de principios fundamentales de derecho internacional.
A pesar de la postura forajida de un régimen que niega la rectificación, el informe elaborado con la mayor objetividad y seriedad, con una rigurosa metodología, veraz en su conjunto, no es solamente importante por su contenido, sino por sus implicaciones, tanto jurídicas como políticas, en el plano internacional y en lo interno.
En primer lugar, en el ámbito internacional, más político que jurídico, el informe permitió al Consejo de Derechos Humanos examinar y entender la realidad venezolana que nos afecta directamente a nosotros, pero también a la comunidad internacional en su conjunto y que constituye una seria amenaza a la paz y la seguridad regional e internacional.
Independientemente de si el consejo hubiera adoptado o no alguna recomendación importante sobre la base del informe, este, por su objetividad y seriedad, ha servido de referencia para que la comunidad internacional adopte sanciones al régimen venezolano, medidas hasta ahora selectivas, con el fin de presionarlo, lo que es absolutamente legítimo en derecho internacional, para que restablezca el orden y respete los derechos humanos. No son, como dicen el régimen forajido y sus aliados dentro y fuera, actos unilaterales contrarios al derecho internacional. Por lo demás, son actos legítimos y legales basados en la facultad que tiene cualquier Estado, aunque no sea el afectado directamente, de exigir a otro Estado que viola normas fundamentales de derecho internacional, como las de derechos humanos, de adoptar medidas provisionales y proporcionales para que dicho Estado rectifique y adecue su comportamiento al orden jurídico establecido. Tampoco son “intervenciones” extranjeras, mucho menos militares, como lo venden, aunque ahora con mucho menos público.
El informe tiene otras repercusiones en el plano internacional, esta vez estrictamente jurídicas. En efecto, en ese documento se presentan hechos “graves” que muestra violaciones “sistemáticas” y “generalizadas” de los derechos humanos, apreciación que nos acerca a la definición de crímenes internacionales, el crimen contra la humanidad en particular, objeto de la competencia de la Corte Penal Internacional y de los tribunales nacionales que, con base en el principio de la jurisdicción penal universal, pueden actuar para conocer estos crímenes. El informe y otros intentos de recopilar las violaciones de derechos humanos en Venezuela en otros ámbitos, como la OEA, fortalecen las denuncias que se han presentado ante la Fiscalía de la Corte Penal Internacional para que inicie un examen preliminar, fase inicial del procedimiento ante la corte.
Lo importante en este contexto es que Venezuela, en este supuesto, estaría obligada, según el Estatuto de Roma, a brindar toda la cooperación a la Fiscalía de la corte para que realice su trabajo y lleve a cabo las investigaciones correspondientes. La corte, vale recordar, no es un órgano exclusivamente represivo que busca el castigo de los autores de crímenes internacionales, sino que tiene una función preventiva. Una acción de la Fiscalía en esta dirección puede tener importantes efectos disuasivos.
El informe del alto comisionado es también muy útil en el plano interno, tanto en lo jurídico como en lo político. La información objetiva, seria y veraz que se transmite será de suma utilidad a las investigaciones que puedan emprender en algún momento los órganos internos de justicia para determinar la responsabilidad de los autores de las violaciones de los derechos humanos. Además, esta información sería considerada, en un proceso de reconciliación nacional, por la comisión de la verdad que en algún momento se habrá de crear conforme a las reglas internacionales establecidas, distinta, por supuesto, del parapeto creado por la ilegal e ilegítima asamblea nacional constituyente, hecha para castigar con odio a los opositores que exigen el respeto de sus derechos.
En definitiva, el informe tiene implicaciones muy serias que el régimen, sus dirigentes y exponentes dentro y fuera se empeñan en desconocer.