Leo un artículo publicado en el portal de ALC abogados penalistas, firmado por el abogado Alberto Jurado. Allí expone:
“…Los elementos de convicción (los fundamentos de la imputación) a que se refiere el ordinal 3 del artículo 326 del Código Procesal Penal, lo integran el resultado de las diligencias practicadas en la fase preparatoria, conducentes a la determinación de los hechos punibles y a la identificación de los autores y partícipes, sirviendo de basamento para solicitar el enjuiciamiento de una persona”.
Con relación al caso del estudiante asesinado, Juan Pernalete, distintos portavoces de la entidad pública han aportado los siguientes elementos de convicción:
Nestor Reverol: bla bla bla.
Vladimir Padrino: bla bla bla.
Ernesto Villegas: bla bla bla bla bla bla.
Diosdado Cabello: bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla bla.
Ministerio Público: Análisis de más de MIL horas de video proveniente de más de 20 cámaras diferentes. 5 testigos presenciales. 1 testigo referencial. Autopsia. 3 inspecciones técnicas sobre el sitio del suceso. 6 levantamientos planimétricos. 2 análisis químicos. 38 reconocimientos técnicos sobre evidencias físicas. 2 análisis toxicológicos. 2 análisis hematológicos. 1 análisis de ADN. 1 estudio radiológico. 1 análisis histológico. 1 estudio antropométrico. 1 acoplamiento físico de dimensiones de cartucho y huella en ropa y en lesión física. 79 actos de investigación.
Tal y como puede ser evidenciado en las actuaciones del Ministerio Público, un conjunto importante de elementos de convicción lo constituyen los videos de la conducta delictiva de los organismos de seguridad ciudadana GNB y PNB. Estos videos que vemos a diario en las redes sociales resultan vitales para documentar la actuación fuera de ley de los mencionados organismos. Los videos son, en consecuencia, una herramienta fundamental y aliada de la protesta no violenta y están al alcance de cualquier ciudadano.
La oportunidad es buena, por tanto, para resaltar la importancia de filmar estas situaciones a fin de proteger los derechos humanos exponiendo la verdad y racabando evidencias –recabando elementos de convicción– que permitan luego la solicitud de enjuiciamiento y la imputación de delitos.
Abajo y a la izquierda del portal witness.org, pueden encontrar un aparte titulado “Our Work”. Allí hay un link titulado “Video as evidence” (el video como evidencia). Está en inglés pero bien vale la pena echarle un vistazo.
c.e.tinoco.g@gmail.com