(A 15 años del cese de transmisiones)
En el Día de los Inocentes hizo el anuncio; para entonces no había indultado ni sobreseído a nadie en ocho largos años, de modo que cómo pude pensar que el presidente podía bromear con tan álgido asunto: cerrar Radio Caracas Televisión o RCTV, usando el eufemismo de “no renovación de la concesión”.
A quienes nacimos, crecimos y aspiramos a seguir viviendo en Venezuela bajo un régimen de libertades públicas, consustanciales con la democracia, también nos tocó disfrutar y criticar la programación televisiva de RCTV. De modo que el anuncio de la “no renovación de la concesión de uso del espectro radioeléctrico a Radio Caracas Televisión”, que no fue otra cosa que una medida arbitraria, de retaliación política, que echó a la calle a más de 3.000 trabajadores, constituyó al propio tiempo una decisión contraria a los valores de libertad de expresión, de la libertad y difusión del pensamiento, de la libre empresa, de la pluralidad de opiniones que son inmanentes y connaturales con el sistema democrático.
En cuanto a los trabajadores que padecieron la medida, el gobierno asomó la posibilidad de que RCTV los empleara en algunas de las empresas del grupo propietario del canal que se cerraría, o sea, el poseso se atrevió a dar o sugerir soluciones.
Por más que se quiera dar sustento constitucional a esa decisión, argumentando “pertinencia” o “discrecionalidad” y pretendiendo colocarla a juro dentro del Estado de Derecho, no hay duda de que la misma obedeció al interés del gobierno –aún subsistente- de continuar arreciando su control sobre la sociedad, incluyendo desde luego a los medios de comunicación social que les resulta ser como piedras en el zapato, por pensar distinto o por ejercer una labor crítica.
Venezuela, como Estado que forma parte del concierto de naciones, no solo se rige por un ordenamiento jurídico interno, sino que ha suscrito una serie de tratados internacionales que son ley en la República, atinentes a distintas materias, incluyendo la política que conlleva el obligatorio respeto a los derechos humanos.
La referida medida contra RCTV, la que cerró 37 o más emisoras de radio, la espada sobre Globovisión y un largo etcétera, atenta contra el ejercicio de la libertad de expresión, lo que de suyo es incompatible con compromisos internacionales asumidos por Venezuela, y, como se ha dicho, con la democracia misma.
Así las cosas, el presidente de la República no tiene facultades constitucionales que le permitan coartar el pleno ejercicio de los derechos de la ciudadanía. Como señalan diversos tratadistas de Derecho Público y Constitucional, las libertades públicas son un límite al ejercicio del poder del Estado, y no una concesión graciosa de los gobernantes, que estos puedan administrar a discreción.
Ha sido pacífica la jurisprudencia de Tribunales Internacionales al tratar el tema de las licencias o concesiones del Estado para el uso de frecuencias por parte de empresas de radio y televisión, en el sentido de que están sometidas al cumplimiento de procedimientos y normas de cualquier restricción a la libertad de expresión, dentro del Estado de Derecho vigente en cada país. Pero ello no significa que mediante ese sistema de licencias el Estado pueda restringir, censurar o en modo alguno coartar el ejercicio de la libertad de expresión de las empresas licenciatarias o concesionarias, pues los Estados solo están autorizados a regular las transmisiones radioeléctricas “en sus aspectos técnicos”.
RCTV recurrió a la vía judicial para atacar la medida, anunciada y ejecutada, cuando lo que procedía era que el gobierno demostrara que esa empresa era un medio de comunicación “golpista”. Es decir, ocurrió lo que se conoce en derecho como la inversión de la carga de la prueba. El gobierno acusó de golpista a RCTV y por eso no renovó la concesión; luego, RCTV debía demostrar en tribunales que no lo era, es decir, que no era golpista, invirtiéndose así la carga de la prueba. Todo un adefesio jurídico.
Bueno, en un país donde la administración de justicia no está precisamente en sus mejores tiempos, y para quienes se preguntan por o para qué recurrir a sus órganos contra una medida que proviene de las alturas del poder, donde cinco poderes en teoría, son uno solo en la práctica, la respuesta no es otra que la conveniencia y necesidad de dejar constancia, registro o señales para la historia.
RCTV cesó en sus transmisiones el 27 de mayo de 2007, ayer hace quince años. Conviene resaltar que, en democracia, el estricto respeto a la libertad de expresión sí es un deber incontrovertible del Estado, y conveniente es el funcionamiento de medios de comunicación independientes como reflejo del carácter plural de la sociedad.