La justicia transicional es considerada como uno de los instrumentos del que la política, el Derecho y la práctica internacional cuentan para hacer justicia al cesar un régimen político dictatorial y violador de los derechos humanos, pero también se puede creer que se trata de una ilusión producto de ensayos académicos inaplicables a la realidad. Veamos algunas nociones al respecto.

Se entiende por justicia transicional el conjunto de medidas judiciales y no judiciales adoptadas por una sociedad con el fin de tratar y juzgar las violaciones de derechos humanos cometidos en el pasado con el fin de lograr una transición desde una dictadura hacia una sociedad democrática.

Para las Naciones Unidas, la justicia de transición comprende «( … ) toda la gama de procesos y mecanismos relacionados con el intento de una sociedad de asumir el legado de violaciones y abusos pasados a gran escala para garantizar la rendición de cuentas, hacer justicia y lograr la reconciliación». (S/2004/616).

El objetivo de la justicia transicional, según las Naciones Unidas, es reconocer a las víctimas de abusos pasados como titulares de derechos, aumentar la confianza entre los individuos en la sociedad y la confianza de los individuos en las instituciones del Estado, y reforzar el respeto de los derechos humanos y promover el Estado de Derecho (A/HRC/21/46). La justicia transicional busca así contribuir a la reconciliación y a la prevención de nuevas violaciones. En otras palabras, es lograr el equilibrio entre la necesidad de establecer las responsabilidades derivadas de las violaciones de los derechos humanos con la reconciliación entre los integrantes de una sociedad y la construcción de una pacífica convivencia.

Las estrategias de justicia transicional pueden incluir juicios, comisiones de la verdad, programas de reparación a las víctimas, reformas institucionales y otros mecanismos diseñados para enfrentar los crímenes cometidos en el pasado.

Hablar de justicia transicional no es una novedad pues existen antecedentes en el siglo XX, como los juicios de Nüremberg y Tokio, procesos que no solo buscaban hacer justicia sino también  impedir que se repitieran las ocupaciones militares o las guerras mundiales, señalando la dirección para que en el futuro se evitaran las conflagraciones globales aunque ya destellaban los primeros rayos de aquel período de la “guerra fría” que poco después se iniciaría con la doctrina Truman para concluir en 1989 con la caída del muro de Berlín. También los procesos celebrados en la América hispana tras dictaduras militares clásicas del Cono Sur, y en Europa a raíz de la desaparición de la Unión Soviética y la liberación de los países de Europa del Este, que facilitaron la instauración de sistemas democráticos. En los Balcanes, después de las guerras que afectaron a Bosnia y Kosovo, se hizo uso de la justicia transicional, y en Colombia, en las negociaciones entre el gobierno democrático y FARC-EP también se acudió a la justicia transicional siendo calificado como un instrumento creado para erradicar la impunidad.

No obstante esas experiencias que los cultores de la libertad podrían, en líneas generales, calificar de positivas para la humanidad, no ha sido fácil explicar el concepto de justicia transicional porque éste se ha ido construyendo, como informa el Bloque Constitucional de Venezuela, como un enfoque de la justicia en el que se abordan los problemas éticos, políticos y jurídicos que plantean las etapas de transición desde un conflicto bélico o desde una dictadura en la que se violan los derechos humanos, se confiscan propiedades, se origina una diáspora con de millones de ciudadanos fuera de su país, se roba a mansalva, se reduce a una población a vivir en la miseria con carencia de los servicios básicos y carencia de alimentos y medicinas y, en general, se comete toda clase de tropelías.

De aquí que los elementos esenciales que prevé la justicia transicional para su implementación son:

  • Determinación de la verdad (memoria histórica/jurídica).
  • La aplicación de la justicia. Procesamiento de los presuntos autores de crímenes de lesa humanidad y violaciones graves de derechos humanos.
  • La reparación (indemnización/satisfacción) a las víctimas.
  • Garantías de no repetición.

Con la justicia transicional no se pretende exculpar a los culpables ni sancionar a los inocentes pues, al contrario, a través de ella lo que se busca es que, con respeto al debido proceso y al derecho de defensa, jueces imparciales dicten sentencias justas y proporcionales.

En la justicia transicional, la participación de la sociedad civil a través de organizaciones no gubernamentales -ONG, universidades, academias, colegios profesionales- debe ser determinante dando apoyo a las organizaciones políticas, no solamente divulgando la necesidad y las ventajas de esa justicia, sino aportando su capacidad técnica suficiente, recursos humanos, información y la data que poseen.

En Venezuela, la reinstitucionalización del sistema de justicia y la justicia transicional son elementos fundamentales para la reconstrucción del Estado de Derecho en Venezuela, para lograr una paz y una convivencia que permita el progreso y el bienestar de todos en libertad y democracia pues, como decía José Gabriel Sarmiento Núñez en los años sesenta del siglo XX, si bien es cierto que “( … ) los nubarrones de la opresión han ensombrecido los cielos de la patria, es también verdad indiscutible que en el corazón y en la mente de los venezolanos ha vibrado siempre el anhelo de la libertad democrática”.


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