Las dos primeras semanas de cada mes en casa de la mujer y las dos últimas en la del hombre. Ese es el acuerdo alcanzado por una pareja que, en el convenio regulador de su divorcio, ha consensuado la custodia compartida de su perro. También deberán compartir gastos de peluquería canina.
El documento del divorcio regula como otros muchos la liquidación de bienes, la patria potestad y la guarda y custodia de los hijos del matrimonio. Así como el régimen de visitas y comunicaciones de éstos.
No obstante, con el ánimo de aclarar todas las posibles circunstancias de la disolución del vínculo matrimonial, la pareja, asesorada en este proceso por la letrada Beatriz Rodríguez Aparicio, decidió incluir en el convenio una cláusula específica relativa a la «tenencia compartida» de la mascota familiar dentro del apartado de estipulaciones.
De esta manera, el documento atribuye la posesión y tenencia compartida del perro a los dos excónyuges. Explica que se desarrollará de forma exclusiva y continuada la primera quincena de cada mes a favor de la mujer y la segunda a favor del hombre.
Gastos divididos en la pareja
El texto indica también que los gastos de atención sanitaria, veterinario, vacunas y otros desembolsos extraordinarios serán sufragados en 70 % por el hombre y 30 % por la mujer.
«En cuanto a los gastos vinculados con la comida y la peluquería -prosigue el escrito- cada parte los asumirá durante su período de posesión«.
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