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Sala Constitucional de Costa Rica anula cierre de Parque Viva por violación indirecta a la libertad de prensa

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Los magistrados de la Sala IV de Costa Rica anularon la orden del gobierno de Rodrigo Chaves de cerrar el Parque Viva, propiedad del Grupo Nación, por considerar que la medida se trató de una violación indirecta a la libertad de prensa.

Así resolvieron los jueces un recurso de amparo redactado por el director de La Nación, Armando González Rodicio, el cual fue presentado en conjunto con un grupo de periodistas de este medio.

Fernando Castillo, presidente de la Sala Constitucional, explicó que anularon las órdenes sanitarias de cierre al Parque Viva porque, para la mayoría de los jueces, constituyeron “una violación indirecta de la libertad de prensa, libertad que es un elemento esencial de nuestro sistema democrático”.

El recurso fue interpuesto contra el presidente de la República, Rodrigo Chaves, y contra la ministra de Salud, Joselyn Chacón. Los comunicadores demostraron que las medidas desplegadas por el gobierno para cerrar el Parque Viva fueron arbitrarias y constituyeron “una grosera desviación de poder”, para vulnerar tanto el derecho a la libre expresión como el derecho de los costarricenses a recibir información.

La resolución dada a conocer este viernes 21 de octubre dice que, “en defensa de la libertad de prensa, pilar esencial de toda democracia, se anula la orden sanitaria del Ministerio de Salud que cerró el Parque Viva (MS-DRRSCN-DARSA2-OS-0368-2022), del 8 de julio del 2022, así como lo dispuesto en otro oficio de esta cartera del 15 de julio de 2022 (MS-DRRSCN-DARSA2-1724-2022)”.

Añade que “se condena al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo”. La sentencia completa está en proceso de redacción.

El cierre y el ataque a La Nación

Mediante una orden sanitaria del Ministerio de Salud, el gobierno de Chaves cerró el Parque Viva el 8 de julio, con base en una “denuncia anónima”, bajo el alegato de que el centro de eventos producía “enormes presas” en La Guácima, distrito de Alajuela.

El cierre se concretó en menos de tres días después de que ingresara la supuesta denuncia, pese a que los mismos inspectores del Ministerio no encontraron incumplimiento alguno en las instalaciones del centro de eventos. Asimismo, los permisos de funcionamiento estaban al día y en regla.

Esa decisión fue anunciada solo dos días después de que Chaves atacó a La Nación con datos distorsionados sobre bonos emitidos por la compañía en el mercado bursátil, entre el 2013 y 2014, cuyos pagos están al día.

A inicios de ese año, cuando aún era candidato, el presidente anunció que de llegar al poder causaría “destrucción” en medios de comunicación como La Nación y Canal 7.

Censura mediante presiones económicas

En el recurso de amparo, los periodistas de este diario expusieron que el gobierno ejecutó actos administrativos con el fin de ejercer censura indirecta, “mediante presiones económicas sobre las empresas relacionadas con el medio”.

Plantearon que las autoridades involucradas aprovecharon sus potestades legales no para satisfacer un interés público, sino para causar daño al Grupo Nación, a sabiendas de que el impacto económico causado por el cierre afectaría específicamente al diario La Nación y sus periodistas, contra quienes el mandatario venía anunciando represalias desde meses atrás.

“Estos actos no solo afectan económicamente a la empresa dueña de Parque Viva, sino que, además, al medio de información en que laboramos y, con ello, lesionan nuestro derecho a informar. Este es el verdadero fin que persiguen los actos administrativos frente a los cuales pido amparo”, declaró Armando González en el amparo.

El recurso, además, resaltó que el presidente Chaves es consciente de que el Parque Viva tiene la función de apoyar económicamente la operación del periódico La Nación, cuyos ingresos han caído a causa de la migración de la publicidad hacia medios digitales, como le ha ocurrido a miles de medios de comunicación en todo el mundo.

Los comunicadores destacaron que los ataques de Chaves y su equipo contra este medio de comunicación iniciaron desde antes de llegar al poder. Específicamente, el 29 de enero, cuando el entonces candidato presidencial expresó, ante un grupo de seguidores reunidos en Tibás, que arremetería contra el medio.

“Somos un tsunami y sí, vamos a causar destrucción. Vamos a causar la destrucción de las estructuras corruptas de La Nación y del Canal 7. Óigame Ignacio Santos, óigame el otro… René Picado, óigame Armando González”, declaró el mandatario ante las cámaras.

En julio, ya en el cargo, y luego de meses de llamar a los periodistas “canallas”, el mandatario aprovechó la conferencia de prensa celebrada después del Consejo de Gobierno para sembrar dudas sobre la salud financiera del Grupo Nación y su capacidad de pagar los bonos comprados por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), con base en datos distorsionados.

“No puede ser más evidente la amenaza de destruir a las empresas como represalia por las líneas editoriales de los medios de su propiedad y las actuaciones de sus directores periodísticos”, se consignó en el recurso de amparo.

Tal forma de actuar, se argumentó, violentó múltiples principios consagrados en la Constitución Política y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, incluyendo el derecho a la libertad de expresión, el derecho a la información, el principio de legalidad por el cual deben regirse los funcionarios públicos, la igualdad de todas las personas y la prohibición de discriminar.

En el pasado, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ya ha fijado posición sobre la violación indirecta a la libertad de prensa y fue parte de la jurisprudencia que usaron los periodistas de La Nación para justificar su reclamo.

Por ejemplo, en el caso Granier y otros versus Venezuela, ese tribunal ahondó sobre la lesión del derecho en su dimensión social, con una afectación más allá de los directivos y trabajadores del medio de comunicación objeto de las presiones.

“Este Tribunal considera necesario resaltar que la desviación de poder aquí declarada tuvo un impacto en el ejercicio de la libertad de expresión, no solo en los trabajadores y directivos de RCTV, sino además en la dimensión social de dicho derecho, es decir, en la ciudadanía que se vio privada de tener acceso a la línea editorial que RCTV representaba. En efecto, la finalidad real buscaba acallar voces críticas al gobierno, las cuales se constituyen junto con el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura, en las demandas propias de un debate democrático que, justamente, el derecho a la libertad de expresión busca proteger”, se puede leer en la resolución de ese caso.

Ninguna anomalía en Parque Viva

Como prueba de la intención específica del gobierno de perjudicar al Grupo Nación, los recurrentes del amparo enfatizaron en que hasta la fecha, no se ha detectado ningún incumplimiento ni anomalía en las instalaciones del Parque Viva.

El Ministerio de Salud, liderado por la jerarca Joselyn Chacó, ejecutó la clausura con base en supuestas dudas sobre “la capacidad de la vía de acceso a dicho establecimiento por las unidades de primera respuesta”, en caso de emergencias.

No obstante, cuando los inspectores del ministerio visitaron el complejo, no encontraron problema alguno con los accesos. El alcalde de Alajuela, donde se ubica el Parque Viva, declaró que los problemas de congestionamiento de la zona no se pueden atribuir al centro de eventos, y el regidor Alonso Castillo señaló que las presas en la comunidad se dan “con Parque Viva y sin Parque Viva”.

Los permisos del parque están al día y lo estaban al momento de la clausura. Para esa fecha, además, la autorización de los aforos del centro tenían apenas seis meses de haber sido aprobador por la misma institución.

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