Tras la condena a seis años de prisión contra Cristina Kirchner por fraude al Estado, la Corte Suprema reactivó la demanda civil contra la vicepresidenta por 22.300 millones de pesos, para que pague de su propio patrimonio los daños de la corrupción. La demanda había sido presentada en 2018 por Javier Iguacel cuando era administrador de Vialidad Nacional durante el gobierno de Cambiemos.
En su acuerdo del martes, que se conoció hoy, La Corte resolvió por unanimidad que el Juzgado en lo Civil y Comercial Federal N°11, a cargo de Alejandro Nobili, será el que intervenga en la acción civil que inició la Dirección Nacional de Vialidad contra Cristina Kirchner, por los daños y perjuicios ocasionados al Estado Nacional con su actuación en la adjudicación y ejecución de obras públicas en la provincia de Santa Cruz, por los que ayer fue condenada.
Nobili lleva poco tiempo como juez, fue designado por el presidente Alberto Fernández y su decreto de nombramiento del 1 de septiembre de 2021 lleva además la firma del ministro de Justicia, Martín Soria, y de Santiago Cafiero, entonces jefe de Gabinete.
Quienes lo conocen en los tribunales describen a Nobili como un funcionario de carrera en los tribunales, de bajo perfil y un desempeño sin estridencias. Su nombramiento sufrió demoras hasta que lo consiguió hace poco mas de un año.
La carátula de la causa es “Dirección Nacional de Vialidad c/ Fernández, Cristina Elizabet y otros s/ responsabilidad por daños”. La demanda se extiende a aquellos que sean responsables por los daños ocasionados al Estado por las obras públicas otorgadas a Lázaro Báez y que en algunos casos quedaron inconclusas. Por eso abarca también a Báez y a José López, entre otros exfuncionarios, que en caso de ser condenados deberán enfrentar los gastos.
Actual intendente de Capitán Sarmiento, Iguacel había presentado en 2018 su demanda en el mismo Tribunal Oral Federal N° 2 que ayer condenó a Cristina Kirchner, para que en el mismo juicio se resolviera tanto la causa penal como la civil.
Sin embargo, el tribunal declinó su competencia en materia civil en favor de la Justicia Civil y Comercial Federal. El juez civil y comercial federal N° 11 no aceptó la competencia, y la declinó, a su vez, en favor de la Justicia en lo Contencioso Administrativo.
Cristina Kirchner apeló esa decisión y la Cámara revocó la declinatoria. El tribunal entendió que el juez civil y comercial no tiene potestades para atribuir la competencia a un tercer órgano judicial, facultad que solo se reserva a la Corte Suprema.
En cumplimiento de esa decisión, el juez de primera instancia entonces se declaró incompetente y devolvió la causa al Tribunal Oral Federal N° 2 que ayer dictó la condena. Pero los jueces penales insistieron en su criterio, con lo cual el expediente fue elevado a la Corte para que resuelva qué tribunal debe intervenir en la acción civil.
La Corte, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, entendió que le corresponde resolver a la justicia en lo Civil y Comercial Federal, a la que ordenó remitir el expediente.
La demanda de Iguacel era por 22.500 millones de pesos, a modo de resarcimiento “por el daño ocasionado por los hechos de corrupción”. El número es en concepto de las obras otorgadas al empresario entre 2005 y 2015, objeto de la investigación judicial.
En 300 páginas, Vialidad dijo en la demanda que “las obras que se financiaron con fondos públicos y nunca concluyeron generando pérdidas para el Estado”.
El Gobierno podría desistir
El Estado, con la Dirección Nacional de Vialidad en manos del Frente de Todos, del mismo signo político que la vicepresidenta, podría desistir de la demanda civil y el asunto quedaría en la nada. El administrador actual de la Dirección Nacional de Vialidad es el kirchnerista Gustavo Héctor Arrieta, exintendente de Cañuelas y marido de la actual intendenta, Marisa Fassi.
Sin embargo, está bajo análisis la cuestión de si el funcionario puede desistir de una demanda para recuperar dinero perdido por el Estado sin cometer el delito de incumplimiento de sus deberes.
Un ejemplo reciente es la denuncia que enfrenta el Ejército por no haber apelado a tiempo la decisión de la justicia de reintegrar a una comunidad mapuche territorios en Bariloche. El juez Daniel Rafecas entendió que no había dolo en la demora, pero la Cámara federal revocó ese fallo con la firma de los camaristas Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, que hicieron lugar a un planteo del fiscal Carlos Stornelli.
La causa se originó por unos terrenos propiedad del Ejército que fueron cedidos al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas para su transferencia a una comunidad mapuche. Allí se generó la controversia judicial, que derivó en una tardía apelación por parte del Ejército ante un fallo de la Justicia Federal de Bariloche que ordenaba al Poder Ejecutivo que en el término de 60 días transfiera a título gratuito los terrenos al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas “a efectos de su adjudicación inmediata en propiedad a la comunidad accionante”.
La Procuración del Tesoro, a través de sus abogados Silvia Cristina Vázquez, Leonardo Gastón Havela, Agustín Gasparini y Nicolás Rodríguez Vaccarezza, apeló la medida, pero lo hizo tardíamente, por lo cual el fallo de primera instancia quedó firme.
Por Hernán Cappiello