Fue negada en primera instancia del Consejo de Estado una demanda que pedía la pérdida de investidura de Álvaro Uribe Vélez. El organismo consideró que el ex presidente y senador del Centro Democrático no violó el régimen de inhabilidades e incompatibilidades, como lo decía el demandante Andrés Zalamea.
De acuerdo con la demanda, Uribe había transgredido la ley porque participó en la votación de las objeciones de la Ley Estatuaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) el 23 y 29 de abril de este año, pese a que se le había aceptado un impedimento en 2017.
Sin embargo, el Consejo de Estado consideró que, si bien el 7 de noviembre de 2017 se le habían aceptado impedimentos a Uribe para participar en esa discusión, en sesión del Senado del 29 de abril de 2019 se determinó votar nuevamente los respectivos impedimentos.
«Conforme con lo expuesto, es claro que el impedimento que había sido manifestado por el senador Álvaro Uribe Vélez y aceptado por la plenaria del Senado de la República el 7 de noviembre de 2017 fue revocado por esa misma plenaria el 29 de abril de 2019», dice el fallo del alto tribunal.
Por ello, el Consejo de Estado determinó que Uribe no estaba impedido para participar de las votaciones y discusiones que se dieron este año, con lo que no hay lugar a decretar una pérdida de investidura por estos hechos.
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