La Asamblea Nacional de Nicaragua aprobó el 21 de diciembre de 2020 una ley propuesta por el presidente Daniel Ortega que parece estar destinada a impedir que candidatos de la oposición participen en las elecciones presidenciales de 2021. Así lo señaló este martes Human Rights Watch.
La ley prohíbe que los denominados “traidores a la patria” se postulen a cargos públicos. La ley utiliza términos sumamente imprecisos al definir a los “traidores a la patria”, por ejemplo, como aquellos que “menoscaben la independencia, la soberanía, y la autodeterminación” o “lesionen los intereses supremos de la nación”. La ley no indica cómo se llegaría a tal determinación, ni quién la adoptaría.
“Cumpliendo con los caprichos de Ortega, la Asamblea nicaragüense ha aprobado una ley que podría ser utilizada para calificar a opositores como ‘traidores a la patria’ e impedirles que se postulen a las próximas elecciones de 2021”, señaló José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch. “Con esta ley, hay muy pocas esperanzas, si es que alguna, de que se celebren elecciones libres y justas en Nicaragua”.
El presidente Ortega, que ha estado en el poder desde 2007, envió el proyecto a la Asamblea para su consideración “urgente” el 18 de diciembre. La propuesta fue aprobada con pocas modificaciones tras un único debate y entró en vigor el 22 de diciembre.
La ley define como “traidores a la patria” a aquellas personas que “encabecen o financien un golpe de estado, que alteren el orden constitucional, que fomenten o insten a actos terroristas, que realicen actos que menoscaben la independencia, la soberanía, y la autodeterminación, que inciten a la injerencia extranjera en los asuntos internos, pidan intervenciones militares, se organicen con financiamiento de potencias extranjeras para ejecutar actos de terrorismo y desestabilización, que propongan y gestionen bloqueos económicos, comerciales y de operaciones financieras en contra del país y sus instituciones, aquellos que demanden, exalten y aplaudan la imposición de sanciones contra el Estado de Nicaragua y sus ciudadanos, y todos los que lesionen los intereses supremos de la nación contemplados en el ordenamiento jurídico”.
La ley es incompatible con el derecho regional e internacional de los derechos humanos, explicó Human Rights Watch.
La Convención Americana sobre Derechos Humanos, que Nicaragua ha ratificado, establece en el artículo 23 que los derechos políticos podrán reglamentarse por ley, incluidos los derechos “de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas… exclusivamente por razones de edad, nacionalidad, residencia, idioma, instrucción, capacidad civil o mental, o condena, por juez competente, en proceso penal”.
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), del cual también es parte Nicaragua, reconoce y protege en su artículo 25 el derecho de todos los ciudadanos “sin restricciones indebidas” a “participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos; a votar y ser elegidos” y a “tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país”. El Comité de Derechos Humanos, que supervisa si los países cumplen el PIDCP, ha señalado que las restricciones al derecho a postularse a cargos públicos deben basarse en criterios “objetivos y razonables”.
En los últimos meses, el gobierno nicaragüense ha promovido, y la Asamblea ha aprobado, varias leyes que imponen graves limitaciones a los derechos de libertad de expresión y asociación en el país y que podrían impedir que haya elecciones libres y justas en 2021, apuntó Human Rights Watch.
En octubre, la Asamblea aprobó una ley sobre “agentes extranjeros”, que exige que muchos individuos y organizaciones que reciben fondos del exterior de manera directa o indirecta se inscriban como “agentes extranjeros” y les prohíbe intervenir en “cuestiones de política interna”. La norma prohíbe que las personas inscritas como “agentes extranjeros” se postulen a cargos públicos hasta que haya transcurrido un año desde que dieron de baja su inscripción y el gobierno haya corroborado que no reciben fondos del exterior.
Ese mismo mes, la Asamblea adoptó una ley de “ciberdelitos” que tipifica un amplio repertorio de comunicaciones en línea. La ley prevé penas de hasta cuatro años de cárcel por la “publicación” o “difusión” de información “falsa” o “tergiversada” en Internet “que produzca alarma, temor [o] zozobra en la población”.
En noviembre, la Asamblea aprobó en primer debate una reforma constitucional que permitiría imponer penas de prisión perpetua a los “delitos de odio”, para los cuales establece una definición sumamente amplia. El derecho nicaragüense hasta ahora no contempla los “delitos de odio”, si bien el gobierno a menudo ha acusado de estos delitos a críticos y opositores políticos. Se espera que la Asamblea apruebe la reforma en enero de 2021.
En 2018, la feroz represión de manifestantes por agentes de la Policía Nacional y grupos armados partidarios del gobierno dejó un saldo de más de 300 muertos y 2.000 heridos, así como cientos de personas arbitrariamente detenidas y procesadas. El gobierno canceló la personería jurídica de 10 organizaciones no gubernamentales, que se vieron obligadas a cerrar, y hostigó y detuvo a periodistas.
“Al generar condiciones desiguales e injustas para las elecciones de 2021, el gobierno cercena los derechos de todos los nicaragüenses a participar en elecciones libres y justas”, expresó Vivanco. “Luego de 13 años consecutivos en la presidencia, Ortega parece decidido a quedarse en el poder, incluso a costa de los derechos fundamentales de los nicaragüenses”.