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¿Qué es la «muerte cruzada» decretada por Lasso en Ecuador?

Por EFE
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Ecuador se despertó este miércoles con un sorpresivo decreto emitido por su presidente, el conservador Guillermo Lasso, en el que aplicaba la llamada «muerte cruzada», un mecanismo extraordinario que contempla su Constitución como salida a una crisis de gobernabilidad.

La denominada «muerte cruzada» está prevista en el artículo 148 de la carta magna ecuatoriana de 2008, promovida bajo el mandato presidencial del progresista Rafael Correa (2007-2017) y es la primera vez que se hace uso de él desde que entró en vigor esta Constitución.

En ese artículo se da la facultad al presidente de disolver la Asamblea Nacional (Parlamento) y al mismo tiempo adelantar las elecciones generales.

De esta forma, Lasso, que estaba a punto de llegar al ecuador de su mandato presidencial para el que fue elegido en 2021, sacrificará casi toda la segunda mitad del periodo a cambio de gobernar sin una Asamblea que controlaba la oposición de izquierdas, con el correísmo como fuerza mayoritaria.

Mientras, hasta la realización de los comicios y el establecimiento de la nueva Asamblea Nacional, el mandatario puede gobernar mediante decretos ley que deben tener la revisión previa de la Corte Constitucional.

De acuerdo con el mismo artículo 148, el jefe de Estado puede recurrir a esta herramienta constitucional en cualquier momento dentro de los primeros 3 años de su mandato, de un total de 4 años, por lo que a partir del último año del periodo presidencial no puede hacer uso de ella.

Solo bajo tres causales

Puede hacerlo solo si, a juicio del presidente, se dan tres escenarios concretos: una grave crisis política y conmoción interna, una obstrucción reiterada e injustificada de la Asamblea al Plan Nacional de Desarrollo, o si la Asamblea se hubiera arrogado funciones que no le competen, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional.

En este caso, Lasso ha considerado que existe una grave crisis política y conmoción interna fruto del juicio político de censura emprendido por la oposición en su contra bajo la acusación de un supuesto delito de peculado (malversación), algo que el presidente ha calificado de una acusación infundada e inventada.

A su criterio, el mandatario cree que la oposición ha buscado sacarlo del poder hasta en cuatro ocasiones de varias formas y que la acusación de peculado es un pretexto sin pruebas hacia ese objetivo.

En el trasfondo queda la incertidumbre de que el gobierno lograra los votos suficientes para salvar la moción de censura, por lo que la oposición ha rechazado el argumento utilizado por Lasso para aplicar la «muerte cruzada».

Para los promotores del juicio político, que principalmente son el correísmo y el conservador Partido Social Cristiano (PSC), no existe tal grave crisis política y conmoción interna y consideraron ilegítimo aplicar la «muerte cruzada» para evitar una probable destitución, por lo que han presentado una demanda de inconstitucionalidad a la Corte Constitucional.

Elecciones para completar periodo 2021-2025

Una vez aplicada, el artículo 148 de la Constitución indica que, en un plazo máximo de siete días después de la publicación del decreto de disolución, el Consejo Nacional Electoral (CNE) convocará para una misma fecha a elecciones legislativas y presidenciales para el resto de los respectivos períodos.

Es decir, que las nuevas autoridades electas tendrán un corto mandato de menos de 2 años hasta culminar el periodo 2021-2025, cuando volverá a haber nuevas elecciones generales.

En una rueda de prensa, la presidenta del CNE, Diana Atamaint, indicó que se trata de un desafío realizar el proceso de votación dentro de los próximos 90 días, y anotó que en las próximas horas organizarán un calendario electoral, coordinado con el Tribunal Contencioso Electoral (órgano de justicia electoral), que debe ser aprobado por el pleno del CNE.

No existe impedimento para que Lasso pueda presentarse a la reelección en estos comicios, pero el ministro de gobierno, Henry Cucalón, indicó que próximamente informará de su decisión respecto a ser nuevamente candidato.

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