El Tribunal de Justicia de la Unión Europea determinó este martes que un país del bloque no puede negarse a cumplir una extradición, siempre que no se violen derechos fundamentales, en referencia al caso del exconsejero catalán Lluis Puig.
El caso tendría también repercusiones en la situación del líder catalán Carles Puigdemont, actualmente eurodiputado y quien fue objeto de varias euroordenes para ser juzgado en España por la independencia de Cataluña en 2017.
En enero de 2021 un tribunal de Bélgica rechazó cumplir una orden para detener y extraditar a Puig, ex conseller de Cultura, a España, alegando que había riesgos de que su derecho a un juicio justo sea violado.
Además, esa corte belga cuestionó la jurisdicción del Tribunal Supremo de España como autoridad competente para solicitar la extradición de Puig para ser juzgado por los eventos de 2017 en Cataluña.
En su determinación de este martes, el TJUE consideró que la autoridad judicial de un país del bloque no puede, en principio, negarse a ejecutar una Orden Europea de Detención y entrega basándose en que la corte demandante no tiene jurisdicción.
Esa autoridad, sin embargo, «debe negarse si determina que hay deficiencias sistémicas y generalizadas que afecten el sistema judicial en el país demandante o si la corte que formula la orden claramente carece de jurisdicción».
De acuerdo con el TJUE, el principio de confianza mutua entre los estados del bloque es un piedra fundamental de la cooperación judicial, pero también lo es el derecho fundamental a un juicio justo.
Así, para negarse a cumplir una euroorden un país del bloque debe verificar si existe esa deficiencia sistémica y generalizada que ponga en riesgo la posibilidad de un juicio justo, y si hay bases para creer que la persona afectada corre riesgo de tener sus derechos afectados.
El TJUE también apuntó que es posible que se emita una nueva euroorden, siempre que ello no resulte en un atropello a los derechos fundamentales de la persona en cuestión.