El desconcierto general producido por la reciente toma del Capitolio nos ofrece numerosos elementos de análisis. Desde un punto de vista estrictamente político, Donald Trump representa un modelo de liderazgo nacional populista que se nutre de las frustraciones de amplios segmentos de la población.
Es innegable la habilidad que ha desarrollado el personaje para conectar sus intereses personales con la instrumentalización de la rabia, como refleja a través de un conjunto de entrevistas con Trump el periodista del Washington Post, Bob Woodward.
Para cualquier observador alejado de este fenómeno resulta difícil entender el poder de seducción del presidente más atrabiliario de la historia de Estados Unidos. Pero los más de setenta millones de votos recibidos hace dos meses merecen una detenida atención. El menosprecio inicial hacia el candidato presidencial se ha traducido en un error de cálculo importante. Tanto la comunidad internacional como la clase política norteamericana infravaloraron la capacidad destructiva de la persona, no del personaje.
Así, la ruptura de consensos internacionales básicos, la reapertura de conflictos diplomáticos zanjados y el abandono del multilateralismo no han tenido una respuesta colectiva apropiada. La estrategia del divide y vencerás consiguió su objetivo.
En la sociedad norteamericana también trasladó el mismo planteamiento: fractura racial, política –hasta en el propio Partido Republicano– social, económica, religiosa o étnica. Entre semejante caos la figura emergente siempre era la de la voluntad del presidente. Bajo el America First se escondía en realidad el Trump First.
La confusión entre los impulsos personales y el programa de gobierno se convirtieron en el triunfo de los intereses sobre los principios. Hasta tal punto que, a pesar de las múltiples señales enviadas en el período previo a los comicios presidenciales, nada hacía prever un desenlace como el que finalmente se ha producido: La conjura contra América de Trump. Novela distópica de Philip Roth en la que Estados Unidos en 1940 se convertía en una suerte de Estado satélite de la Alemania nazi.
¿Y ahora qué pasará con Trump?
El segundo tipo de análisis sería el político-jurídico. Las opciones que se están barajando como escenarios hipotéticos son varias:
- El impeachment. Este juicio político, iniciado por mayoría simple en el Congreso y aprobado por mayoría de dos tercios en el Senado, podría destituir a Trump. Dificultades: escaso margen de tiempo, procedimiento largo y necesaria colaboración del Partido Republicano. Ya se intentó recientemente contra Trump por el bloqueo de la ayuda a Ucrania y los intentos de colaboración de sus autoridades para inculpar a Biden. Fracasó en el mes de febrero de 2020 en el Senado.
- Activar la Enmienda XXV. Incapacitación del presidente por enfermedad física o mental. Tendría que iniciarlo el vicepresidente Mike Pence con el apoyo mayoritario del gabinete presidencial. Aunque cabe recurso por escrito del afectado, el poder se transfiere ad interim al vicepresidente. Cuando se ha activado en el pasado (con Bush y Reagan) ha sido muy brevemente por intervenciones quirúrgicas o médicas. Aquí podría entrar el factor errático de Trump (desequilibrio mental, carácter inestable). Aunque hay psicólogos y psiquiatras que sugieren que esta posibilidad es una opción compleja.
Futuro escenario procesal
Ante lo inédito de la situación, las opiniones de los juristas y de los politólogos no manifiestan un consenso. La inmunidad presidencial está garantizada durante el mandato. Es una previsión que en las Constituciones de los Estados democráticos garantiza la imposibilidad de actuaciones jurisdiccionales. Opera en el ordenamiento jurídico interno y en el internacional.
Sin embargo, en Estados Unidos ha habido un caso, el del presidente Nixon en 1974 como consecuencia del caso Watergate, en el que no pareció tener tan claro la cobertura ofrecida por esta inmunidad. Optó por eludir el impeachment, dimitir, y garantizarse el indulto del vicepresidente Ford –que pasó a desempeñar la Presidencia de los Estados Unidos– al amparo de las facultades otorgadas por el artículo II, sección 2 de la Constitución de 1787.
¿Podría activar esta posibilidad Trump tras los recientes acontecimientos? Sería una posibilidad si atendiese a algún tipo de lógica, aunque su comportamiento errático es difícilmente predecible. Para ello tendría que eludir un hipotético impeachment.
Un escenario delirante y, por tanto, que podría encajar a la perfección con el personaje sería la concesión de un auto-indulto o perdón preventivo. Consistiría en repetir el caso de Nixon, pero sin mediar su dimisión. Nunca se ha utilizado la mencionada previsión constitucional de esta forma y, por lo tanto, no hay posicionamiento del Tribunal Supremo al respecto.
Hay varias dificultades para que esto se produzca: se entiende que, a priori, es una facultad que se otorga al presidente para realizarlo con el resto de los ciudadanos. Si permanece inédita esta fórmula es porque, de facto, situaría a Trump por encima de la ley que prometió cumplir; violaría un principio básico como el que recoge que “nadie puede ser juez de su propia causa”.
Se puede conceder desde la comisión del delito antes, durante o después de ser procesado por una causa. Los dos elementos negativos que comportaría –además de su eventual inconstitucionalidad– son: el reconocimiento implícito de culpabilidad y la limitación a la jurisdicción federal, pero no a la estatal.
Últimas reflexiones
El intento de subversión de la legalidad democrática es el colofón de una reiterada alteración del orden ético y moral de Trump. El mensaje del fraude electoral ha conseguido calar en parte de su electorado alentando acciones como la ocupación del Capitolio. Abandonar a su suerte procesal a aquellos a los que ha utilizado define la catadura moral del personaje y de la persona.
A Biden le queda restañar las heridas abiertas en la sociedad norteamericana. Aunque no se inicien procesos federales –además se garantizó la mayoría conservadora del Supremo con la juez Barnett– a Trump le esperan las fiscalías de varios Estados por la eventual comisión de delitos variados (fiscales, empresariales, electorales). Como señalaba Woodward, “no era el hombre indicado para este trabajo”.
José Ángel López Jiménez, Profesor de Derecho Internacional Público, Universidad Pontificia Comillas
Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.
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