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El agua en Chile, de propiedad privada a derecho humano en la nueva Constitución

Por AFP
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A 80 km de Santiago, en Tiltil, más de la mitad de los habitantes no tiene agua. «Si no viniera el camión, ¿con qué les daría agua a mis animales?», pregunta Luz Rojas, oriunda de esa localidad chilena marcada por la sequía y la sobreexplotación hídrica.

La Constitución vigente, adoptada bajo la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990), privatizó el agua a través de la entrega estatal de concesiones a perpetuidad.

El proyecto de carta magna que será sometido a plebiscito este domingo establece en cambio el «derecho universal al agua».

Junto con una sequía que se prolonga desde hace más de una década en la zona central el país, el «mercado del agua» ha mermado la capacidad de acceso al líquido en localidades como Tiltil.

agua Constitución

Foto: Martin BERNETTI / AFP

La escasez del agua es alarmante

Ríos y pozos subterráneos de la zona se han secado por la falta de lluvias, pero también por la presencia de empresas mineras y agroindustriales que la sobreeexplotan.

«En nuestro territorio la situación de escasez hídrica es alarmante», advierte a la AFP el alcalde del lugar, Luis Valenzuela.

Las empresas «lo que hacen es muy simple: tengo derechos de agua, construyo un pozo, extraigo agua, seco la napa, me voy a otra napa y así, sin fin, porque tienen derecho de explotación», explica.

De esta forma, el 60% de los 20.000 habitantes de Tiltil no tienen hoy acceso al agua por cañería y deben ser abastecidos por camiones cisterna que reparten gratuitamente unos 360.000 litros diarios recorriendo angostas y polvorientas rutas de tierra entre cerros.

Aquí, «ver caer lluvia es casi un milagro», dice Luz Rojas, quien recibe agua una vez a la semana.

El alcalde Valenzuela apoya la opción «Apruebo» en el plebiscito del domingo, entre otras cosas porque el artículo 140 del proyecto de Constitución establece que «siempre prevalecerá el ejercicio del derecho humano al agua, el saneamiento y el equilibrio de los ecosistemas».

agua Constitución

Foto: Martin BERNETTI / AFP

Propiedad privada

La actual Constitución chilena dispone que «los derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos».

Esta normativa «dio acceso a operadores no solo para explotar el agua sino para manejar la infraestructura, lo cual es único, porque en otros países hay limitaciones», declaró a la AFP Darío Soto, director ejecutivo de la Alianza Global para el Agua.

«Estos derechos del agua se dieron de forma gratuita y se cedieron a perpetuidad», en una modalidad que «benefició a la industria, generó empleo y productividad, pero por sobre el acceso al agua», agrega.

En los últimos 12 años, la Dirección General de Aguas de Chile ha entregado en todo el país 47.758 derechos de ese tipo a privados, principalmente a mineras y a la agroindustria.

Haciéndose eco de una de las principales preocupaciones de los chilenos, sobre todo tras los años de sequía, la propuesta de nueva Constitución cambia el modelo de uso del líquido y «reconoce esta aspiración a que el agua sea un derecho humano y esencial para el ecosistema», afirma Soto.

Foto: Martin BERNETTI / AFP

«Uso razonable de las aguas»

Además, el texto ordena al Estado velar «por un uso razonable de las aguas».

También cambia los derechos de propiedad por autorizaciones de uso «que serán otorgadas por la Agencia Nacional del Agua, de carácter incomerciable, concedidas basándose en la disponibilidad efectiva de las aguas, y (que) obligarán al titular al uso que justifica su otorgamiento».

Rodrigo Mundaca, gobernador de la región de Valparaíso y uno de los principales activistas por el derecho universal al agua, considera que el nuevo texto «termina con la mirada bursátil en torno a los bienes naturales».

En Chile, señala, el 1% de los tenedores de aprovechamiento de agua destinada a la agricultura y la minería concentran aproximadamente el 80% de los derechos.

Foto: Martin BERNETTI / AFP

«Lo que hará la (nueva) Constitución es terminar con el mercado del agua», sostiene el gobernador.

Pero un grupo de organizaciones de dueños de derechos, opositores al nuevo texto constitucional, afirmaron en una declaración pública que el cambio de modelo proyectado constituye «una abierta discriminación en desmedro de los usos productivos de las aguas».

Consideran que las nuevas definiciones afectarán «en igual medida a pequeños, medianos y grandes usuarios de aguas, e indirectamente al país en su totalidad, poniendo en tela de juicio la seguridad jurídica» que caracteriza a Chile.

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