Lo único claro de momento en la crisis que atraviesa Perú es que el presidente Martín Vizcarra mantiene las riendas del poder y cuenta con el respaldo casi absoluto de la población. Todo lo demás constituye un complejo embrollo de competencias e interpretaciones legales de difícil solución.
No hay ninguna acción ni decisión tomada por el gobierno o la facción de congresistas que acusa a Vizcarra de dar un golpe de Estado con la disolución del Congreso.
1. ¿Fue legal la disolución del Congreso?
Vizcarra disolvió el Congreso aplicando un artículo de la Constitución que habilita al presidente a dar ese paso si el Congreso rehúsa en dos ocasiones la confianza al gobierno durante el mismo período legislativo.
La primera ya había ocurrido en 2017, cuando el presidente era Pedro Pablo Kuczynski (2016-2018).
El lunes, tras querer impedirle la entrada al hemiciclo, el entonces primer ministro Salvador Del Solar planteó una cuestión de confianza para paralizar la renovación del Tribunal Constitucional y revisar el procedimiento con que la oposición pretendía copar con magistrados afines a sus intereses el principal órgano de interpretación de la Constitución.
El Congreso hizo caso omiso a Del Solar, votó contra el debate inmediato de la cuestión de confianza y llegó a elegir a un nuevo magistrado para el TC.
Por la tarde convocó un nuevo pleno para ver la cuestión de confianza, donde la votación resultó favorable al Ejecutivo, pero de manera casi simultánea Vizcarra disolvió la Cámara y convocó elecciones parlamentarias al interpretar que, sobre los hechos, el Congreso había denegado la confianza solicitada.
Para algunos esa medida fue válida porque con su decisión el Congreso negó y desvirtuó el contenido de su moción, mientras que para otros el presidente se salió de la Constitución porque lo único legalmente válido fue la votación posterior a la elección del nuevo magistrado del TC que otorgó la confianza solicitada.
2. ¿Quién disolvió a quién?
El presidente disolvió al Congreso al hacer una interpretación de la norma, pero la oposición liderada por el fujimorismo se atrincheró en el Congreso que dominaba con mayoría e inmediatamente tomó una serie de medidas de cuestionada legalidad.
Primero intentó destituir a Vizcarra, pero al no tener los votos suficientes solo logró suspenderlo de sus funciones y, acto seguido, nombró a la vicepresidenta, Mercedes Aráoz, como presidenta interina.
Todo ello se hizo con el Legislativo ya disuelto y, por tanto, carecería de validez legal, más allá de que desde el primer momento resultó evidente que el Parlamento no contaba con ningún poder real para oponerse al Ejecutivo.
3. ¿Fue válida la asunción y la dimisión de la vicepresidenta?
Menos de 24 horas después de su nombramiento como presidenta interina, cargo que no existe en la legislación, Aráoz dimitió de ese encargo y de la Vicepresidencia.
Esto no fue reconocido por Vizcarra porque debería haberlo hecho ante el pleno de un Congreso que ya no existe ni se va a reunir más.
Técnicamente, con un presidente suspendido y otro dimisionario, sería el presidente del Congreso y de su Comisión Permanente, Pedro Olaechea, quien debería asumir la jefatura del Estado y convocar elecciones generales, cosa que de momento no ha hecho.
Al contrario, él y Aráoz fueron denunciados penalmente por usurpar funciones.
4. ¿Puede dimitir el presidente?
La oposición, una vez que Aráoz dimitió, se centró en exigir a Vizcarra que también dimita, en un reconocimiento implícito de que el presidente continúa siendo el legítimo jefe del Estado y que la maniobra de nombrar presidenta a Aráoz no surtió efecto.
También le piden convocar elecciones generales en lugar de solo legislativas. Precisamente los comicios generales eran el plan que Vizcarra presentó al Congreso en julio y que fue rechazado por inconstitucional por los legisladores opositores.
Si Aráoz sigue siendo vicepresidenta, Vizcarra no podría dimitir porque eso no garantizaría el adelanto electoral. Cualquier intento en adelantar el voto requeriría una reforma constitucional, que con el Congreso disuelto no se puede hacer.
5. ¿Sigue la renovación del Tribunal Constitucional?
Los opositores también han pedido al TC que incorpore como magistrado al experto que ellos eligieron, Gonzalo Ortiz de Zevallos, a la sazón primo hermano de Olaechea, y que además este sustituya al magistrado Eloy Espinosa-Saldaña, una de las figuras más progresistas del organismo.
Técnicamente, ese pedido no debería proceder porque el nombramiento de Ortiz de Zevallos no ha sido publicado por el diario oficial, por lo que no tiene vigencia.
Además, su designación está bajo observación legal debido a las irregularidades que durante la elección, que solo puede resolver el pleno del Congreso. El mismo que no se puede reunir hasta después de las nuevas elecciones fijadas para el 26 de enero de 2020.
En esa línea, los congresistas rebeldes plantearon también un recurso ante el TC para que este analice si la decisión de Vizcarra se ajusta a la Constitución.
Otra vez, solo el pleno del Congreso autorizado técnicamente a solicitar demandas de competencia al TC, por lo que no está claro que la decisión de la comisión pueda ser recibida por el tribunal.
En caso de hacerlo, los plazos de resolución se prolongarán aproximadamente cuatro meses o cinco meses, cuando ya se haya elegido a los nuevos congresistas.