La organización Amnistía Internacional (AI) pidió este viernes al gobierno de Trinidad y Tobago que suspenda la deportación de refugiados y solicitantes de asilo, días después de que las autoridades del país caribeño expulsaran a 98 venezolanos.
«Las recientes medidas tomadas por las autoridades de Trinidad y Tobago son extremadamente alarmantes», expresó en un comunicado Erika Guevara Rosas, directora para las Américas de la organización.
«La crisis de derechos humanos y emergencia humanitaria compleja en Venezuela es de tal magnitud que el 25% de la población nacional se ha visto obligada a huir del país en los últimos años, cifra que sigue aumentando», agregó.
Guevara Rosas dijo que el derecho internacional no deja lugar a dudas de que los refugiados y solicitantes de asilo en todo el mundo no pueden ser devueltos a lugares donde su vida e integridad podrían estar en «riesgo».
«Nadie puede ser objeto de expulsiones masivas», subrayó.
La madrugada del sábado, 98 venezolanos detenidos y considerados ilegales fueron devueltos a su país. Formaban parte de un grupo de 200 detenidos en un popular local nocturno en la capital Puerto España.
Esta expulsión se produjo después de una orden de la corte de apelaciones de Trinidad y Tobago, que revocó una decisión anterior de un juez superior que impedía que los venezolanos fueran devueltos a su país.
Según la activista y defensora de derechos humanos Yesenia Gonzales, algunos de los venezolanos deportados o repatriados (un grupo firmó una salida voluntaria) eran solicitantes de asilo y estaban registrados en la agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados.
Venezuela está apenas a unos 12 km del punto más cercano de la isla de Trinidad.
Guevara Rosas sostuvo que AI ya había advertido sobre la vulnerabilidad de los refugiados y solicitantes de asilo en Trinidad y Tobago tras una decisión de la Corte Suprema del 4 de julio que rechazó la aplicación del principio de no devolución en el país.
La activista considera que el fallo viola el derecho internacional en materia de derechos humanos.
En esa sentencia, el juez Frank Seepersad sostiene que la Convención de Refugiados de 1951 no podía aplicarse en Trinidad y Tobago, ya que nunca fue ratificada y que por ello todos los inmigrantes estaban sujetos a la Ley de Inmigración y podían ser deportados incluso habiendo sido registrados como solicitantes de asilo.
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