Apóyanos

[CONSULTORIOS] Prestaciones sociales en palabras sencillas

    • X
    • Facebook
    • Whatsapp
    • Telegram
    • Linkedin
    • Email
  • X
  • Facebook
  • Whatsapp
  • Telegram
  • Linkedin
  • Email

Durante el período de Estado de Alarma en Venezuela he atendido muchos casos de término de la relación laboral, bien sea por contratos vencidos, renuncias de trabajadores, reducción de personal o el lamentable cese de actividades de un negocio, por lo que es importante conocer los fundamentos básicos de las prestaciones sociales. Es lo que hoy intentaré explicarte en palabras sencillas.

 

Lo que conocemos como prestaciones sociales es el pago en dinero que se realiza al culminar la relación de trabajo. Teóricamente su propósito es servir de apoyo económico al trabajador desempleado por el tiempo que se encuentra sin empleo. Su pago es tanto una obligación del empleador como un derecho del trabajador.

Desde mayo de 2012 coexisten dos regímenes de cálculo de esta prestación.  Por una parte está el Fondo de Garantía de las Prestaciones Sociales que opera mientras el trabajador está activo y lo que se conoce como “el retroactivo”, que se emplea al finalizar la relación de trabajo y establece el pago de 30 días de salario integral por año de servicio. Siempre se debe realizar la comparación entre ambos cálculos porque la legislación laboral obliga a pagar lo que resulte más beneficioso para el trabajador.

Posiblemente te preguntes, ¿qué es el Fondo de Garantía de las Prestaciones Sociales? Se trata del depósito trimestral de 15 días de salario integral que debe hacer el patrono a la cuenta de prestaciones sociales del trabajador.  Este puede hacerse en la contabilidad de la empresa o en una entidad bancaria.

El trabajador puede pedir un anticipo de sus prestaciones sociales. Este dinero será tomado del fondo de garantía y al finalizar la relación de trabajo se descontará del monto a pagar. El máximo del adelanto es 75% del acumulado y para que pueda ser entregado por el patrono debe cumplir con los requisitos establecidos en la legislación, es decir que el dinero sea para atención médica, educación o vivienda.

Dada la crisis económica que golpea a las familias venezolanas se ha extendido la práctica de otorgar préstamos a los trabajadores, bien sea para ser descontados del salario o de las prestaciones sociales, siendo éste último escenario el más común. Tiene la ventaja de que el trabajador no necesita demostrar para qué usará el dinero, más hay que tener presente que estos préstamos no deben exceder de 50% acumulado por el trabajador.  Esta limitación legal tiene sentido si entendemos el propósito de protección al trabajador y su familia que tienen las prestaciones sociales.

Una relación de trabajo puede acabar en buenos o malos términos entre trabajadores y patronos y es algo que depende de muchos factores que escapan a este artículo. Idealmente, se debe entregar al menos lo siguiente:

  • Cuadro detallado del Fondo de Garantía que incluya: salario base, componentes del salario integral considerados, días acreditados, tasa de interés, interés acreditado, monto acumulado, pago de intereses y anticipos solicitados.
  • Cálculo comparativo que determina lo más beneficioso para el trabajador entre el Fondo de Garantía y el método retroactivo de 30 días por año.
  • Recibo detallado de la liquidación, incluyendo deducciones.
  • Comprobante de transferencia bancaria realizada al trabajador para el pago de sus prestaciones sociales.

Las prestaciones sociales deben pagarse al finalizar el vínculo laboral entre patrono y trabajador, bien sea por renuncia, despido, cierre de la empresa o muerte del trabajador.  Es importante tener presente que son de exigibilidad inmediata, es decir, en teoría deben pagarse al instante que termina la relación de trabajo.

En la práctica el pago de las prestaciones es un proceso que puede tomar un par de días, bien sea porque se están haciendo los cálculos, recibiendo documentos para pagar a los herederos o porque el trabajador debe someterse a los exámenes médicos de egreso que exige la legislación vigente. En caso de que ocurran retrasos en el pago, el patrono deberá pagar intereses de mora.

El periodismo independiente necesita del apoyo de sus lectores para continuar y garantizar que las noticias incómodas que no quieren que leas, sigan estando a tu alcance. ¡Hoy, con tu apoyo, seguiremos trabajando arduamente por un periodismo libre de censuras!

Apoya a El Nacional