Son cinco personas las que interpusieron una querella contra Odalys Sánchez de Saravo, directora del Grupo Odalys, por los delitos de apropiación indebida calificada continuada y asociación para delinquir: los artistas Fernando Irazábal, Abigaíl Varela y Humberto Cazorla, y los coleccionistas Walter Verlezza y Gustavo Silva.
Sin embargo, son muchas más las que se han comunicado con el bufete que lleva adelante la investigación, Mármol de León & Roz Abogados, especializado en propiedad intelectual, plagio y falsificación, para señalar que han sido afectados porque la empresa, dedicada a subastas y promoción del arte, y que ha patrocinado iniciativas como la reciente reapertura de la Librería Alejandría en el centro comercial Líder, presuntamente se apropió de algunas de sus piezas sin ellos recibir ningún pago.
Sánchez fue detenida el 30 de julio en medio de la Subasta 307 de arte moderno y contemporáneo que se realizaba en su sede del Centro Comercial Líder, luego de haber desacatado una orden que le prohibía realizar subastas públicas o privadas, además de ventas, emitida por el Juzgado Vigésimo Sexto de Control del Área Metropolitana de Caracas. La galerista, sobre la que también pesa una prohibición de salida del país por parte del mismo tribunal, aseguró que no estaba enterada de la notificación, calificó lo ocurrido de “terrorismo judicial y extorsión” y consideró que hay una pretensión de “quitarla del camino” de forma rápida.
Mariana León Mármol y Alberto Roz, abogados de Irazábal, Varela, Cazorla, Verlezza y Silva, aseguraron que en ningún momento hubo terrorismo judicial porque fue la Policía del Municipio Sucre la que detuvo a Sánchez.
“Que la policía que fue a suspender la subasta haya sido la Policía de Sucre es la muestra más fehaciente que pudieras tener de que hubo cero terrorismo judicial. Porque fue la policía del municipio donde se estaba produciendo el desacato”, expresó León Mármol en una entrevista en una de las oficinas de su bufete, que tiene como asociada, además de Roz, a la reputada abogada Blanca Rosa Mármol, su madre.
Roz añadió que Sánchez no se dio por enterada de la prohibición porque la estuvo evadiendo: “A ella le fueron a notificar. Ella se escondía de los alguaciles que envían los tribunales para notificar de una situación. No los recibía”. León Mármol sumó: “El tribunal tiene los catálogos, la subasta, las direcciones, mensajes de WhatsApp, las páginas web, y envió al alguacil a todos los sitios, nadie se dio por notificado. Esto es una práctica bastante burda para evadir un proceso”.
Según las investigaciones realizadas por el bufete, lo que reclaman los afectados es que le han entregado obras al Grupo Odalys para exposiciones y subastas pero los pagos nunca llegan y, cuando se pide la devolución, la organización utiliza pretextos para no hacerlo.
Los abogados ponen como ejemplo el caso de Irazábal, de 87 años de edad, quien le entregó al Grupo Odalys 36 piezas para una muestra en Venezuela y se las llevaron, sin su autorización, a Madrid para exponerlas. El maestro, que también interpuso una querella en España para solicitar la devolución de sus piezas, no ha recibido tampoco ningún pago y se enteró de la muestra por medio de un amigo, explicaron los juristas.
El traslado de las obras a Europa también es investigado puesto que les preocupa que alguien pueda sacar del país tal cantidad de cuadros que no le pertenecen. “Odalys Sánchez es capaz de simplemente transitar hasta Europa con 36 obras de arte que no tienen certificado de origen, ni procedencia, ni permisología del artista. Llama la atención. Estamos investigando esos tránsitos tan espectaculares de obras de arte”, expresó León Mármol.
Para las subastas del Grupo Odalys, lo habitual es que se firme un documento de consignación que estipula, explicó la galerista en entrevista con El Nacional publicada el 2 de agosto, que la persona firmante es propietario absoluto de la obra, por lo que garantiza su autenticidad y responde por ella. Roz indicó, no obstante, que hay dos métodos: la mencionada consignación y, si el artista lo acepta, un acuerdo de palabra.
“Si ella te puede quitar las obras sin darte contrato te las va a quitar. Para ella es mejor porque no hay un compromiso escrito. Pero sí entrega generalmente un contrato que dice que recibe las obras para ser subastadas o vendidas. El asunto es que no cumple o no regresa las obras”, indicó el abogado.
León Mármol consideró que ha habido contratos “bastante leoninos”. Los describe como cláusulas abiertas diseñadas para que recuperar las obras sea una proeza. “Los contratos dicen que el pago es dentro de 30 días, otros dicen que 90 días, pero esos pagos nunca llegan”, dijo.
Roz agregó: “A veces hay personas que han durado años para cobrar, y como la persona se ha puesto insistente, ella les hace un abono, y así va pasando el tiempo. A veces no paga completo, a veces paga a los años, a veces no les paga”.
León Mármol se detiene en un detalle. Al tener los contratos por consignación, el Grupo Odalys puede encausar por el área civil, pero, advirtió, cuando no hay nada escrito sino que solo recibió las piezas, está incurriendo en una actividad criminal de tipo penal. “Eso es un error que ha cometido muchas veces, tantas veces que no podría recogerlo en los años que le quedan de vida. Entonces cuando simplemente entregas una notica, no das contrato y te apropias, ahí hay un delito”.
El bufete no maneja en la querella, por ahora, casos de artistas fallecidos cuyos descendientes exigen la devolución de las piezas, sin embargo, sí han recibido llamadas de herederos que han considerado tomar acciones. “Está el caso de una persona que nos llamó del exterior y nos dijo que ella se había quedado con las obras de su papá. Preguntó qué podía hacer”, dijo Roz.
“Ya le dijimos que tiene que hacer un poder, ese poder lo puede autenticar en un consulado de Venezuela en el exterior y con ese poder nosotros podemos ayudar a recuperar las obras de las cuales esta señora se apropió”, añadió.
Uno de los abogados del Grupo Odalys indicó, durante la entrevista de este periódico con la galerista, que hay casos de artistas fallecidos que tienen hijos con más de una mujer, pero, dijo, no pueden entregar la obra ni a uno ni otros porque no la pueden “partir”. Señaló que los familiares tienen que ponerse de acuerdo para acudir a la organización: llevar sus documentos legales para que entonces el grupo haga un documento que diga que se están entregando a todos las obras que tienen en su depósito.
León Mármol explicó que al morir una persona se abre un RIF sucesoral para iniciar el proceso de recolección y acervo de todos los activos del fallecido: “Entonces el cuius (en Derecho la persona de cuya sucesión se trata) ya generó la transmisión de propiedad al morir. Cualquier heredero, cualquiera, un hijo, los cinco hijos, la segunda esposa, el nieto, cualquiera que tenga vocación hereditaria, o un abogado que se contrate para iniciar la sucesión, tiene la plena facultad de requerirle absolutamente toda la propiedad del causante”.
Roz agregó: “Ella no es juez de partición para decir ‘a ti te doy una, a ti otra’. No. ¿Usted tiene obras que no son suyas? Entréguelas. Más nada. Y que los demás se pongan de acuerdo. Si entre los hermanos uno se quedó con la obra, eso es problema de ellos. No es que vas a estar repartiendo la herencia de las personas a tu conveniencia o como tú creas”.
Con respecto a lo que indica Juan Luis González, uno de los abogados del Grupo Odalys, sobre las obligaciones que tienen los consignatarios con la organización por los gastos que generó la puesta en el mercado de sus piezas, ambos subrayan inmediatamente que se trata de una ilegalidad.
“No eres un depósito que está cobrando por unas obras que te dieron. Estás haciendo un trámite de negociación, de comercio. Eso es como que alguien traiga una mercancía para venderla, no la vendiste y luego diga que no te la devuelve hasta que no pagues el depósito donde se tuvo la mercancía. Es una excusa”, afirmó Roz.
“Tendría que haber un contrato de depósito, pero aun si lo hubiere, no puedes retener bienes de una sucesión. ¿Cuáles son las formas de extinción de un contrato? La persona se muere y se extingue el contrato. Es decir, si murió no está el contrato de depósito”, señaló León Mármol, a quien le sigue una aclaratoria de Roz: “Eso en caso de que hubiera un contrato de depósito”.
Lo mismo, continúa León, sería con las obras consignadas si la persona fallece. “El contrato se extingue. Tiene que devolverla porque el objeto del contrato ya no se puede ejecutar porque una parte murió. Esto es primer año de Derecho”.
Ambos destacaron que Odalys Sánchez aprovecha que la mayoría de los artistas afectados son adultos mayores debido a su vulnerabilidad. “Ese es el perfil criminológico. No es solo ella, sino que si alguien lo hiciera lo haría así. Ese tipo de delitos ocurre de esa forma. Porque agredes a una persona con un carácter más pasivo”, dijo León Mármol.
Roz explicó que el perfil de los afectados es el del débil jurídico en el sentido de que se trata de personas mayores que no suelen tener recursos. “Aparte de eso, una persona mayor tampoco tiene la misma capacidad que una persona joven de defenderse, de buscar un abogado. Ellos lo han hecho con nosotros y hemos querido ayudar porque hemos visto que son muchas las personas afectadas”.
El primer caso que le llegó a León Mármol relacionado con el Grupo Odalys se remonta a finales de 2015. Se trata de una obra de Jorge Pizzani que estaba en manos de Jorge Castillo, arquitecto y primo de la abogada, quien le entregó el cuadro a la organización y luego no la devolvía. Castillo murió y ahora sus hijos e hijas están reclamando la pieza. “Es una cosa que no tiene fin”, lamentó. Sin embargo, Roz subrayó que es una situación que ya tiene tiempo, tomando en cuenta los casos de artistas que mueren sin recuperar su trabajo. “Eso te dice más o menos que tiene tiempo pasando”, aclaró.
Consideraron que esta situación explotó ahora —el Grupo Odalys tiene 31 años, mucho prestigio y cuatro sedes (en Madrid, Florida y dos en Caracas, la del Líder y la del centro comercial Concresa)— por la calidad y rigurosidad de su trabajo investigativo. “Nosotros hicimos el trabajo de investigación criminal que esto requiere”, aseguró León Mármol.
“Tienes que darle impulso procesal a las cosas. Tienes que estar encima de eso. No solo en esto, cualquier denuncia, si no tiene una connotación política o económica importante, tiene un tiempo”, dijo Roz, quien subrayó que sí cree que en Venezuela hay justicia y, de hecho, afirmó que están agradecidos tanto con el Ministerio Público como con el Poder Judicial.
“Ha habido justicia hasta ahora. Tenemos que decirlo”, expresó.
El abogado dijo estar abierto a que Odalys Sánchez rectifique y devuelva las obras. “Tenemos las puertas abiertas. Incluso le hemos hecho llegar esta información a ella. Sabe que es así”.
En el proceso se puede admitir los hechos y llegar a un acuerdo reparatorio, subrayó, pero León Mármol advirtió: “O también los abogados pueden decir que no se llegó a un acuerdo reparatorio, procesarte y dejarte en la cárcel. Eso también puede ocurrir”.
Investigaciones por falsificación
Entre los casos que maneja el bufete Mármol de León & Roz Abogados está la investigación por presunta falsificación de obras de Mercedes Pardo por parte de la Fundación Otero Pardo. Las piezas, indicó Roz, aparecen firmadas por la artista como si hubiesen sido producidas recientemente. Agregan que en Venezuela, actualmente, pudieran circular alrededor de 300 obras falsas de distintos artistas, fundamentalmente de Pardo, Virgilio Trómpiz y Pablo Benavides.
“Pero como bien sabes, hasta que no tengamos todas las pruebas, todos los elementos de convicción que lleven a determinar que esas obras son falsas, no podemos afirmarlo. Estamos en investigación. Te puedo hablar de una. La tenemos. Hay una denuncia en Fiscalía”, dijo el abogado.
La obra se titula Día normal entre luz y ya han hecho algunas diligencias por su cuenta con varios curadores que han determinado que la obra no es original: “Extrañamente, la Fundación Otero Pardo emitió un certificado en tres días. Cuando una obra para tener un certificado requiere una investigación, con un consejo consultivo que supuestamente tienes. No, ellos enviaron un fotógrafo, el fotógrafo tomó la foto de la obra, y a los días ya el certificado estaba emitido”.
León Mármol consideró que en Venezuela hay fundaciones que se manejan de manera “oscura” porque no hay una ley que las regule. Ella misma, recordó, trabajó en la Fundación Otero Pardo como directora legal de diciembre de 2021 a julio de 2022 y percibió incongruencias que condujeron a su salida. “Por ejemplo, el tiempo de respuesta a las consultas, la manera en que se documentaban los consensos de expertos. Cosas que yo aconsejé de una manera y decidieron hacerlo de otra. Entonces salí de allí, está por verse si lo que hacen es correcto o no”.
La verificación, explicó León Mármol, debería pasar por un proceso que dé con el provenance (en el arte, término que se refiere al historial de una obra) de las piezas, lo cual, continuó, tiene que ver no solo con que haya un acta sucesoral o un testamento que especifique a quién se le dejó la pieza, también incluye declaraciones de testigos: quién la vio exhibida, dónde estaba o cómo llegó la obra a manos de su propietario.
Roz amplía: “Puedes tener una obra, pero quién te la dio, de dónde vino. ¿La heredaste, la compraste? ¿O es una obra que te cedieron? ¿Y antes de eso? ¿Dónde estaba? ¿Quién la hizo? ¿Cuál es la tradición legal de esa obra? Entonces es como con una propiedad: tienes un terreno, vas a un registro y revisas”.
“Tiene que ver también con testigos. Porque a veces la obra no está documentada, pero hay personas que testifican y dicen si vieron cuando la persona recibió la obra. Eso también tiene valor como provenance”, añadió.
En el caso de Día normal entre luz, el bufete ha solicitado que la técnica que se utilice para revisar su validez sea la espectroscopia raman, la cual, según explicó León Mármol en un artículo para Salvator Mundi Foundation, organización ubicada en Estados Unidos con la que trabajan en los procesos de autentificación de obras, permitiría obtener una huella química definida y la composición molecular del material del lienzo para dar con una fecha de creación científicamente verificable.
“Este jueguito, esta informalidad casi festiva y jocosa que se ha tenido en el país sobre la certificación de obras de arte se acabó. Porque ya no van a estar jugando con un experto, un curador, sino con abogados penalistas especializados en definir la actividad criminal que cometan”, advirtió la abogada.
El Nacional se comunicó con Mercedes Otero Pardo, hija de Alejandro Otero y Mercedes Pardo, quien prefirió no declarar por el momento sobre las presuntas falsificaciones e indicó que no ha recibido una noticia formal de la acusación.